Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta por ciento (30%) conforme a la calificación efectuada por el Ministerio de Salud Pública, para fines exclusivamente residenciales tienen derecho a una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del valor del consumo mensual (no incluye valores por terceros: tasa recolección de basura y tributo cuerpo de bomberos), hasta en un cincuenta por ciento (50%) de un salario básico unificado...