Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero ecuatoriano, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de mercancías destinadas a ser exportadas luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento, bajo la forma de productos compensadores.
¿A quién está dirigido?
Está dirigido a los importadores, exportadores, maquilas e instalaciones industriales, beneficiarios del régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo, que se hayan registrado como tal en el sistema informático aduanero Ecuapass.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Régimen aduanero autorizado
Ingreso al régimen especial
Uso de las mercancías en el país para el fin admisible autorizado
No pago temporal de impuestos
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Registro como Operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass.
- En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf
- Se debe presentar los documentos que acrediten el proceso productivo, de transformación, reparación, o de elaboración.
- Solicitud de autorización para régimen.
- Solicitud de garantía (general o especifica)
- Registro de código producto/insumo.
- Declaración Aduanera con código de régimen 21.
Requisitos Especiales:
- El solicitante debe estar domiciliado en el territorio aduanero ecuatoriano
- Las mercancías importadas deben ser susceptibles de acogerse a los fines del régimen
Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente enlace https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001-V1.pdf
¿Cómo hago el trámite?
El procedimiento en cuanto a la transmisión del régimen de Admisión temporal para perfeccionamiento pasivo, es el siguiente:
- Ingresar al sistema informático Ecuapass para registrar la solicitud de autorización al régimen, Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de Autorización.
- Registrar la garantía en la opción Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Registro de solicitud de aprobación de garantía.
- Registrar el código de insumo en la opción Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Registro de código de producto.
- El agente de aduana debe proceder con la transmisión de la declaración aduanera de importación con código de régimen 21.
- Se debe realizar el aforo de las mercancías de acuerdo al canal de aforo asignado a la declaración aduanera.
- Salida Autorizada
Tipo de compensaciones del régimen
- Cesión de Titularidad: Anexo de compensación (A/C)
- Exportación a consumo: DAE 40 + A/C
- Reexportación: DAE 61 + A/C
- Nacionalización: A/C + DAI 10
- Regularización por pérdida o destrucción: A/C + DAI 87
- Destrucción de desperdicios: A/C + DAI 86
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
Los trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la logística tales como transporte, almacenaje y honorarios del agente de aduana.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
LUGARES Y HORARIOS DE ATENCIÓN
- Para trámite en línea:
Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
- Para trámite con componente presencial
Lugares de atención:
Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/
Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/
Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/
Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/
Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/
Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/
Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/
Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/
Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/
Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/
Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/
Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/
Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/
Horario de atención 08h00 – 17h00 (indicar si hay horarios extendidos como en frontera o sala de arribo)
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La autorización de permanencia de mercancías que ingresan bajo el régimen de Admisión temporal para perfeccionamiento pasivo será de un año contado a partir de la fecha del levante de las mercancías.
-
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES COPCI 2024 - Art(s). TODO
Art. 1.- Ámbito.- Se rigen por la presente normativa todas las personas naturales y jurídicas y demás formas asociativas que desarrollen una actividad productiva, en cualquier parte del territorio nacional. El ámbito de esta normativa abarcará en su aplicación el proceso productivo en su conjunto, desde el aprovechamiento de los factores de producción, la transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo, el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas que desincentiven las externalidades negativas. Así también impulsará toda la actividad productiva a nivel nacional, en todos sus niveles de desarrollo y a los actores de la economía popular y solidaria; así como la producción de bienes y servicios realizada por las diversas formas de organización de la producción en la economía, reconocidas en la Constitución de la República. De igual manera, se regirá por los principios que permitan una articulación internacional estratégica, a través de la política comercial, incluyendo sus instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan el comercio exterior, a través de un régimen aduanero moderno transparente y eficiente.
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REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES 2024 - Art(s). TODO
Art. 1.- Ámbito de Aplicación.- Las normas del presente reglamento y las demás que expidiere el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se aplicarán en todo el territorio aduanero ecuatoriano.
Art. 2.- Definiciones.- Para efecto de la aplicación del Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y este reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a) Autoridad Aduanera.- Órgano de la administración pública competente, facilitadora del comercio exterior, para aplicar la legislación aduanera y sus normas complementarias y supletorias, determinador y recaudador de los tributos al comercio exterior y cualquier otro recargo legítimamente establecido para las operaciones de comercio exterior, que ejerce el control y la potestad aduanera, y que presta por sí mismo o mediante concesión los servicios aduaneros contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (...)
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0410-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-2-018-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA ADMINISTRACIÓN DE REUTILIZAR - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0604-RE PROCEDIMIENTO CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0852-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0595-RE REFORMAR RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2014-0604-RE CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0692-RE REFORMA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2014-0604-RE CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0744-RE REFORMAR RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2013-0338-RE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL RÉGIMEN ADUANERO DE APROVISIONAMIENTO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0869-RE REFORMAR RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0872-RE SENAE-ISEE-2-2-038-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA CONSULTA DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0965-RE REFORMA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0999-RE SENAE-MEE-2-2-029-V3 MANUAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE INVENTARIOS EN REGÍMENES ADUANEROS SUJETOS A COMPENSACIÓN - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0058-RE CONTROL DE MERCANCÍAS A LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN A UN RÉGIMEN ESPECIAL - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0062-RE REFORMA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0178-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0796-RE REFORMAR LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-1127-RE-REFORMAR LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-DGN-2017-0143-RE SENAE-ISEE-2-2-039-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA CONSULTA DE ESTADO Y CONTROL DEL RÉGIMEN ESPECIAL - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0238-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2016-0058-RE CONTROL DE MERCANCÍAS A LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN A UN RÉGIMEN ADUANERO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0271-RE REFORMAR LA RESOLUCIÓN NRO. SENAE-DGN-2014-0604-RE CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0320-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0464-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0492-RE SENAE-ISEE-2-2-037-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA CORRECCIÓN DE ANEXO COMPENSATORIO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0509-RE SENAE-MEE-2-2-037-V2 MANUAL ESPECIFICO PARA EL CONTROL DE REGÍMENES ADUANEROS Y ESPECIALES - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0102-RE SENAE-ISEE-2-2-005-V7 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA DETERMINADOS REGÍMENES ESPECIALES - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0102-RE SENAE-ISEE-2-2-016-V3 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA CONSULTAR EXISTENCIAS DE INSUMOS - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0102-RE SENAE-ISEE-2-2-051-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA CONSULTA DE MOVIMIENTOS DE COMPENSACIÓN - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0043-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL REGIMEN DE ADMISION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0038-RE REFORMAR A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2015-0775-RE NORMAS GENERALES PARA EL REGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0058-RE DEROGATORIA DE LA RESOLUCIÓN SENAE-SENAE-2022-0057-RE - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0080-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN Nro. SENAE-DGN-2014-0604-RE CORRECCIONES A LAS DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2024-0099-RE EXPEDIR EL PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO DENOMINADO SENAE-ISEE-2-2-006-V3 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA REGISTRO DE CÓDIGO DE PRODUCTO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2024-0100-RE EXPEDIR EL PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO DENOMINADO: -SENAE-ISEE-2-2-031-V2 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA CONSULTA DE ANEXOS COMPENSATORIOS - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2024-0106-RE EXPEDIR EL PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO DENOMINADO: SENAE-MEE-2-2-033-V3 MANUAL ESPECÍFICO PARA ALERTAS DE VENCIMIENTO AL RÉGIMEN ADUANERO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0001-RE REFORMAR LA RESOLUCIÓN Nro. SENAE-DGN-2014-0604-RE CORRECCIONES DE DECLARACIONES ADUANERAS POSTERIOR AL LEVANTE DE LAS MERCANCÍAS - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0020-RE SENAE-MEE-2-2-015-V5 MANUAL ESPECÍFICO PARA EL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0049-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-2-015-V3 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DE CESIÓN DE TITULARIDAD - Art(s). TODO
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2025-01 |
0 |
798 |
2 |
2025-02 |
0 |
628 |
3 |
2025-03 |
0 |
25 |
4 |
2025-04 |
0 |
810 |
5 |
2025-05 |
0 |
956 |
6 |
2025-06 |
0 |
884 |
7 |
2025-07 |
0 |
843 |
8 |
2024-01 |
0 |
687 |
9 |
2024-02 |
0 |
612 |
10 |
2024-03 |
0 |
686 |
11 |
2024-04 |
0 |
742 |
12 |
2024-05 |
0 |
857 |
13 |
2024-06 |
0 |
719 |
14 |
2024-07 |
0 |
784 |
15 |
2024-08 |
0 |
786 |
16 |
2024-09 |
0 |
704 |
17 |
2024-10 |
0 |
740 |
18 |
2024-11 |
0 |
652 |
19 |
2024-12 |
0 |
803 |
20 |
2023-01 |
0 |
511 |
21 |
2023-02 |
0 |
531 |
22 |
2023-03 |
0 |
648 |
23 |
2023-04 |
0 |
650 |
24 |
2023-05 |
0 |
760 |
25 |
2023-06 |
0 |
608 |
26 |
2023-07 |
0 |
597 |
27 |
2023-08 |
0 |
712 |
28 |
2023-09 |
0 |
596 |
29 |
2023-10 |
0 |
636 |
30 |
2023-11 |
0 |
661 |
31 |
2023-12 |
0 |
629 |
32 |
2022-01 |
0 |
887 |
33 |
2022-02 |
0 |
748 |
34 |
2022-03 |
0 |
946 |
35 |
2022-04 |
0 |
957 |
36 |
2022-05 |
0 |
978 |
37 |
2022-06 |
0 |
980 |
38 |
2022-07 |
0 |
797 |
39 |
2022-08 |
0 |
780 |
40 |
2022-09 |
0 |
761 |
41 |
2022-10 |
0 |
604 |
42 |
2022-11 |
0 |
615 |
43 |
2022-12 |
0 |
539 |
44 |
2021-01 |
0 |
669 |
45 |
2021-02 |
0 |
663 |
46 |
2021-03 |
0 |
824 |
47 |
2021-04 |
0 |
767 |
48 |
2021-05 |
0 |
768 |
49 |
2021-06 |
0 |
692 |
50 |
2021-07 |
0 |
710 |
51 |
2021-08 |
0 |
730 |
52 |
2021-09 |
0 |
759 |
53 |
2021-10 |
0 |
730 |
54 |
2021-11 |
0 |
812 |
55 |
2021-12 |
0 |
841 |
56 |
2020-01 |
0 |
780 |
57 |
2020-02 |
0 |
626 |
58 |
2020-03 |
0 |
602 |
59 |
2020-04 |
0 |
630 |
60 |
2020-05 |
0 |
723 |
61 |
2020-06 |
0 |
678 |
62 |
2020-07 |
0 |
693 |
63 |
2020-08 |
0 |
584 |
64 |
2020-09 |
0 |
543 |
65 |
2020-10 |
0 |
641 |
66 |
2020-11 |
0 |
617 |
67 |
2020-12 |
0 |
665 |
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Fecha de última actualización: 2021/08/19