Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Es el régimen aduanero de ingreso definitivo de mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente importación para el consumo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Salida autorizada de mercancías de importación para el consumo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como importador en el sistema informático Ecuapass
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf
  • Documento de Transporte.
  • Documentos de de control previo (según la subpartida arancelaria de la mercancía), necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes.
  • Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial.­
  • Documentos que la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o el organismo regulador del comercio exterior competente, considere necesarios para el control de la operación y verificación del cumplimiento de la normativa correspondiente
  • Declaración Aduanera de Importación.

Requisitos Especiales:

  • Certificado de Origen para obtener la liberación de tributos al comercio exterior en los casos que corresponda, al amparo de convenios o tratados internacionales y normas supranacionales
  • Para efectos de importaciones de mercancías que no cuenten con factura comercial, presentarán en su lugar, el documento que acredite el valor en aduana de los bienes importados, conforme la naturaleza de la importación. La falta de presentación de este documento de soporte ante la administración aduanera, no impedirá el levante de las mercancías; sin embargo, se descartará la aplicación del primer método de valoración, de acuerdo a lo establecido en la normativa internacional vigente;
  • Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001-V1.pdf

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración de Importación.
  2. Transmitir la Declaración aduanera.
  3. Determinar los tributos
  4. Pagar tributos al comercio exterior
  5. Realizar aforo (revisión de mercancías).
  6. Retirar la mercancía.

Nota: Para el caso que en el trámite se haya requerido presentar de una Autorización Única de Control Previo (obtenida en la Ventanilla Única Ecuatoriana); puede consultar con mayor detalle la Declaración Aduanera en que ha sido utilizada, a través de la pantalla de consulta con nombre “Consulta de uso de Autorización Única de Control Previo” ubicada en la ruta: Menú Servicios Informativos > 2.11 Servicio de Información de Despacho/Cargo; en la opción: Pestaña Despacho Aduanero / Importación

 

Para garantizar el correcto funcionamiento del portal externo de ECUAPASS, debe ingresar a través del navegador oficial de la aduana. Puede descargar el SENAE Browser desde su sitio web oficial: https://www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/.


Canales de atención: Aplicación Móvil, Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo; sin embargo el beneficiario debe considerar el pago de servicios tales propios de la logística tales como: transporte, almacenaje y honorarios del agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

Para trámite presencial:

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional: https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca: https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas: https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Puerto Marítimo: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas: https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga: https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará: https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta: https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar: https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito: https://www.aduana.gob.ec/quito/

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00

Tulcán: https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 30024
2 2026-02 0 25660
3 2026-03 0 29267
4 2026-04 0 29421
5 2026-05 0 28607
6 2026-06 0 29930
7 2026-07 0 32417
8 2025-01 0 26682
9 2025-02 0 25174
10 2025-03 0 26684
11 2025-04 0 27201
12 2025-05 0 30008
13 2025-06 0 28779
14 2025-07 0 31578
15 2025-08 0 28834
16 2025-09 0 32294
17 2025-10 0 32930
18 2025-11 0 28615
19 2025-12 0 31593
20 2024-01 0 24630
21 2024-02 0 24756
22 2024-03 0 25225
23 2024-04 0 25346
24 2024-05 0 27348
25 2024-06 0 25109
26 2024-07 0 28679
27 2024-08 0 29110
28 2024-09 0 26457
29 2024-10 0 30027
30 2024-11 0 29589
31 2024-12 0 28492
32 2023-01 0 24482
33 2023-02 0 23218
34 2023-03 0 25924
35 2023-04 0 24023
36 2023-05 0 29660
37 2023-06 0 28434
38 2023-07 0 28207
39 2023-08 0 30702
40 2023-09 0 27185
41 2023-10 0 30492
42 2023-11 0 27654
43 2023-12 0 25899
44 2022-01 0 25890
45 2022-02 0 22478
46 2022-03 0 28426
47 2022-04 0 25133
48 2022-05 0 26825
49 2022-06 0 25720
50 2022-07 0 26758
51 2022-08 0 29166
52 2022-09 0 27916
53 2022-10 0 26236
54 2022-11 0 28135
55 2022-12 0 26584
56 2021-01 0 24317
57 2021-02 0 24102
58 2021-03 0 28478
59 2021-04 0 25031
60 2021-05 0 25034
61 2021-06 0 26910
62 2021-07 0 26538
63 2021-08 0 26903
64 2021-09 0 26938
65 2021-10 0 25384
66 2021-11 0 26584
67 2021-12 0 26645
68 2020-01 1 28500
69 2020-02 1 23548
70 2020-03 2 21951
71 2020-04 3 16548
72 2020-05 2 20094
73 2020-06 4 21698
74 2020-07 2 22825
75 2020-08 3 22584
76 2020-09 2 24081
77 2020-10 3 25904
78 2020-11 2 25271
79 2020-12 2 26978
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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