Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Es el régimen aduanero de ingreso definitivo de mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente importación para el consumo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Salida autorizada de mercancías de importación para el consumo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como importador en el sistema informático Ecuapass
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

  • Documento de Transporte.

  • Documentos de de control previo (según la subpartida arancelaria de la mercancía), necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes.
  • Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial.­ 

  • Documentos que la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o el organismo regulador del comercio exterior competente, considere necesarios para el control de la operación y verificación del cumplimiento de la normativa correspondiente

  • Declaración Aduanera de Importación.

Requisitos Especiales:

  • Certificado de Origen para obtener la liberación de tributos al comercio exterior en los casos que corresponda, al amparo de convenios o tratados internacionales y normas supranacionales
  • Para efectos de importaciones de mercancías que no cuenten con factura comercial, presentarán en su lugar, el documento que acredite el valor en aduana de los bienes importados, conforme la naturaleza de la importación. La falta de presentación de este documento de soporte ante la administración aduanera, no impedirá el levante de las mercancías; sin embargo, se descartará la aplicación del primer método de valoración, de acuerdo a lo establecido en la normativa internacional vigente;
  • Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001-V1.pdf

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración de Importación.
  2. Transmitir la Declaración aduanera.
  3. Determinar los tributos 
  4. Pagar tributos al comercio exterior
  5. Realizar aforo (revisión de mercancías).
  6. Retirar la mercancía.

Nota: Para el caso que en el trámite se haya requerido presentar de una Autorización Única de Control Previo (obtenida en la Ventanilla Única Ecuatoriana); puede consultar con mayor detalle la Declaración Aduanera en que ha sido utilizada, a través de la pantalla de consulta con nombre “Consulta de uso de Autorización Única de Control Previo” ubicada en la ruta: Menú Servicios Informativos > 2.11 Servicio de Información de Despacho/Cargo; en la opción: Pestaña Despacho Aduanero / Importación


Canales de atención: Aplicación Móvil, Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo; sin embargo el beneficiario debe considerar el pago de servicios tales propios de la logística tales como: transporte, almacenaje y honorarios del agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

Para trámite presencial:

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional: https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca: https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas: https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Puerto Marítimo: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas: https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga: https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará: https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta: https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar: https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito: https://www.aduana.gob.ec/quito/

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00

Tulcán: https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 26682
2 2025-02 0 25174
3 2025-03 0 26684
4 2025-04 0 27201
5 2025-05 0 30008
6 2025-06 0 28779
7 2024-01 0 24630
8 2024-02 0 24756
9 2024-03 0 25225
10 2024-04 0 25346
11 2024-05 0 27348
12 2024-06 0 25109
13 2024-07 0 28679
14 2024-08 0 29110
15 2024-09 0 26457
16 2024-10 0 30027
17 2024-11 0 29589
18 2024-12 0 28492
19 2023-01 0 24482
20 2023-02 0 23218
21 2023-03 0 25924
22 2023-04 0 24023
23 2023-05 0 29660
24 2023-06 0 28434
25 2023-07 0 28207
26 2023-08 0 30702
27 2023-09 0 27185
28 2023-10 0 30492
29 2023-11 0 27654
30 2023-12 0 25899
31 2022-01 0 25890
32 2022-02 0 22478
33 2022-03 0 28426
34 2022-04 0 25133
35 2022-05 0 26825
36 2022-06 0 25720
37 2022-07 0 26758
38 2022-08 0 29166
39 2022-09 0 27916
40 2022-10 0 26236
41 2022-11 0 28135
42 2022-12 0 26584
43 2021-01 0 24317
44 2021-02 0 24102
45 2021-03 0 28478
46 2021-04 0 25031
47 2021-05 0 25034
48 2021-06 0 26910
49 2021-07 0 26538
50 2021-08 0 26903
51 2021-09 0 26938
52 2021-10 0 25384
53 2021-11 0 26584
54 2021-12 0 26645
55 2020-01 1 28500
56 2020-02 1 23548
57 2020-03 2 21951
58 2020-04 3 16548
59 2020-05 2 20094
60 2020-06 4 21698
61 2020-07 2 22825
62 2020-08 3 22584
63 2020-09 2 24081
64 2020-10 3 25904
65 2020-11 2 25271
66 2020-12 2 26978
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Fecha de última actualización: 2023/10/25

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