Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores.

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Tipo de regulación: Ley orgánica

El objeto de esta Ley es promover, regular y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos específicos de las personas adultas mayores, en el marco del principio de atención prioritaria y especializada, expresados en la Constitución de la República, instrumentos internacionales de derechos humanos y leyes conexas, con enfoque de género, movilidad humana, generacional e intercultural.

 

Institución o instituciones emisoras

  • Asamblea Nacional

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