Acogerse del beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores.

Tercera Edad

Información proporcionada por: EMELNORTE S. A. (EMELNORTE)

Trámite para las personas de la tercera edad que tienen derecho a ser exoneradas del pago del 50% del valor de consumo de energía eléctrica de un medidor por los primeros 138 kWh; también se establece la exoneración del 50% del pago de energía eléctrica a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.

¿A quién está dirigido?

  1. Todas las personas personas naturales que tengan 65 años en adelante, podrán contar con la Tarifa de Tercera Edad.
  2. Todas las personas jurídicas o instituciones geriátricas, asilos u otros que brinden servicios a todas las personas que tengan 65 años en adelante (Tercera edad).

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

En caso de que el trámite sea aprobado, el beneficio de la tarifa se verá refleja en la próxima facturación

En caso de que el trámite no sea aprobado, se informará los resultados mediante correo electrónico o mensaje de texto al celular

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Persona natural (65 años de edad en adelante)

  • Número de cédula de ciudadanía.
  • Estar al día en los pagos de las planillas de servicio eléctrico.
  • No contar con el subsidio en otro servicio de energía eléctrica.
  • Formulario de aplicación al beneficio firmado (aplica en los casos que sean de manera presencial).

Para instituciones geriátricas, asilos u otros que brinden servicios a personas de la tercera edad

  • Acuerdo Ministerial en el que conste que la institución, ya sea: asilo, albergue, comedor o institución gerontológica, se dedique a dar atención a personas de la tercera edad.
  • Presentar cédula de ciudadanía del representante legal.
  • Estar al día en los pagos de las planillas de servicio eléctrico.
  • No contar con el subsidio en otro servicio de energía eléctrica.
  • Formulario de aplicación al beneficio firmado (aplica en los casos que sean de manera presencial).

Requisitos Especiales:

En caso de ser Arrendatario, es necesario presentar la Autorización del Dueño del Inmueble, indicando que se cambie de nombre mientras el arrendatario este domiciliado en el inmueble para acogerse al Subsidio de la Tercera Edad.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento:

Presencial: Acercarse a las ventanillas de atención al cliente de Emelnorte, disponible en todas sus agencias y la Matriz; se procederá al análisis de la documentación entregada y en base al mismo se dará atención al pedido o se negará.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El horario de atención de clientes es de lunes a viernes de 07:30 a 16:15. Trabajamos Ininterrumpidamente.

Dirección Matriz Ibarra: Calle Grijalva 6 - 54 y Olmedo

Las direcciones de nuestra matriz y agencias, los puede encontrar en el siguiente link:

https://www.emelnorte.com/eern/index.php/2016-07-05-15-24-49/agencias

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Cliente

Email: atencionalcliente@emelnorte.com

Teléfono: 062997100062951942

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2023-01 0 98
2 2023-02 0 85
3 2023-03 0 118
4 2023-04 0 95
5 2023-05 0 82
6 2023-06 0 113
7 2023-07 0 124
8 2023-08 0 92
9 2022-01 0 104
10 2022-02 0 78
11 2022-03 0 58
12 2022-04 0 23
13 2022-05 0 7
14 2022-06 0 10
15 2022-07 0 64
16 2022-08 0 141
17 2022-09 0 308
18 2022-10 0 120
19 2022-11 0 92
20 2022-12 0 35
21 2021-01 0 116
22 2021-02 0 136
23 2021-03 0 127
24 2021-04 0 17
25 2021-05 0 39
26 2021-06 0 156
27 2021-07 0 127
28 2021-09 0 18
29 2021-10 0 218
30 2021-11 0 192
31 2021-12 0 162

Fecha de última actualización: 2023/09/28