Importación

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) es un formulario en el que se registra la información general relativa a la mercancía que está siendo objeto de importación.

Para una importación se debe realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación a través de un agente de aduana, en donde debe constar la información de los pesos, puerto de destino y origen, flete y entre otros datos del documento de transporte.  
                                                      
La Declaración Aduanera de importación podrá ser presentada física o electrónicamente en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo.

¿A quién está dirigido?

El siguiente  trámite va dirigido específicamente a Personas naturales y personas jurídicas que estén registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN REGISTRADA CON ÉXITO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • Relación entre OCE y Agente de Aduana.
  • Transmisión del documento de transporte y su respectivo ingreso al lugar de almacenamiento habilitado. 
  • El OCE debe contar con las facturas comerciales y documentos de soporte o acompañamiento.
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

¿Cómo hago el trámite?

1. Registro como Operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass 
2. Obtener la asesoría y el servicio de un agente de aduana autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
3. Ingresar al sistema informático Ecuapass para registrar la solicitud de relación de OCE y agente de aduana, Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Formulario de solicitud de categoría > Despacho Aduanero > Adm. de relación de OCE y agente de aduana 
4. Con el documento de transporte, factura, documento de soporte y de acompañamiento, el agente de aduana debe ingresar al sistema informático Ecuapass para efectuar la transmisión de la declaración aduanera de importación,  Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Documento electrónicos > Despacho Aduanero > Importación > Declaración aduanera de Importación 
5. Con la transmisión de la declaración aduanera de importación se genera la liquidación dependiendo del régimen 
6. El importador procede con el pago de tributos al comercio exterior  
7. Con el pago de tributos el sistema asigna el canal de aforo y al funcionario a cargo de la revisión de la DAI                


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tiene costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la logística tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas, para lo cual debe acceder a la ruta: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 26516
2 2024-02 0 26398
3 2024-03 0 26960
4 2023-01 0 26178
5 2023-02 0 24789
6 2023-03 0 27807
7 2023-04 0 25670
8 2023-05 0 31500
9 2023-06 0 30148
10 2023-07 0 29859
11 2023-08 0 32563
12 2023-09 0 28877
13 2023-10 0 32299
14 2023-11 0 29466
15 2023-12 0 27611
16 2022-01 1 27739
17 2022-02 1 24098
18 2022-03 1 30402
19 2022-04 0 88392
20 2022-05 1 29207
21 2022-06 1 27848
22 2022-07 0 31000
23 2022-08 0 31107
24 2022-09 0 29962
25 2022-10 0 27983
26 2022-11 0 29926
27 2022-12 0 28330
28 2021-01 0 25645
29 2021-02 0 25459
30 2021-03 0 30099
31 2021-04 0 26508
32 2021-05 0 26557
33 2021-06 0 28311
34 2021-07 0 28036
35 2021-08 0 28496
36 2021-09 0 28468
37 2021-10 0 26898
38 2021-11 0 69158
39 2021-12 0 85889
40 2020-01 0 30345
41 2020-02 0 25139
42 2020-03 0 23461
43 2020-04 0 18061
44 2020-05 0 21598
45 2020-06 0 22950
46 2020-07 0 24016
47 2020-08 0 23661
48 2020-09 0 25259
49 2020-10 0 27179
50 2020-11 0 26481
51 2020-12 0 28367
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Fecha de última actualización: 2022/01/18