Importación

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) es un formulario en el que se registra la información general relativa a la mercancía que está siendo objeto de importación.

Para una importación se debe realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación a través de un agente de aduana, en donde debe constar la información de los pesos, puerto de destino y origen, flete y entre otros datos del documento de transporte.  
                                                      
La Declaración Aduanera de importación podrá ser presentada física o electrónicamente en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo.

¿A quién está dirigido?

El siguiente  trámite va dirigido específicamente a Personas naturales y personas jurídicas que estén registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN REGISTRADA CON ÉXITO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • Relación entre OCE y Agente de Aduana.
  • Transmisión del documento de transporte y su respectivo ingreso al lugar de almacenamiento habilitado. 
  • El OCE debe contar con las facturas comerciales y documentos de soporte o acompañamiento.
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

¿Cómo hago el trámite?

1. Registro como Operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass 
2. Obtener la asesoría y el servicio de un agente de aduana autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
3. Ingresar al sistema informático Ecuapass para registrar la solicitud de relación de OCE y agente de aduana, Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Formulario de solicitud de categoría > Despacho Aduanero > Adm. de relación de OCE y agente de aduana 
4. Con el documento de transporte, factura, documento de soporte y de acompañamiento, el agente de aduana debe ingresar al sistema informático Ecuapass para efectuar la transmisión de la declaración aduanera de importación,  Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Documento electrónicos > Despacho Aduanero > Importación > Declaración aduanera de Importación 
5. Con la transmisión de la declaración aduanera de importación se genera la liquidación dependiendo del régimen 
6. El importador procede con el pago de tributos al comercio exterior  
7. Con el pago de tributos el sistema asigna el canal de aforo y al funcionario a cargo de la revisión de la DAI                


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tiene costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la logística tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas, para lo cual debe acceder a la ruta: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 28684
2 2025-02 0 26797
3 2025-03 0 28564
4 2025-04 0 29048
5 2025-05 0 32110
6 2025-06 0 30712
7 2024-01 0 26516
8 2024-02 0 26398
9 2024-03 0 26960
10 2024-04 0 27262
11 2024-05 0 29247
12 2024-06 1 26886
13 2024-07 0 30582
14 2024-08 0 31008
15 2024-09 0 28284
16 2024-10 0 31976
17 2024-11 0 31276
18 2024-12 0 30452
19 2023-01 0 26178
20 2023-02 0 24789
21 2023-03 0 27807
22 2023-04 0 25670
23 2023-05 0 31500
24 2023-06 0 30148
25 2023-07 0 29859
26 2023-08 0 32563
27 2023-09 0 28877
28 2023-10 0 32299
29 2023-11 0 29466
30 2023-12 0 27611
31 2022-01 1 27739
32 2022-02 1 24098
33 2022-03 1 30402
34 2022-04 0 88392
35 2022-05 1 29207
36 2022-06 1 27848
37 2022-07 0 31000
38 2022-08 0 31107
39 2022-09 0 29962
40 2022-10 0 27983
41 2022-11 0 29926
42 2022-12 0 28330
43 2021-01 0 25645
44 2021-02 0 25459
45 2021-03 0 30099
46 2021-04 0 26508
47 2021-05 0 26557
48 2021-06 0 28311
49 2021-07 0 28036
50 2021-08 0 28496
51 2021-09 0 28468
52 2021-10 0 26898
53 2021-11 0 69158
54 2021-12 0 85889
55 2020-01 0 30345
56 2020-02 0 25139
57 2020-03 0 23461
58 2020-04 0 18061
59 2020-05 0 21598
60 2020-06 0 22950
61 2020-07 0 24016
62 2020-08 0 23661
63 2020-09 0 25259
64 2020-10 0 27179
65 2020-11 0 26481
66 2020-12 0 28367
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Fecha de última actualización: 2022/01/18

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