Importación

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) es un formulario en el que se registra la información general relativa a la mercancía que está siendo objeto de importación.

Para una importación se debe realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación a través de un agente de aduana, en donde debe constar la información de los pesos, puerto de destino y origen, flete y entre otros datos del documento de transporte.  
                                                      
La Declaración Aduanera de importación podrá ser presentada física o electrónicamente en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo.

¿A quién está dirigido?

El siguiente  trámite va dirigido específicamente a Personas naturales y personas jurídicas que estén registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN REGISTRADA CON ÉXITO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • Relación entre OCE y Agente de Aduana.
  • Transmisión del documento de transporte y su respectivo ingreso al lugar de almacenamiento habilitado.
  • El OCE debe contar con las facturas comerciales y documentos de soporte o acompañamiento.
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

¿Cómo hago el trámite?

1. Registro como Operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass 
2. Obtener la asesoría y el servicio de un agente de aduana autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
3. Ingresar al sistema informático Ecuapass para registrar la solicitud de relación de OCE y agente de aduana, Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Formulario de solicitud de categoría > Despacho Aduanero > Adm. de relación de OCE y agente de aduana 
4. Con el documento de transporte, factura, documento de soporte y de acompañamiento, el agente de aduana debe ingresar al sistema informático Ecuapass para efectuar la transmisión de la declaración aduanera de importación,  Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Documento electrónicos > Despacho Aduanero > Importación > Declaración aduanera de Importación 
5. Con la transmisión de la declaración aduanera de importación se genera la liquidación dependiendo del régimen 
6. El importador procede con el pago de tributos al comercio exterior  
7. Con el pago de tributos el sistema asigna el canal de aforo y al funcionario a cargo de la revisión de la DAI                


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

0

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas, para lo cual debe acceder a la ruta: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 253 32045
2 2026-02 282 27568
3 2026-03 236 29267
4 2025-01 0 28684
5 2025-02 0 26797
6 2025-03 0 28564
7 2025-04 0 29048
8 2025-05 0 32110
9 2025-06 0 30712
10 2025-07 0 33562
11 2025-08 0 30814
12 2025-09 0 34710
13 2025-10 0 144896
14 2025-11 0 30425
15 2025-12 0 33610
16 2024-01 0 26516
17 2024-02 0 26398
18 2024-03 0 26960
19 2024-04 0 27262
20 2024-05 0 29247
21 2024-06 1 26886
22 2024-07 0 30582
23 2024-08 0 31008
24 2024-09 0 28284
25 2024-10 0 31976
26 2024-11 0 31276
27 2024-12 0 30452
28 2023-01 0 26178
29 2023-02 0 24789
30 2023-03 0 27807
31 2023-04 0 25670
32 2023-05 0 31500
33 2023-06 0 30148
34 2023-07 0 29859
35 2023-08 0 32563
36 2023-09 0 28877
37 2023-10 0 32299
38 2023-11 0 29466
39 2023-12 0 27611
40 2022-01 1 27739
41 2022-02 1 24098
42 2022-03 1 30402
43 2022-04 0 88392
44 2022-05 1 29207
45 2022-06 1 27848
46 2022-07 0 31000
47 2022-08 0 31107
48 2022-09 0 29962
49 2022-10 0 27983
50 2022-11 0 29926
51 2022-12 0 28330
52 2021-01 0 25645
53 2021-02 0 25459
54 2021-03 0 30099
55 2021-04 0 26508
56 2021-05 0 26557
57 2021-06 0 28311
58 2021-07 0 28036
59 2021-08 0 28496
60 2021-09 0 28468
61 2021-10 0 26898
62 2021-11 0 69158
63 2021-12 0 85889
64 2020-01 0 30345
65 2020-02 0 25139
66 2020-03 0 23461
67 2020-04 0 18061
68 2020-05 0 21598
69 2020-06 0 22950
70 2020-07 0 24016
71 2020-08 0 23661
72 2020-09 0 25259
73 2020-10 0 27179
74 2020-11 0 26481
75 2020-12 0 28367
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/12/15

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