Autorización del Despacho con pago garantizado de declaraciones aduaneras de importación

Autorización del Despacho con pago garantizado de declaraciones aduaneras de importación

Esta modalidad permite a los operadores de comercio exterior previamente calificados por la administración aduanera, obtener el levante de las mercancías inmediatamente después de liquidada la Declaración Aduanera, sin que se autorice el respectivo pago de los tributos al comercio exterior y demás recargos, siempre y cuando, dicho operador de comercio exterior hubiere otorgado ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador una garantía general anual conferida para el efecto, la cual afianzará los tributos al comercio exterior no pagados hasta el momento de su pago efectivo, dentro de las condiciones que establezca la Autoridad Aduanera.

Para el despacho con pago garantizado se aplicarán cualquiera de las modalidades de aforo establecidas en las normas aduaneras correspondientes.

En los despachos con pago garantizado, la autorización de pago se generará el último día hábil del mes calendario siguiente de generada la liquidación de la obligación tributaria aduanera

Calificación para el Despacho con Pago Garantizado.­ Los operadores de comercio exterior que pretendan acceder a la modalidad de despacho con pago garantizado deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Quienes hubieren obtenido calificación para este beneficio, y posteriormente dejaren de cumplir los mismos, perderán automáticamente la posibilidad de acceder al despacho garantizado, lo cual podrá ser nuevamente otorgado, únicamente cuando se hubiere subsanado aquello que motivó el incumplimiento. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tiene la facultad administrativa de autorizar, negar, revocar o dejar sin efecto el despacho con pago garantizado a cualquier operador.

Procedimiento para el levante de mercancías.- Una vez cumplidos todos los procedimientos del despacho previos a la autorización del pago, se autorizará la liquidación respectiva de la Declaración Aduanera y se podrá autorizar la salida de las mercancías amparadas en aquellas declaraciones aduaneras que accedan a la modalidad de despacho garantizado, cuando el monto de la liquidación aduanera sea imputada y descontada de la garantía general rendida para el efecto. No podrá acceder a esta modalidad de despacho aquella declaración en la que se hubiese determinado el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 180 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, o que su liquidación no pueda cubrirse en su totalidad bajo la cuantía de la garantía general rendida por el operador autorizado.

¿A quién está dirigido?

Operadores de comercio exterior registrados como “importador” en el Sistema Informático del SENAE que mantengan su código de operador habilitado y que hayan sido calificados como Contribuyente Especial por el Servicio de Rentas Interna. Adicionalmente que registren importaciones a consumo, cuyas mercancías hayan obtenido el levante, por un valor en aduana anual en promedio (respecto del período de los tres últimos años fiscales) superior a US $500.000 dólares de los Estados Unidos de América.”

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

AUTORIZACION PARA TRANSMITIR DECLARACIONES CON TIPO DE PAGO DESPACHO CON PAGO GARANTIZADO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

REQUISITOS

  • Constar en el listado de importadores calificados por el SENAE para el uso del tipo de pago "Despacho con pago garantizado"
  • Tener aprobada una garantía general.
  • Transmitir la declaración aduanera con tipo de pago "Despacho con pago garantizado"

¿Cómo hago el trámite?

Para acceder el correcto funcionamiento del portal externo de ECUAPASS, debe ingresar a través del navegador oficial de la Aduana. Puede descargar el SENAE Browser desde su sitio web oficial: https://www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/

  1. Registrar la garantía aduanera ingresando al sistema informático Ecuapass con usuario y contraseña; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos> 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de aprobación de garantía. (debe constar en el listado de OCEs calificados por el SENAE)
  2. Presentar físicamente la garantía aduanera a la Dirección Financiera Aduanera de la Dirección General.
  3. Transmitir la declaración aduanera con tipo de pago: “Despacho con pago garantizado”. (una vez aprobada la garantía aduanera)

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite realizado en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador no tiene costo; sin embargo, el usuario debe considerar el pago de servicios propios de la logística, tales como honorarios del agente de aduana, entre otros.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

 

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 16 6529
2 2026-02 1 6221
3 2026-03 3 7126
4 2025-01 0 4403
5 2025-02 0 5482
6 2025-03 2 6090
7 2025-04 0 6358
8 2025-05 0 6929
9 2025-06 0 6816
10 2025-07 3 7107
11 2025-08 1 6833
12 2025-09 0 7509
13 2025-10 0 7778
14 2025-11 6 6791
15 2025-12 1 7144
16 2024-01 0 4065
17 2024-02 0 5256
18 2024-03 0 5562
19 2024-04 0 5738
20 2024-05 0 6047
21 2024-06 0 5588
22 2024-07 0 6209
23 2024-08 0 6650
24 2024-09 0 6124
25 2024-10 0 6797
26 2024-11 0 6162
27 2024-12 0 5993
28 2023-01 0 3012
29 2023-02 0 4529
30 2023-03 0 4963
31 2023-04 0 4847
32 2023-05 0 5647
33 2023-06 0 5547
34 2023-07 0 5533
35 2023-08 0 6022
36 2023-09 0 5650
37 2023-10 0 6370
38 2023-11 0 6025
39 2023-12 0 5658
40 2022-01 0 3378
41 2022-02 0 4476
42 2022-03 0 5622
43 2022-04 0 4963
44 2022-05 0 5183
45 2022-06 0 5018
46 2022-07 0 5155
47 2022-08 0 5543
48 2022-09 0 5428
49 2022-10 0 4993
50 2022-11 0 5393
51 2022-12 0 5060
52 2021-01 0 2478
53 2021-02 0 4098
54 2021-03 0 5008
55 2021-04 0 4583
56 2021-05 0 4256
57 2021-06 0 4899
58 2021-07 0 5008
59 2021-08 0 5062
60 2021-09 0 5085
61 2021-10 0 4992
62 2021-11 0 5171
63 2021-12 0 5253
64 2020-01 0 2286
65 2020-02 0 3812
66 2020-03 0 3859
67 2020-04 0 2761
68 2020-05 0 3272
69 2020-06 0 3481
70 2020-07 0 3846
71 2020-08 0 3783
72 2020-09 0 4200
73 2020-10 0 4557
74 2020-11 0 4370
75 2020-12 0 4657
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Fecha de última actualización: 2025/12/15

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