Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0107-RE REFORMA RESOLUCION SENAE-SENAE-2023-0050-RE REGULACIONES ESPECÍFICAS TRANSMISIÓN DECLARACIONES ADUANERAS IMPORTACIÓN DE FUNCIONARIOS Y ORGANISMOS REGIDOS POR LEY SOBRE INMUNIDADES, PRIVILEGIOS Y FRANQUICIAS

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2023-11-22

Fecha de publicación: 2024-01-18

Número de registro: SEGUNDO SUPLEMENTO 480

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Tipo de regulación: Resolución

Artículo 1.- En la Resolución N° SENAE-SENAE-2023-0050-RE de fecha 27 de julio de 2023, mediante la cual se expiden las “REGULACIONES ESPECÍFICAS PARA LA TRANSMISIÓN DE LAS DECLARACIONES ADUANERAS DE IMPORTACIÓN DE FUNCIONARIOS Y ORGANISMOS REGIDOS POR LA LEY SOBRE INMUNIDADES, PRIVILEGIOS Y FRANQUICIAS DIPLOMÁTICAS”,
efectúese la siguiente reforma: 
 
1.- Sustitúyase el artículo 3, por el siguiente: 
“Art. 3.- Vehículo.- Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior, en caso de tratarse de la importación de un vehículo, deberá adjuntarse a la declaración aduanera los siguientes documentos de soporte:  
a) Nuevo:
1.- Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial, a nombre del funcionario diplomático; y, 
2.- Certificado de concesionario o casa comercial, que certifique el valor del vehículo con el que salió al mercado. 
b) Usado:
1.- Contrato de compraventa celebrada ante Notario Público sea del lugar de la venta o del domicilio del funcionario; o, 
2.- Contrato de compraventa autenticado ante Notario de la Sede Diplomática en la que se encuentre acreditado el funcionario; o, 
3.- Factura comercial autenticada ante Notario Público sea del lugar de la venta o del domicilio del funcionario; o, 
4.- Factura comercial autenticada ante Notario de la Sede Diplomática en la que se encuentre acreditado el funcionario; o, 
5.- Certificado de concesionario o casa comercial, que certifique el valor del vehículo con el que salió al mercado.

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