Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0249-RE REGULACIÓN DE PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ADUANERA

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2015-04-24

Fecha de publicación: 2016-07-22

Número de registro: EDICION ESPECIAL 648

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

Artículo 1

En el caso de las importaciones, la Declaración Aduanera podrá ser presentada física o electrónicamente en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo.

Artículo 2

Para las exportaciones, la Declaración Aduanera podrá presentarse hasta 24 horas antes del ingreso de las mercancías a zona primaria, debiendo presentar los documentos de acompañamiento, de soporte y correcciones a la declaración hasta 30 días posteriores al embarque de las mercancías. 

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