Servicio orientado a los pasajeros que ingresan por los aeropuertos internacionales en las Salas de Arribo de Guayaquil y Quito. El pasajero va a estar sujeto, dependiendo de la selectividad (semáforo), al momento de pasar su pasaporte por los kioskos donde se realiza dicha selectividad, para luego someterse a inspecciones no intrusivas o salida inmediata de la sala de arribo. Las revisiones físicas son no intrusivas, en caso de ingresar con bienes tributables, se realiza la revisión física intrusiva, es decir, la revisión de las maletas. Una vez que se han detectado bienes tributables el pasajero debe acercarse a la oficina de aduana para proceder con el aforo de las mismas (revisión física de todo el equipaje del viajero), el tiempo aproximado de aforo depende de la cantidad de mercancías. Una vez concluido el aforo se procede con la generación de la liquidación y se paga en el banco( efectivo o tarjeta de crédito) o con tarjeta de crédito en Sala de Arribo Internacional del Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre (SAI) Quito, caso contrario se genera el acta de retención de las mercaderías hasta que se realice el pago ( solo tiene cinco días hábiles para realizar el pago de tributos generados) o el viajero tiene la opción de realizar el trámite de devolución al exterior, es decir que puede regresarse con sus mercancías al exterior. Cuando el pasajero habiendo ingresado bienes tributables no los declara en el formulario de registro aduanero (FRA), se procederá, dependiendo del caso, a las sanciones administrativas dispuestas en la ley.
Los beneficiarios para el presente trámite (Nacionalización de mercancías en Sala de Arribo Internacional Quito y Guayaquil) son: los Pasajeros nacionales y Extranjeros que arriben en vuelos internacionales.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Salida del pasajero
Presentar pasaporte físico o documento de identificación
1.- Ingresar a la sala internacional
2.- Presentar pasaporte o documento de identidad a la autoridad aduanera para que el mismo se pase por un kiosco de selectividad y semáforo (verde, amarillo, rojo)
3.- Salir de la sala internacional si el semáforo sale verde
4.- Pasar a revisión de las maletas medios no intrusivos (semáforo amarillo), dependiendo de lo revisado por la máquina de rayos X , si no se presume mercancías objeto de tributo, puede salir de la sala internacional , casi contrario pasa a inspección y/o aforo.
5.- Ir al área de Inspección de las maletas, si el semáforo se muestra rojo (dependiendo de lo revisado en la inspección, si no se encuentran mercancías objeto de tributo, puede salir de la sala internacional, casi contrario pasa al aforo)
6.- Pagar liquidación, solo en el caso que se encuentre mercancías tributables una vez realizado el aforo.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Quito:
Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre
Dirección: Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito Tababela S/N - Via, Quito 170907
Guayaquil:
Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo
Dirección: Av de Las Américas, Guayaquil 090513
Atención 24/7
Contacto: Jefatura de Atención al Usuario
Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec
Teléfono: 1800-238262
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN Y EL CONTROL DE LOS PASAJEROS Y SU EQUIPAJE EN LAS SALAS INTERNACIONALES DE VIAJEROS.
Reformar la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0348-RE Procedimiento para la Selección y el Control de los Pasajeros y su Equipaje en las Salas Internacionales de Viajeros.
Artículo 1.- Alcance.- Establecer las consideraciones y lineamientos necesarios que deben realizar los Operadores de Comercio Exterior, pasajeros y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para registrar el código numérico IMEI en los teléfonos celulares ingresados al país, bajo los regímenes aduaneros de importación para el consumo, equipaje de viajero vía aérea, tráfico postal y mensajería acelerada o Courier.
Artículo 1.- Alcance.- Establecer las consideraciones y lineamientos necesarios que deben realizar los Operadores de Comercio Exterior, pasajeros y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para registrar el código numérico IMEI en los teléfonos celulares ingresados al país, bajo los regímenes aduaneros de importación para el consumo, equipaje de viajero vía aérea, tráfico postal y mensajería acelerada o Courier.
Resolución SENAE-SENAE-2017-0345-RE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL DESPACHO DE EQUIPAJE DE PASAJEROS Y TRIPULANTES QUE INGRESAN O SALEN DE LOS EROPUERTOS INTERNACIONALES DEL ECUADOR
Resolución SENAE-SENAE-2017-0408-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN No. SENAE-SENAE-2017-0345-RE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL DESPACHO DE EQUIPAJE DE PASAJEROS Y TRIPULANTES QUE INGRESAN O SALEN DE LOS AEROPUERTOS INTERNACIONALES DEL ECUADOR
Artículo 1.- Alcance.- Establecer las consideraciones y lineamientos necesarios que deben realizar
los Operadores de Comercio Exterior, pasajeros y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, para registrar el código numérico IMEI en los teléfonos celulares ingresados al país, bajo
los regímenes aduaneros de importación para el consumo, equipaje de viajero vía aérea, tráfico
postal y mensajería acelerada o Courier; así como de aquellos teléfonos celulares, cuyo destino
aduanero sea el de destrucción; además de aquellos bienes, considerados como mercancías
gestionables, por habérseles aceptado el abandono expreso, declarado el abandono definitivo o
dispuesto el decomiso administrativo o judicial.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 1188 |
2 | 2025-02 | 0 | 1009 |
3 | 2024-01 | 0 | 224 |
4 | 2024-02 | 0 | 565 |
5 | 2024-03 | 0 | 706 |
6 | 2024-04 | 0 | 419 |
7 | 2024-05 | 0 | 471 |
8 | 2024-06 | 0 | 430 |
9 | 2024-07 | 0 | 667 |
10 | 2024-08 | 0 | 565 |
11 | 2024-09 | 0 | 472 |
12 | 2024-10 | 0 | 683 |
13 | 2024-11 | 0 | 894 |
14 | 2024-12 | 0 | 1722 |
15 | 2023-01 | 0 | 433 |
16 | 2023-02 | 0 | 574 |
17 | 2023-03 | 0 | 367 |
18 | 2023-04 | 0 | 424 |
19 | 2023-05 | 0 | 572 |
20 | 2023-06 | 0 | 501 |
21 | 2023-07 | 0 | 551 |
22 | 2023-08 | 0 | 549 |
23 | 2023-09 | 0 | 464 |
24 | 2023-10 | 0 | 472 |
25 | 2023-11 | 0 | 471 |
26 | 2023-12 | 0 | 477 |
27 | 2022-01 | 0 | 314 |
28 | 2022-02 | 0 | 367 |
29 | 2022-03 | 0 | 268 |
30 | 2022-04 | 0 | 401 |
31 | 2022-05 | 0 | 355 |
32 | 2022-06 | 0 | 343 |
33 | 2022-07 | 0 | 389 |
34 | 2022-08 | 0 | 551 |
35 | 2022-09 | 0 | 320 |
36 | 2022-10 | 0 | 335 |
37 | 2022-11 | 0 | 357 |
38 | 2022-12 | 0 | 613 |
39 | 2021-01 | 0 | 449 |
40 | 2021-02 | 1 | 509 |
41 | 2021-03 | 0 | 561 |
42 | 2021-04 | 0 | 440 |
43 | 2021-05 | 0 | 575 |
44 | 2021-06 | 0 | 649 |
45 | 2021-07 | 2 | 532 |
46 | 2021-08 | 0 | 539 |
47 | 2021-09 | 0 | 618 |
48 | 2021-10 | 0 | 562 |
49 | 2021-11 | 0 | 594 |
50 | 2021-12 | 0 | 1267 |
51 | 2020-01 | 0 | 623 |
52 | 2020-02 | 0 | 982 |
53 | 2020-03 | 0 | 3827 |
54 | 2020-04 | 0 | 0 |
55 | 2020-05 | 0 | 10 |
56 | 2020-06 | 0 | 102 |
57 | 2020-07 | 0 | 197 |
58 | 2020-08 | 0 | 745 |
59 | 2020-09 | 0 | 644 |
60 | 2020-10 | 0 | 727 |
61 | 2020-11 | 0 | 827 |
62 | 2020-12 | 1 | 919 |
Fecha de última actualización: 2022/06/28