aforo físico de importación

Para el despacho de las mercancías que requieran Declaración Aduanera, se solicita de manera obligatoria emplear cualquiera de las siguientes modalidades de aforo: automático, electrónico, documental o físico. Es importante señalar que dichas modalidades se eligen en base a perfiles de riesgo implementados por el SENAE.

En el caso de mercancías perecederas y animales vivos u otras mercancías autorizadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en virtud de su naturaleza, tendrán prioridad en su reconocimiento físico, de ser el caso.

El aforo físico es la revisión física de las mercancías, para comprobar su naturaleza, origen, condición, cantidad, peso, medida, valor en aduana y/o clasificación arancelaria, en relación a los datos contenidos en la Declaración Aduanera de Importación (DAI) y sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), con el objeto de determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y/o el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas.

El técnico operador se encarga de realizar el aforo físico intrusivo de la mercancía que arriba al territorio ecuatoriano, revisa los documentos adjuntados electrónicamente en la DAI, notifica a los involucrados la fecha y hora en que se realizará la constatación física de las mercancías, registra el resultado de aforo; en el caso de existir, realiza 
observaciones al trámite y solicita al usuario para que justifique las mismas.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente importación para el consumo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

CUMPLIMIENTO CON LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DE MANERA ADECUADA Y OPORTUNA.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

El declarante debe cumplir con los siguientes requisitos para   acogerse al aforo físico de importación:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • Debe transmitir la declaración de importación con todos los documentos de soporte y de acompañamiento, sean electrónicos o digitalizados.
  • Una vez que se haya transmitido la DAI se deberá pagar la liquidación de tributos con el fin de que inicie la revisión documental, según sea el caso.
  • En el caso de que el importador o su agente de aduana obtengan el Certificado de Origen, deben entregar el documento original al técnico operador que está a cargo de la DAI para su revisión y aceptación el mismo día de su recepción.
  • Coordinar con el depósito temporal el posicionamiento del contenedor o de carga suelta para llevar a cabo el aforo
  • Asistir al aforo en la fecha y hora notificada por parte del funcionario aduanero


 

¿Cómo hago el trámite?

El declarante debe primero tramitar la declaración aduanera de importación por medio de la siguIente ruta en el sistema informático Ecuapass para acogerse al aforo físico de importación:
1.Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría >Despacho Aduanero>Importación>Declaración Aduanera de Importación.
2.Llenar el formulario respectivo a la Declaración Aduanera de Importación.
3. Firmar electrónicamente la certificación de la declaración Aduanera de Importación.
4. Una vez que se haya transmitido la DAI se deberá pagar la liquidación de tributos con el fin de que inicie la revisión documental, según sea el caso.
Finalmente debe acogerse a los siguientes puntos importantes para un correcto aforo físico de las mercancías.
5.- El importador, agente de aduana y depósito temporal( colocación  del contenedor para el aforo físico intrusivo) debe consultar las notificaciones generadas en el Ecuapass. Para realizar la respectiva consulta del estado en que se encuentra la declaración aduanera de importación se debe seguir la ruta: 1.Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos> Integración de estados del trámite> Realizar la búsqueda por medio del título del documento  denominado " Respuesta de declaración de importación y exportación y valor".
6.- El importador o su agente de aduana, así como el depósito temporal deben tener lista la carga en el área de aforo dentro del horario establecido.
7.-- El importador o su agente de aduana deben asistir a la primera fecha para llevar a cabo el aforo físico de las mercancías. ( Si por circunstancias adversas no se presentan en esta fecha, tendrán la oportunidad de presentarse a una segunda fecha de aforo; si de ser el caso de que no se hayan presentado a la segunda fecha de aforo, se debe proceder de la siguiente manera: El técnico operador debe registrar en la opción del portal interno “Aforo y 
aprobación” el abandono definitivo de las mercancías en base a lo manifestado en el literal b) del art. 143 del Copci, para su respectiva declaratoria por parte del director Distrital o su delegado.


 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 4 2745
2 2024-02 0 306
3 2024-03 1 4317
4 2023-01 0 2594
5 2023-02 1 2217
6 2023-03 4 2743
7 2023-04 6 2678
8 2023-05 5 3088
9 2023-06 0 3261
10 2023-07 0 3771
11 2023-08 1 4072
12 2023-09 0 3152
13 2023-10 0 3575
14 2023-11 1 2733
15 2023-12 8 2971
16 2022-01 1 2387
17 2022-02 1 1727
18 2022-03 1 2275
19 2022-04 1 1921
20 2022-05 1 2379
21 2022-06 1 2010
22 2022-07 0 2313
23 2022-08 0 2609
24 2022-09 0 2836
25 2022-10 0 2646
26 2022-11 4 3296
27 2022-12 1 2694
28 2021-01 0 1430
29 2021-02 0 1703
30 2021-03 0 2293
31 2021-04 0 1860
32 2021-05 0 1972
33 2021-06 0 2042
34 2021-07 0 1931
35 2021-08 0 2220
36 2021-09 0 2344
37 2021-10 0 2579
38 2021-11 0 2576
39 2021-12 2 2631
40 2020-01 0 3327
41 2020-02 0 2929
42 2020-03 0 2139
43 2020-04 0 661
44 2020-05 0 1018
45 2020-06 0 1575
46 2020-07 0 1707
47 2020-08 0 1487
48 2020-09 0 1582
49 2020-10 0 1287
50 2020-11 0 1052
51 2020-12 0 1400
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/15