Rebaja del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados para personas de la tercera edad y con discapacidad

Rebaja del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados para personas de la tercera edad y con discapacidad

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales ecuatorianas y extranjeras realizar una rebaja especial del Impuesto anual a la Propiedad de Vehículos Motorizados  para vehículos de propiedad de personas con discapacidad o de la tercera edad (un vehículo por titular), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales ecuatorianas y extranjeras de la tercera edad, con discapacidad o quienes usen sus vehículos para el traslado de personas con discapacidad.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Rebaja de impuestos vehiculares

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Formulario de solicitud de exoneración, reducción o rebaja especial de impuestos vehiculares
  • Documento soporte de la propiedad del vehículo (Matrícula, certificado único vehicular, factura de compra, acta de remate y certificado de matrícula)

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

  • FORMULARIO VEH-02
    Formulario de exoneración, reducción o rebaja especial de impuestos vehiculares

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Ingresar número de identificación y clave
4. Escoger la opción vehículos
5. Escoger la opción exonere sus vehículos
6. Escoger exoneración por discapacidad, el sistema indica las fechas a exonerar
7. Escoger procesar


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 3254
2 2025-02 1 2844
3 2025-03 0 2506
4 2024-01 0 4279
5 2024-02 0 4279
6 2024-03 0 3948
7 2024-04 0 3008
8 2024-05 0 2654
9 2024-06 0 1982
10 2024-07 1 2137
11 2024-08 0 1804
12 2024-09 0 1469
13 2024-10 0 1378
14 2024-11 0 1172
15 2024-12 0 1134
16 2023-01 0 3853
17 2023-02 0 3781
18 2023-03 0 3999
19 2023-04 0 3005
20 2023-05 0 3044
21 2023-06 0 2714
22 2023-07 1 2316
23 2023-08 0 2252
24 2023-09 0 2132
25 2023-10 0 2176
26 2023-11 1 1996
27 2023-12 0 1227
28 2022-01 1 3133
29 2022-02 0 3985
30 2022-03 2 3751
31 2022-04 0 3025
32 2022-05 0 2623
33 2022-06 0 2134
34 2022-07 1 2441
35 2022-08 0 2375
36 2022-09 0 2478
37 2022-10 0 2102
38 2022-11 0 1495
39 2022-12 0 1170
40 2021-01 0 758
41 2021-02 0 844
42 2021-03 0 797
43 2021-04 0 553
44 2021-05 0 670
45 2021-06 0 491
46 2021-07 0 459
47 2021-08 0 631
48 2021-09 0 2259
49 2021-10 0 1579
50 2021-11 0 1284
51 2021-12 0 1447
52 2020-01 0 898
53 2020-02 0 865
54 2020-03 0 557
55 2020-04 0 43
56 2020-05 0 43
57 2020-06 0 43
58 2020-07 0 535
59 2020-08 0 238
60 2020-09 0 238
61 2020-10 0 373
62 2020-11 0 291
63 2020-12 0 266
64 2019-01 1 1157
65 2019-02 1 1012
66 2019-03 1 924
67 2019-04 0 1035
68 2019-05 3 973
69 2019-06 0 903
70 2019-07 0 914
71 2019-08 1 851
72 2019-09 0 785
73 2019-10 0 709
74 2019-11 0 638
75 2019-12 0 410
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2023/12/15

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