Fecha de suscripción: 2019-12-05
Fecha de publicación: 2019-05-14
Número de registro: Suplemento 487
Tipo de regulación: Acuerdo ministerial
Artículo 1. El objeto de la presente Regla Técnica es normar la organización y mantenimiento de los archivos públicos, en cada una de las fases del ciclo vital del documento, a fin de asegurar en el corto, mediano y largo plazo, el cumplimiento de los requisitos de autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad de los documentos de archivo.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.- La Regla Técnica Nacional para la Organización y Mantenimiento de los Archivos Públicos, será de uso y aplicación obligatoria en todos los organismos, entidades e instituciones del sector público y privado en los que el Estado tenga participación.
Artículo 3. Fines de los archivos.- El objetivo esencial de los archivos públicos es disponer de la documentación organizada, garantizando que información institucional sea recuperable en forma oportuna para el uso de la administración o del ciudadano, además, como fuente de consulta de la historia.
Artículo 4.- Importancia de los archivos.- Los archivos son importantes porque custodian y respaldan las decisiones, actuaciones y memoria, que sirven como fuentes fiables para garantizar
la transparencia de la Administración Pública