exportación

Para el despacho de  mercancías de exportación el sistema Ecuapass asignara de forma aleatoria el canal de aforo luego del registro del ingreso de mercancías al depósito temporal, mismas que pueden ser las siguientes modalidades de aforo: automático, electrónico, documental o físico. Es importante señalar que dichas modalidades se eligen en base a perfiles de riesgo implementados por el SENAE.

En el caso de mercancías perecederas y animales vivos u otras mercancías autorizadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en virtud de su naturaleza, tendrán prioridad en su reconocimiento físico, de ser el caso.

El aforo físico es la revisión física de las mercancías, para comprobar su naturaleza, origen, condición, cantidad, peso, medida, valor en aduana y/o clasificación arancelaria, en relación a los datos contenidos en la Declaración Aduanera de Exportación  (DAE) y sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) con el objeto de determinar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas.

El aforo físico intrusivo de las mercancías será realizado por un funcionario aduanero, quien notificará electrónicamente, a través del sistema Ecuapass, al exportador y/o declarante y al depósito temporal, la fecha y hora en que se efectuará la revisión física de las mercancías.

Durante el aforo, el funcionario aduanero verificará que la información registrada en la Declaración Aduanera de Exportación (DAE), coincida con los documentos de soporte y/o documentos de acompañamiento adjuntos a la declaración. Si se detecta alguna novedad o diferencia, se informará al usuario para que pueda presentar la justificación correspondiente mediante la solicitud de corrección de la DAE. Posteriormente, el funcionario aduanero registrará el resultado del aforo y el informe de aforo. 

Una vez efectuado el cierre del informe de aforo por parte del funcionario aduanero, la DAE obtendrá el estado “Salida autorizada”.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen específicamente realizar transacciones de comercio exterior, específicamente de exportación.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

CUMPLIMIENTO DE AFORO FÍSICO, CIERRE DE AFORO Y SALIDA AUTORIZADA

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

El declarante debe cumplir con los siguientes requisitos para   el aforo físico de exportación:

1.- Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.

2.- Coordinar con el depósito temporal el posicionamiento del contenedor o de carga suelta para llevar a cabo el aforo.

3.- Asistir al aforo en la fecha y hora notificada por parte del funcionario aduanero.

4.- Asociar a la declaración de exportación todos los documentos de soporte y de acompañamiento, sean electrónicos o digitalizados.

5.- Contar con la  factura comercial original.

¿Cómo hago el trámite?

El declarante debe primero transmitir la declaración aduanera de exportación por medio de la siguiente ruta en el sistema informático Ecuapass para acogerse al aforo físico de exportación:

1. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría >Despacho Aduanero>Exportación>Declaración Aduanera de Exportación.

2. Llenar el formulario respectivo a la Declaración Aduanera de Exportación.

3. Firmar electrónicamente la certificación de la declaración Aduanera de Exportación.

Finalmente debe acogerse a los siguientes puntos importantes para un correcto aforo físico de las mercancías:

5.- El exportador, agente de aduana y depósito temporal deben coordinar el posicionamiento del contenedor para llevar a cabo el aforo físico intrusivo y  debe consultar las notificaciones generadas en el Ecuapass. Para realizar la respectiva consulta del estado en que se encuentra la declaración aduanera de exportación se debe seguir la ruta: 1.Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos> Integración de estados del trámite> Realizar la búsqueda por medio del título del documento  denominado " Respuesta de declaración de importación y exportación y valor"

6.- El exportador o su agente de aduana, así como el depósito temporal deben tener lista la carga en el área de aforo dentro del horario establecido.

7.-- El exportador o su agente de aduana deben asistir a la primera fecha para llevar a cabo el aforo físico de las mercancías. (Si por circunstancias adversas no se presentan en esta fecha, el declarante debe solicitar mediante oficio dirigido a la Dirección de Despacho o Dirección de Despacho y Zona Primaria, la realización del acto de aforo, y de ser aceptada por el SENAE, se considera como la segunda fecha de aforo. En el caso de que el exportador no asista a la segunda fecha de aforo, la declaración mantiene el estado "Observada" hasta que se realice el acto de aforo o el proceso de carga no exportada a solicitud del OCE. En este caso no se aplica el abandono definitivo.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 614
2 2026-02 0 752
3 2026-03 1 831
4 2025-01 0 673
5 2025-02 0 676
6 2025-03 1 715
7 2025-04 0 670
8 2025-05 0 688
9 2025-06 0 745
10 2025-07 0 840
11 2025-08 1 825
12 2025-09 0 750
13 2025-10 0 758
14 2025-11 5 741
15 2025-12 0 770
16 2024-01 0 642
17 2024-02 0 447
18 2024-03 0 677
19 2024-04 0 624
20 2024-05 0 687
21 2024-06 0 610
22 2024-07 0 681
23 2024-08 0 701
24 2024-09 0 661
25 2024-10 0 662
26 2024-11 0 668
27 2024-12 0 629
28 2023-01 0 649
29 2023-02 0 568
30 2023-03 0 692
31 2023-04 0 571
32 2023-05 0 643
33 2023-06 0 666
34 2023-07 0 592
35 2023-08 0 639
36 2023-09 0 779
37 2023-10 0 665
38 2023-11 0 714
39 2023-12 0 626
40 2022-01 0 725
41 2022-02 0 761
42 2022-03 0 940
43 2022-04 0 841
44 2022-05 0 560
45 2022-06 0 587
46 2022-07 0 646
47 2022-08 1 663
48 2022-09 0 709
49 2022-10 0 689
50 2022-11 0 664
51 2022-12 0 638
52 2021-01 0 785
53 2021-02 0 749
54 2021-03 0 894
55 2021-04 0 891
56 2021-05 0 899
57 2021-06 0 984
58 2021-07 0 1058
59 2021-08 0 983
60 2021-09 0 989
61 2021-10 0 113
62 2021-11 0 409
63 2021-12 0 216
64 2020-01 0 768
65 2020-02 0 641
66 2020-03 0 595
67 2020-04 0 412
68 2020-05 0 383
69 2020-06 0 635
70 2020-07 0 737
71 2020-08 0 707
72 2020-09 0 718
73 2020-10 0 765
74 2020-11 0 801
75 2020-12 0 829
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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