Al momento que una Entidad Financiera del Sector Privado, del Sector Popular y Solidario o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Depósitos y el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas naturales que mantengan sus depósitos en Entidades Financieras o mantengan siniestros pendientes de pago....
Al momento que una Entidad Financiera del Sector Privado, del Sector Popular y Solidario o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Depósitos y el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas naturales que mantengan sus depósitos en Entidades Financieras o mantengan siniestros pendientes de pago....
Al momento que una empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos, personas naturales que mantengan siniestros pendientes de pago. El monto máximo de cobertura para Empresas de Seguros Privados legalmente autorizadas es de 2.000 USD, los mismos que son pagados a través de las oficinas de la COSEDE o entidades del sistema financier...
Al momento que una empresa aseguradora del Sector Privado o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas jurídicas que mantengan sus pólizas vigentes o siniestros pendientes de pago en empresas aseguradoras....
El usuario que requiera información pública de carácter técnico quejas, sugerencias, solicitudes de información y felicitaciones en actos administrativos de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE. podrá solicitarla a través de la presentación de una solicitud dirigida a la Gerencia General o a la institución a través de un formulario, chatbot, correo electrónico, número telefónico y por medi...
Las entidades del Sector Financiero Privado y del Sector Popular y Solidario aportantes al Fondo de Liquidez pueden requerir la devolución de sus recursos aportados y los rendimientos ganados, cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Código Orgánico Monetario y Financiero: Art. 343.- Devolución de recursos. Los recursos aportados por las entidades financieras al Fondo de Liquidez serán restituidos en los siguientes casos:...
Al momento que una entidad financiera es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control, se activa el pago del Seguro de Depósitos....