Devolución del derecho fiduciario a la entidad financiera

Información proporcionada por: Corporación del Seguro de Depósitos (COSEDE)

Las entidades del Sector Financiero Privado y del Sector Popular y Solidario aportantes al Fondo de Liquidez pueden requerir la devolución de sus recursos aportados y los rendimientos ganados, cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Código Orgánico Monetario y Financiero:

Art. 343.- Devolución de recursos. Los recursos aportados por las entidades financieras al Fondo de Liquidez serán restituidos en los siguientes casos:

1. Exclusión y transferencia de activos y pasivos;
2. Liquidación voluntaria o forzosa de la entidad; y,
3. El exceso del aporte en caso de fusiones
.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de devolución del derecho fiduciario son:

  • Bancos Privados
  • Cooperativas de ahorro y crédito del segmento 1 (Las entidades del sector Financiero Popular y Solidario se segmentan de acuerdo al nivel de sus activos, conforme a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria SEPS)
  • Asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución de los recursos monetarios mantenidos en el Fondo de Liquidez

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud de devolución de derecho fiduciario, dirigido a la Gerencia General
  2. Copia certificada de la resolución del estado jurídico de la entidad emitida por el Organismo de Control (Superintendecia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria)
  3. Certificación emitida por el Organismo de Control (Superintendecia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria) del cumplimiento de todas las diligencias establecidas en dicha resolución y el nombramiento del administrador temporal o liquidador según corresponda

¿Cómo hago el trámite?

En línea:

  1. Obtener copia certificada del Organismo de Control (Superintendecia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria).
  2. Solicitar al Organismo de Control (Superintendecia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria) la certificación del cumplimiento de las diligencias dispuestas en la resolución.
  3. Elaborar la solicitud de devolución de derecho fiduciario.
  4. Acudir a las oficinas de la COSEDE para entregar los requisitos obtenidos previamente.

A través de gob.ec:

1.       Ingresar en esta página en la opción "Trámite en Línea" y completar el formulario
2.       En el transcurso de 2 días laborables mediante correo electrónico se le informará la aceptación de su solicitud o si requiere hacer alguna subsanación de la misma.”
 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Av. Amazonas entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira (Quito, Ecuador) Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera - Bloque 6 – Piso 7

Contactos llamar al teléfono: (+593) 2 3960340

Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Comunicación

Email: comunicacion@cosede.gob.ec

Teléfono: (+593) 2 3960340

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Fecha de última actualización: 2021/08/13

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