MTOP-SPTM-2014-0122-R

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2014-07-22

Fecha de publicación: 2014-07-31

Número de registro: 301

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

NORMAS Y REQUISITOS EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PRACTICAJE

Las normas para la formación inicial están concebidas de tal forma que permitan al Aspirante a Práctico desarrollar las aptitudes y los conocimientos necesarios para obtener el Título de práctico.
Los aspirantes a Prácticos cumplirán con los requisitos en el siguiente orden:
1. Poseer la matrícula de Capitán de Altura, vigente. 2. Acreditar los últimos 3 años de tiempo de embarque como Capitán en naves mayores de 500 TRB. 3. Tener Certificado Médico vigente que otorga la Dirección de Sanidad de la Armada o Centro de Salud autorizado por la ACP. 4. Aprobar el curso de Formación de Prácticos dictado en la Escuela de la Marina Mercante que incluirá no menos de 32 horas de simulación, para obtener el Título de Formación de Práctico. 5. Aprobar el examen de suficiencia de Inglés en ESMENA. 6. Realizar el entrenamiento a bordo en la jurisdicción solicitada, en un período no mayor de 270 días, supervisado por el Práctico a cargo de una maniobra y certificado por la Entidad Portuaria (EP) respectiva en las hojas de registro correspondientes bajo las siguientes condiciones:
- Realizar 30 entradas y 30 salidas de las cuales el 50% serán nocturnas.

- Realizar 30 maniobras de atraque y 30 maniobras de desatraque, o cualquier otra maniobra requerida en la jurisdicción portuaria respectiva.

- Las evaluaciones del entrenamiento deberán ser remitidas a la SPTMF por el práctico examinador (práctico mayor), para la emisión del respectivo Certificado del Título de Competencia de Práctico en el área determinada.

Institución o instituciones emisoras

  • SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL

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