Acto mediante el cual el Representante Legal de una empresa o sociedad, pública o privada, de manera libre y voluntaria, manifiesta de forma escrita, bajo juramento, sobre actos o hechos de los cuales tiene certeza y/o conocimiento ante la autoridad Consular.
Se emite en Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.
Los beneficiarios de este trámite son personas jurídicas, públicas o privadas. En este caso el representante legal de una empresa o sociedad, deberá acudir a las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Declaración juramentada para personas jurídicas en el exterior.
"Para comprobar la veracidad del acto notarial, usted deberá ingresar a la página web: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec y digitar el CÓDIGO DE VERIFICACIÓN que le enviaron a su correo electrónico registrado; el mismo que permitirá el acceso a la información del documento digitalizado y firmado electrónicamente".
Canales de atención: Presencial.
Valor Regular: $60,00 USD valor no grava IVA.
De conformidad con la normativa ecuatoriana, las personas de la tercera edad (65 años en adelante), pagan el 50% del valor del trámite. Las personas con discapacidad (desde el 30%), tienen exención del 100% del valor del trámite, presentando el carné de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
Oficinas Consulares en el Exterior:
Consultar el horario de atención en la oficina consular.
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el exterior
| Indefinido o hasta el uso del documento. |
Contacto: Gestión Interna de Servicios Virtuales
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec
Teléfono: +593 2 3933520
La Ley Notarial permite que el notario reciba declaraciones bajo juramento, compruebe la identidad de las personas, reconozca firmas, certifique documentos y deje constancia legal de lo declarado. Estas actuaciones pueden utilizarse en distintos trámites, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para cada caso.
La Ley Orgánica de Movilidad Humana establece que las oficinas consulares del Ecuador deben proteger y asistir a las personas ecuatorianas en el exterior, brindar servicios consulares, informar de manera clara sobre los trámites, requisitos, costos y alcances de los servicios, y actuar especialmente en casos de vulnerabilidad. También les corresponde cumplir las funciones previstas en la ley, en los instrumentos internacionales y en las delegaciones que reciban.
La Ley Orgánica del Servicio Exterior faculta a los funcionarios consulares para intervenir en actos que deban producir efectos en el Ecuador. Entre sus atribuciones se incluyen las funciones notariales y de registro, los asuntos relacionados con sucesiones y testamentos, la recepción de declaraciones y otros actos administrativos o judiciales, así como la protección y asistencia a ciudadanos ecuatorianos en el exterior.
El Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana establece que las personas ecuatorianas y extranjeras pueden acceder a servicios consulares y de movilidad humana, sin importar su condición migratoria. En el exterior, estos servicios se prestan a través de las oficinas consulares y, en el Ecuador, mediante las direcciones zonales del Ministerio. Además, pueden brindarse por medios electrónicos y únicamente se cobrarán los valores establecidos en los aranceles vigentes.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 1 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 1 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 1 |
| 4 | 2026-04 | 0 | 2 |
| 5 | 2026-05 | 0 | 1 |
| 6 | 2026-06 | 0 | 0 |
| 7 | 2026-07 | 0 | 0 |
| 8 | 2025-01 | 0 | 0 |
| 9 | 2025-02 | 0 | 2 |
| 10 | 2025-03 | 0 | 1 |
| 11 | 2025-04 | 0 | 8 |
| 12 | 2025-05 | 0 | 5 |
| 13 | 2025-06 | 0 | 4 |
| 14 | 2025-07 | 0 | 0 |
| 15 | 2025-08 | 0 | 1 |
| 16 | 2025-09 | 0 | 1 |
| 17 | 2025-10 | 0 | 2 |
| 18 | 2025-11 | 0 | 0 |
| 19 | 2025-12 | 0 | 2 |
| 20 | 2024-01 | 0 | 0 |
| 21 | 2024-02 | 0 | 0 |
| 22 | 2024-03 | 0 | 0 |
| 23 | 2024-04 | 0 | 1 |
| 24 | 2024-05 | 0 | 0 |
| 25 | 2024-06 | 0 | 0 |
| 26 | 2024-07 | 0 | 1 |
| 27 | 2024-08 | 0 | 0 |
| 28 | 2024-09 | 0 | 1 |
| 29 | 2024-10 | 0 | 1 |
| 30 | 2024-11 | 0 | 1 |
| 31 | 2024-12 | 0 | 2 |
| 32 | 2023-07 | 0 | 0 |
| 33 | 2023-08 | 0 | 2 |
| 34 | 2023-09 | 0 | 1 |
| 35 | 2023-10 | 0 | 2 |
| 36 | 2023-11 | 0 | 0 |
| 37 | 2023-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/03/06