Celebración e inscripción de matrimonio en el exterior

Celebración de matrimonio:

Acto mediante el cual dos personas radicadas en el exterior, libre y voluntariamente manifiestan su voluntad de vivir juntos y auxiliarse mutuamente, en igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal, de conformidad a las leyes ecuatorianas.

Registro de matrimonio: 

Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) matrimonios celebrados ante autoridad extranjera, se efectúa con el propósito de que el registro surta efectos legales en el país donde se otorga el documento y en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está orientado a personas naturales ecuatorianas y/o extranjeras, residentes en el exterior, que libre y voluntariamente manifiestan su voluntad de unirse en vínculo matrimonial o registrar su matrimonio celebrado en el exterior.

Se realiza en las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro electrónico de inscripción o registro de matrimonio en el sistema de la DIGERCIC.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Celebración de Matrimonio:

  • Presencia de los contrayentes y de dos (2) testigos idóneos al momento de la celebración. 
  • Cédula de identidad física o digital/pasaporte nacional o extranjero de los contrayentes y testigos.

    REQUISITOS ADICIONALES (Según el caso): 

    Contrayentes extranjeros: 

  • Certificado de estado civil o su equivalente de él o los contrayentes extranjeros otorgado en la oficina consular a la que pertenece o de su país de origen, el cual debe estar apostillado o legalizado y traducido de ser el caso (Si la traducción se realiza en el exterior debe estar apostillada o legalizada, si la traducción se realiza en el Ecuador debe contar con el reconocimiento de firmas ante Notario Público).

    Contrayentes divorciado: 

  • Copia certificada de la sentencia de divorcio (ejecutoriada) o documento notarial de divorcio.
  • Se exceptúa la presentación de la copia certificada de la sentencia, en los siguientes casos:

    a. Cuando no haya hijos menores de edad y el divorcio se produjo hace más de un año a la fecha que desee contraer matrimonio.

    b. Cuando el divorcio se produjo hace más de 18 años.

    Contrayentes con hijos menores de edad bajo su tenencia: 

  • Se verificará la condición y dependiendo del caso se solicitará: 

    a. Curaduría especial. 

    b. Declaración juramentada de no poseer tenencia de hijos menores de edad (aplica únicamente para contrayentes solteros hombres). 

    c. Inventario solemne de bienes en caso de tener bienes para administrar del menor. 

    d. Información sumaria en caso de no tener bienes para administrar del menor. 

    En caso de ser solicitado por una tercera persona: 

    a. Poder especial para celebración de matrimonio. 

Registro de Matrimonio:

  • Copia del acta de inscripción de matrimonio certificada por el ente emisor del país de origen debidamente apostillado o legalizada y traducida al español de ser el caso.  (Si la traducción se realiza en el exterior debe estar apostillada o legalizada, si la traducción se realiza en el Ecuador  debe contar con el reconocimiento de firmas ante Notario Público).
  • Cédula de identidad física o digital / pasaporte nacional o extranjero de los contrayentes o solicitante.
  • Si uno de los contrayentes es extranjero deberá presentar:
    • Pasaporte vigente de la o el contrayente.
    • Documento de identidad vigente de la o el contrayente.
  • Poder especial en caso de ser realizado por un tercero

¿Cómo hago el trámite?

  • Solicitar un turno en la Oficina consular ecuatoriana más cercana al lugar de su residencia. Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  • Seleccionar día y hora para celebrar o registrar el matrimonio.
  • Acudir a la oficina consular.
  • Presentar la documentación habilitante.
  • Cancelación del valor acorde al Arancel Consular diplomático vigente.
  • Revisar, confirmar datos y firmar el acta de matrimonio de manera conjunta con los testigos, en caso de ser una celebración de matrimonio.
  • Si es un registro de matrimonio, la firma es solo del solicitante o contrayentes.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Celebración e inscripción de matrimonio en sede consular: USD 50,00 valor no grava IVA.
  • Celebración e inscripción de matrimonio fuera de la sede consular: USD 250,00 valor no grava IVA.
  • Registro de matrimonio: USD 50,00 valor no grava IVA. 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Exterior - Oficinas Consulares:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h30  

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinido o hasta su disolución

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Gestión Interna de Servicios Virtuales

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: +593 2 3933520

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 13 0
2 2026-02 21 0
3 2026-03 15 0
4 2026-04 30 0
5 2026-05 19 0
6 2026-06 16 0
7 2026-07 19 0
8 2025-01 26 0
9 2025-02 34 0
10 2025-03 15 0
11 2025-04 30 0
12 2025-05 17 0
13 2025-06 27 0
14 2025-07 35 0
15 2025-08 33 0
16 2025-09 19 0
17 2025-10 30 0
18 2025-11 11 0
19 2025-12 25 0
20 2024-03 19 0
21 2024-04 30 0
22 2024-05 28 0
23 2024-06 36 0
24 2024-07 28 0
25 2024-08 32 0
26 2024-09 31 0
27 2024-10 22 0
28 2024-11 21 0
29 2024-12 31 0

Fecha de última actualización: 2025/03/06

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