Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano para Refugiados/as

Consiste en la autorización que emite la autoridad de movilidad humana para que  las personas que fueron admitidos a trámites y quienes ostentan la condición de refugiado puedan ausentarse del territorio ecuatoriano con el fin de dirigirse a su país de origen, al país donde residía o a terceros países.  Dicha autorización establecerá el tiempo máximo permitido de ausencia.  El trámite se realiza a través de las Direcciones Zonales.

¿A quién está dirigido?

Son beneficiarios de este trámite las personas naturales y/o extranjeras que fueron admitidos a trámites y quienes ostentan la condición de refugiado, puedan ausentarse del territorio ecuatoriano con el fin de dirigirse a su país de origen.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Contar con un e-mail personal.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite se realiza en línea:

  1. Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página
  2. Llenar el formulario con los campos solicitados.

La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

 

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.  En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Tiempo de vigencia establecido por la autoridad competente

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Protección Internacional

Email: dpin@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 2993200 ext 12541-12542

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 12
2 2025-02 0 13
3 2025-03 0 16
4 2025-04 0 26
5 2025-05 0 27
6 2025-06 0 26
7 2025-07 0 29
8 2025-08 0 31
9 2025-09 0 46
10 2025-10 0 25
11 2025-11 0 14
12 2024-01 0 38
13 2024-02 0 28
14 2024-03 0 22
15 2024-04 0 8
16 2024-05 0 17
17 2024-06 0 19
18 2024-07 0 23
19 2024-08 0 15
20 2024-09 0 25
21 2024-10 0 11
22 2024-11 0 12
23 2024-12 0 38
24 2023-01 0 5
25 2023-02 0 5
26 2023-03 0 32
27 2023-04 0 10
28 2023-05 0 24
29 2023-06 0 14
30 2023-07 0 6
31 2023-08 0 32
32 2023-09 0 26
33 2023-10 0 36
34 2023-11 0 12
35 2023-12 0 29
36 2022-01 0 49
37 2022-02 0 11
38 2022-03 0 15
39 2022-04 0 16
40 2022-05 0 26
41 2022-06 0 7
42 2022-07 0 31
43 2022-08 0 26
44 2022-09 0 25
45 2022-10 0 21
46 2022-11 0 251
47 2022-12 0 28
48 2021-01 0 9
49 2021-02 0 3
50 2021-03 0 8
51 2021-04 0 7
52 2021-05 0 16
53 2021-06 0 16
54 2021-07 0 30
55 2021-08 0 77
56 2021-09 0 13
57 2021-10 0 14
58 2021-11 0 41
59 2021-12 0 40
60 2020-01 0 11
61 2020-02 0 19
62 2020-03 0 22
63 2020-04 0 0
64 2020-05 0 0
65 2020-06 0 0
66 2020-07 0 16
67 2020-08 0 3
68 2020-09 0 7
69 2020-11 0 3
70 2020-12 0 5
71 2019-01 0 6
72 2019-02 0 5
73 2019-03 0 0
74 2019-04 0 1
75 2019-05 0 0
76 2019-06 0 7
77 2019-07 0 1
78 2019-08 0 5
79 2019-09 0 4
80 2019-10 0 10
81 2019-11 0 10
82 2019-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/08/22

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