Canal electrónico para que los usuarios de los servicios postales informen sobre Denuncias, Quejas y Reclamos suscitados con los operadores postales a fin de garantizar la atención oportuna de las mismas.
Conforme los literales 12 y 17 del artículo 9 de la Ley General de los Servicios Postales y los artículos 87 y 91 del Reglamento de Títulos Habilitantes y de la Gestión del Sector Postal, presente su Reclamo por: la perdida avería o apertura violenta de un envío postal, retraso en el envío postal o incumplimiento de los tarifarios establecidos; y, la Denuncia por: No llegar a un acuerdo respecto al reclamo con el operador postal, dentro del plazo de 60 días desde la negativa de aceptación del reclamo.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Atención a la ciudadanía
Atención de denuncias, quejas y reclamos
N/A
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Trámite virtual disponible las 24 horas en la plataforma.
Contacto: Dirección de Supervisión y Evaluación de Empresas de Telecomunicaciones y Asuntos Postales
Email: control.postal@mintel.gob.ec
Teléfono: (593-2) 220-0200
Art. 9.- Atribuciones de la Agencia de Regulación y Control Postal. Son atribuciones de la Agencia de Regulación y Control Postal:
12. Asegurar la protección de los derechos de los usuarios en materia postal.
17. Conocer y resolver administrativamente los reclamos y denuncias que tengan relación con usuarios y operadores de los servicios postales.
Art. 86.- De la presentación de quejas. Los usuarios podrán presentar al operador postal en forma física o electrónica sus quejas, que deberán contener la siguiente información:
a. Fecha de presentación de la queja;
b. Identificación del usuario;
c. Dirección o correo electrónico; y,
d. Causal de la queja.
El operador postal, una vez recibida la queja, dará contestación dentro del término de quince (15) días posteriores de su presentación.
Art. 87.- De la presentación de reclamos. Los usuarios podrán presentar sus reclamos al operador postal en forma física o electrónica, dentro del término de diez (10) días posteriores al hecho suscitado. Los reclamos que deberán contener la siguiente información:
a. Fecha de presentación del reclamo;
b. Identificación del usuario;
c. Dirección o correo electrónico; y,
d. Causal del reclamo.
El operador postal, una vez recibido el reclamo, dará contestación dentro del término de treinta (30) días posteriores de su presentación.
Art. 91.- Denuncia ante el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. De no llegarse a un acuerdo respecto a una queja o reclamo, el usuario podrá presentar al MINTEL, a través del canal físico o electrónico que este designe para el efecto, la denuncia correspondiente. El usuario tendrá un plazo de sesenta días (60) días desde la negativa de aceptación de la queja o reclamo por parte del operador postal o desde el vencimiento del término otorgado al operador para contestar, para presentar la denuncia, que se tramitará conforme a lo dispuesto al Código Orgánico Administrativo y el presente Reglamento.
Fecha de última actualización: 2025/09/01