Importación

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) es un formulario en el que se registra la información general relativa a la mercancía que está siendo objeto de importación.

Para una importación se debe realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación a través de un agente de aduana, en donde debe constar la información de los pesos, puerto de destino y origen, flete y entre otros datos del documento de transporte.  
                                                      
La Declaración Aduanera de importación podrá ser presentada física o electrónicamente en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo.

¿A quién está dirigido?

El siguiente  trámite va dirigido específicamente a Personas naturales y personas jurídicas que estén registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN REGISTRADA CON ÉXITO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • Relación entre OCE y Agente de Aduana.
  • Transmisión del documento de transporte y su respectivo ingreso al lugar de almacenamiento habilitado. 
  • El OCE debe contar con las facturas comerciales y documentos de soporte o acompañamiento.
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

¿Cómo hago el trámite?

1. Registro como Operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass 
2. Obtener la asesoría y el servicio de un agente de aduana autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
3. Ingresar al sistema informático Ecuapass para registrar la solicitud de relación de OCE y agente de aduana, Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Formulario de solicitud de categoría > Despacho Aduanero > Adm. de relación de OCE y agente de aduana 
4. Con el documento de transporte, factura, documento de soporte y de acompañamiento, el agente de aduana debe ingresar al sistema informático Ecuapass para efectuar la transmisión de la declaración aduanera de importación,  Portal Externo> https://ecuapass.aduana.gob.ec > Trámites Operativos > Elaboración de E-doc. Operativo> Documento electrónicos > Despacho Aduanero > Importación > Declaración aduanera de Importación 
5. Con la transmisión de la declaración aduanera de importación se genera la liquidación dependiendo del régimen 
6. El importador procede con el pago de tributos al comercio exterior  
7. Con el pago de tributos el sistema asigna el canal de aforo y al funcionario a cargo de la revisión de la DAI                


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tiene costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la logística tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas, para lo cual debe acceder a la ruta: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 28684
2 2025-02 0 26797
3 2024-01 0 26516
4 2024-02 0 26398
5 2024-03 0 26960
6 2024-04 0 27262
7 2024-05 0 29247
8 2024-06 1 26886
9 2024-07 0 30582
10 2024-08 0 31008
11 2024-09 0 28284
12 2024-10 0 31976
13 2024-11 0 31276
14 2024-12 0 30452
15 2023-01 0 26178
16 2023-02 0 24789
17 2023-03 0 27807
18 2023-04 0 25670
19 2023-05 0 31500
20 2023-06 0 30148
21 2023-07 0 29859
22 2023-08 0 32563
23 2023-09 0 28877
24 2023-10 0 32299
25 2023-11 0 29466
26 2023-12 0 27611
27 2022-01 1 27739
28 2022-02 1 24098
29 2022-03 1 30402
30 2022-04 0 88392
31 2022-05 1 29207
32 2022-06 1 27848
33 2022-07 0 31000
34 2022-08 0 31107
35 2022-09 0 29962
36 2022-10 0 27983
37 2022-11 0 29926
38 2022-12 0 28330
39 2021-01 0 25645
40 2021-02 0 25459
41 2021-03 0 30099
42 2021-04 0 26508
43 2021-05 0 26557
44 2021-06 0 28311
45 2021-07 0 28036
46 2021-08 0 28496
47 2021-09 0 28468
48 2021-10 0 26898
49 2021-11 0 69158
50 2021-12 0 85889
51 2020-01 0 30345
52 2020-02 0 25139
53 2020-03 0 23461
54 2020-04 0 18061
55 2020-05 0 21598
56 2020-06 0 22950
57 2020-07 0 24016
58 2020-08 0 23661
59 2020-09 0 25259
60 2020-10 0 27179
61 2020-11 0 26481
62 2020-12 0 28367
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Fecha de última actualización: 2022/01/18

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