Es un servicio que está orientado a emitir documentos de identidad para personas extranjeras que residan legalmente en el Ecuador y requieran obtener la cédula de identidad.
Los beneficiarios serán las personas extranjeras que residen legalmente en el Ecuador, que precisen obtener su documento de identidad, y finalmente les permita realizar los diferentes trámites en entidades públicas y privadas.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Cédula de identidad
Requisitos Básicos
Requisitos Adicionales:
De acuerdo con la categoría de visa:
Nota Aclaratoria:
Requisitos Opcionales
Nota Aclaratoria:
1. Los datos de filiación de cónyuge o conviviente no son declarativos, deben demostrarse con partida integra, certificado de matrimonio o documento equivalente apostillado, legalizado o traducido de ser el caso.
2. Los usuarios que por razones religiosas no tengan descubierta su cabeza, deberán justificar mediante documentación pertinente (certificado) ser miembro de la religión que realiza dichas prácticas. de no tener descubierta la cabeza, en estos casos y bajo ningún concepto se puede faltar a la norma de mostrar el rostro completamente.
3. Si la traducción se realiza en el exterior se debe de igual forma apostillar o legalizar, y si la traducción es hecha en territorio ecuatoriano debe presentar el documento con reconocimiento de firma del traductor de una notaría. Para el registro de profesión, (Título universitario) se deberá registrar conforme los estudios de universidad o Instituto Técnico o Tecnológico Superior reconocido como tercer nivel por la SENESCYT.
4. Datos de filiación de padres no son declarativos, deben demostrarse con partida integra, certificado de nacimiento o documento equivalente apostillado, legalizado o traducido de ser el caso, de no presentarlo se colocarán los caracteres "XXXXX".
5. Datos de filiación de cónyuge o conviviente no son declarativos, deben demostrarse con partida integra, certificado de matrimonio o documento equivalente apostillado, legalizado o traducido de ser el caso, de no presentarlo se colocarán los caracteres "XXXXX".
PROCESO EN AGENCIA VIRTUAL (CÉDULA RENOVACIÓN EXTRANJERO)
PROCESO EN AGENCIA PRESENCIAL (CÉDULA PRIMERA VEZ EXTRANJEROS)
1. Solicitar el servicio a través del correo extranjeros@registrocivil.gob.ec en el que de detallará la fecha de emisión de la orden de cedulación, agencia para la atención, y contacto telefónico .
2. Una vez validado la información, se asignará el turno con la fecha y hora.
3. Cancelar el valor del trámite y solicitar un turno en el banco o punto de recaudación de la agencia.
3. Esperar su turno para el ingreso o validación de datos en el sistema, captura de huellas dactilares, toma de foto y captura de firma en el área de cedulación.
4. Esperar que lo llamen por su nombre y verificar su información impresa.
Nota Aclaratoria:
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Primera vez:
5,00 USD No grava IVA (efectivo)
Renovación:
16,00 No grava IVA (efectivo y tarjeta de crédito)
Carné CONADIS:
Sin costo (Aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más)
* Primera vez:
- Efectivo
* Renovación:
- Efectivo
- Tarjeta de Crédito
Nota Aclaratoria:
Horario de atención normal:
Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
1. El tiempo de vigencia del documento de identidad para extranjeros con residencia temporal es de 1 y 2 años, 18 y 6 meses.
2. El tiempo de vigencia del documento de identidad para extranjeros con residencia permanente es de 10 años.
Contacto: Dirección de Gestión del Cambio y Cultura Organizativa
Email: servicios@registrocivil.gob.ec
Teléfono: (02) 3731110 extensiones: 29504; 29478; 29490.
Asignación del número único de identificación en la inscripción de nacimiento.-
El número que haya sido asignado al momento de la inscripción de nacimiento será el mismo número de la cédula de identidad. El número de cédula es exclusivo y no podrá asignarse a otra persona.
Actualización de datos.-
Cuando se hayan generado cambios en los datos constantes en el Registro Personal Unico que se evidencien en la cédula de identidad, su titular tiene la obligación de actualizar y obtener un documento nuevo en el plazo de treinta días. En este caso, la falta de actualización y la obtención de la nueva cédula en el plazo establecido dará lugar a la multa equivalente al 1 por mil del salario básico unificado del trabajador en general por cada día de retraso, hasta un máximo de un salario básico unificado del trabajador en general.
Invalidez de la cédula de identidad.-
La cédula de identidad, según el caso, será inválida por una de las siguientes causas:
1. Por muerte de su titular debidamente inscrita en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
2. Por expiración del tiempo de vigencia del documento.
3. Por sentencia ejecutoriada emitida por autoridad competente.
4. Por error material evidente en su expedición debidamente señalado por autoridad administrativa o judicial competente.
5. Por haber sido expedida en contra de la Constitución de la República o la ley, debidamente señalado por autoridad administrativa o judicial competente.
6. Por orden de cancelación de visa. Los números de cédula de ciudadanía invalidados no podrán asignarse a otra persona.
Presentación de la cédula de identidad en sustitución de la partida de nacimiento.-
La cédula de identidad tendrá el mismo valor que la partida de nacimiento, y su sola presentación reemplazará a este documento. Las instituciones públicas o privadas que requieran de partidas de nacimiento están obligadas a aceptar la presentación o exhibición de la respectiva cédula de identidad en sustitución de la partida; con la sola excepción de las actuaciones judiciales y otras que forzosamente requieran de certificación o de copia autorizada de la partida de nacimiento.
Contenido.-
La cédula de identidad contendrá en su encabezamiento la leyenda: "República del Ecuador. Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación" y, al menos, los siguientes datos:
1. Especificación y número de cédula.
2. Código dactilar.
3. Nombres y apellidos del titular.
4. Lugar y Fecha de nacimiento.
5. Nacionalidad.
6. Sexo.
7. Estado Civil.
8. Nombres y apellidos del cónyuge o conviviente.
9. Lugar y fecha de expedición.
10. Fecha de expiración.
11. Fotografía del titular.
12. Firma del titular.
13. Firma de la autoridad competente.
14. Tipo de sangre.
15. Voluntad de donación.
16. Nombre de los padres.
17. Condición de discapacidad y porcentaje.
Obligación de obtener la cédula de identidad.-
Es obligatorio obtener la cédula de identidad para los ecuatorianos a partir de los 18 años de edad y para los ciudadanos extranjeros residentes en el Ecuador. La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación determinará las formas y formatos necesarios para la emisión de la cédula de identidad.
Reposición de la cédula de identidad.-
En caso de pérdida o sustracción de la cédula de identidad, se emitirá un duplicado por reposición del último documento emitido, de conformidad con el Reglamento de esta Ley.
Renovación de la cédula de identidad.-
Cuando haya fenecido la vigencia de la cédula de identidad, su titular, en el plazo de treinta días, deberá efectuar el proceso de renovación. Será requisito indispensable la entrega del anterior para su invalidación. Su dilación será sancionada con la multa equivalente al 1 por mil del salario básico unificado del trabajador en general por cada día de retraso, hasta un máximo de un salario básico unificado del trabajador en general. Los ecuatorianos en el exterior estarán exentos del pago de esta multa.
Tiempo de vigencia.-
La cédula de identidad tendrá el tiempo de vigencia de diez años contados a partir de su expedición.
Documento único.-
La cédula de identidad conferida por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, por su naturaleza, tendrá el carácter de única en el Ecuador con validez jurídica para todos los actos públicos y privados.
Definición.-
Es el documento público que tiene por objeto identificar a las personas ecuatorianas y las extranjeras que se encuentren en el Ecuador de conformidad a la ley de la materia.
Atribuciones de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.-
La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación tendrá las siguientes atribuciones:
2. Identificar a las personas ecuatorianas y a las extranjeras en territorio ecuatoriano.
3. Emitir la Cédula de Identidad.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 11141 |
2 | 2024-02 | 0 | 4981 |
3 | 2024-03 | 0 | 12484 |
4 | 2024-04 | 0 | 15308 |
5 | 2024-05 | 0 | 61692 |
6 | 2024-06 | 0 | 4151 |
7 | 2024-07 | 0 | 4113 |
8 | 2024-08 | 2 | 3739 |
9 | 2024-09 | 0 | 3835 |
10 | 2024-10 | 0 | 4487 |
11 | 2024-11 | 0 | 6046 |
12 | 2023-01 | 0 | 9688 |
13 | 2023-02 | 0 | 3505 |
14 | 2023-03 | 0 | 3036 |
15 | 2023-04 | 0 | 3452 |
16 | 2023-05 | 0 | 5591 |
17 | 2023-06 | 0 | 5878 |
18 | 2023-07 | 0 | 7342 |
19 | 2023-08 | 0 | 9594 |
20 | 2023-09 | 0 | 4867 |
21 | 2023-10 | 0 | 5450 |
22 | 2023-11 | 0 | 4097 |
23 | 2023-12 | 0 | 4679 |
24 | 2022-01 | 0 | 3654 |
25 | 2022-02 | 0 | 3184 |
26 | 2022-03 | 0 | 2909 |
27 | 2022-04 | 0 | 2533 |
28 | 2022-05 | 0 | 3177 |
29 | 2022-06 | 0 | 4112 |
30 | 2022-07 | 0 | 6156 |
31 | 2022-08 | 0 | 6064 |
32 | 2022-09 | 0 | 6895 |
33 | 2022-10 | 0 | 6388 |
34 | 2022-11 | 0 | 6168 |
35 | 2022-12 | 0 | 5653 |
36 | 2021-05 | 0 | 3325 |
37 | 2021-06 | 0 | 4799 |
38 | 2021-07 | 0 | 5723 |
39 | 2021-08 | 24 | 5752 |
40 | 2021-09 | 0 | 5744 |
41 | 2021-10 | 0 | 4681 |
42 | 2021-11 | 0 | 4439 |
43 | 2021-12 | 0 | 4643 |
Fecha de última actualización: 2025/01/14