Devolución por Convenios para Evitar Doble Imposición persona jurídica

Devolución por Convenios para Evitar Doble Imposición persona jurídica

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas jurídicas no residentes, solicitar la devolución en la aplicación de convenios de doble imposición y posterior devolución de los valores correspondientes (de ser el caso) mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas jurídicas (privadas) no residentes que desean solicitar la devolución en aplicación de convenios para evitar doble imposición.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Carta de solicitud o petición
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Certificado de residencia fiscal
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital

Requisitos (alternativos), suplen los requisitos básicos:

  • Pasaporte ordinario

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Escrito que contendrá lo indicado en el artículo 119 del Código Tributario
  • Acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar la solicitud, adjuntando los requisitos señalados mediante resolución NAC-DGERCGC19-00000026 publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial 506 de fecha 11 de junio del 2019 en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario, emitirá un requerimiento de información para completar la documentación presentada.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución con los valores reconocidos u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 4
2 2024-02 0 3
3 2024-03 0 2
4 2023-01 0 16
5 2023-02 0 10
6 2023-03 0 18
7 2023-04 0 12
8 2023-05 0 14
9 2023-06 0 12
10 2023-07 0 9
11 2023-08 0 7
12 2023-09 0 14
13 2023-10 0 6
14 2023-11 0 2
15 2023-12 0 7
16 2022-01 0 11
17 2022-02 0 16
18 2022-03 0 19
19 2022-04 0 13
20 2022-05 0 12
21 2022-06 0 16
22 2022-07 0 36
23 2022-08 0 34
24 2022-09 0 20
25 2022-10 0 17
26 2022-11 0 17
27 2022-12 0 9
28 2021-01 0 18
29 2021-02 0 16
30 2021-03 0 22
31 2021-04 0 17
32 2021-05 0 11
33 2021-06 0 22
34 2021-07 0 24
35 2021-08 0 22
36 2021-09 0 16
37 2021-10 0 30
38 2021-11 0 7
39 2021-12 0 9
40 2020-01 0 14
41 2020-02 0 9
42 2020-03 0 3
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 3
46 2020-07 0 20
47 2020-08 0 16
48 2020-09 0 14
49 2020-10 0 27
50 2020-11 0 23
51 2020-12 0 26
52 2019-01 0 27
53 2019-02 0 29
54 2019-03 0 19
55 2019-04 0 20
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 18
58 2019-07 0 24
59 2019-08 0 10
60 2019-09 0 10
61 2019-10 0 23
62 2019-11 0 19
63 2019-12 0 20
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Fecha de última actualización: 2022/12/12