Consiste en realizar correcciones a todos los campos de los documentos de transporte sin que constituya falta reglamentaria, siempre que dichos cambios se realicen hasta antes del tiempo máximo exigido para la transmisión del manifiesto de carga. También se entiende por correcciones a la adición de documentos de transporte fuera del tiempo máximo exigido para la transmisión del manifiesto de carga.
¿A quién está dirigido?
Los Operadores de Comercio Exterior (OCE) entre los que se encuentran:
- Líneas Navieras
- Aerolíneas
- Consolidadoras de Carga
- Couriers
- Transportista Terrestre
Que deseen realizar correcciones a los manifiestos
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Aprobación de la Solicitud de corrección de manifiestos de importación
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
Requisitos comunes:
- Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass
En caso de Corrección de manifiesto de importación marítimo y aéreo.
- Documento de transporte previamente transmitido.
- Manifiesto de carga previamente transmitido.
- Obtener el número de carga.
- Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo – CDT
Requisitos Especiales:
En el caso Corrección de Manifiesto de Carga Internacional (Medio terrestre)
- Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC) previamente transmitida.
- Manifiesto de Carga Internacional (MCI) previamente transmitido, el cual representa al Manifiesto Terrestre (MTI).
- Obtener el número de carga.
- Solicitud de Corrección de Manifiesto de Carga Internacional – CMCI
Formatos y anexos
-
Manifiesto Marítimo MIM
El llenado de la solicitud se la realiza a través del sistema informático aduanero Ecuapass
¿Cómo hago el trámite?
Modificaciones previo al registro de informe de llegada del medio de transporte marítimo y aéreo
- Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos electrónicos > Cargas>Manifiesto Marítimo MIM.
- Traer la información enviada previamente que desea modificar.
- Modificar el o los campos y dar clic en el botón “Modificar”.
- Transmitir el documento modificado.
- Ingresar al sistema informático Ecuapass en la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.8 Integración de estados del trámite.
- Ingresar el número de entrega en el campo “Numero de entrega” y dar clic en el botón “Consultar” si el trámite fue o no aceptado
Correcciones/eliminaciones previo y posterior a la transmisión de la DAI para los distritos Marítimos y Aéreos
- Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos electrónicos > Cargas> Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo CDT.
- Elegir el tipo de corrección
- Ingresar el número de carga
- Corregir/eliminar la información
- Adjuntar documentos que justifiquen la corrección/eliminación.
- Transmitir el documento corregido/eliminado.
- Ingresar al sistema informático Ecuapass en la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.8 Integración de estados del trámite.
- Ingresar el número de entrega en el campo “Numero de entrega” y dar clic en el botón “Consultar” si el trámite fue o no aceptado
Adiciones de documentos de transportes hijos por inconsistencias entre los masters e hijos para los distritos Marítimos y Aéreos
- Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos electrónicos > Cargas> Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo CDT.
- Elegir “Adicion de Documento de Transporte Hijo”
- Ingresar el número de carga
- Ingresar información
- Transmitir el documento a ser adicionado.
- Ingresar al sistema informático Ecuapass en la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.8 Integración de estados del trámite.
- Ingresar el número de entrega en el campo “Numero de entrega” y dar clic en el botón “Consultar” si el trámite fue o no aceptado.
Correcciones posterior al Registro de Informe de Llegada y previo a la transmisión de la DAI para los distritos Terrestres
- Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos electrónicos > Cargas> Solicitud de corrección de manifiesto terrestre – CMCI.
- Seleccionar en el campo “Tipo de Procedimiento”, TERRESTRE (IMPORTACION) o TERRESTRE (TRANSITO ADUANERO COMUNITARIO)
- Seleccionar el tipo de corrección
- Ingresar el número de entrega
- Ingresar el número del documento (CPIC, MTI o DTAI)
- Seleccionar el distrito por donde llego el medio de transporte
- Ingresar el motivo de la corrección
- Seleccionar la justificación de la corrección
- Corregir la información
- Adjuntar documentos que justifiquen la corrección.
- Transmitir el documento corregido.
- Ingresar al sistema informático Ecuapass en la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.8 Integración de estados del trámite.
- Ingresar el número de entrega en el campo “Numero de entrega” y dar clic en el botón “Consultar” para confirmar si el trámite fue o no aceptado.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo; sin embargo podrían generarse multas por faltas reglamentarias en el caso de que no se cumplan las condiciones y plazos para realizar correcciones en los manifiestos, conforme lo establece el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones en su artículo 193 y 194.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas los siete días de la semana a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
-
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES COPCI 2024 - Art(s). TODO
Art. 1.- Ámbito.- Se rigen por la presente normativa todas las personas naturales y jurídicas y demás formas asociativas que desarrollen una actividad productiva, en cualquier parte del territorio nacional. El ámbito de esta normativa abarcará en su aplicación el proceso productivo en su conjunto, desde el aprovechamiento de los factores de producción, la transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo, el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas que desincentiven las externalidades negativas. Así también impulsará toda la actividad productiva a nivel nacional, en todos sus niveles de desarrollo y a los actores de la economía popular y solidaria; así como la producción de bienes y servicios realizada por las diversas formas de organización de la producción en la economía, reconocidas en la Constitución de la República. De igual manera, se regirá por los principios que permitan una articulación internacional estratégica, a través de la política comercial, incluyendo sus instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan el comercio exterior, a través de un régimen aduanero moderno transparente y eficiente.
-
REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES 2024 - Art(s). TODO
Art. 1.- Ámbito de Aplicación.- Las normas del presente reglamento y las demás que expidiere el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se aplicarán en todo el territorio aduanero ecuatoriano.
Art. 2.- Definiciones.- Para efecto de la aplicación del Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y este reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a) Autoridad Aduanera.- Órgano de la administración pública competente, facilitadora del comercio exterior, para aplicar la legislación aduanera y sus normas complementarias y supletorias, determinador y recaudador de los tributos al comercio exterior y cualquier otro recargo legítimamente establecido para las operaciones de comercio exterior, que ejerce el control y la potestad aduanera, y que presta por sí mismo o mediante concesión los servicios aduaneros contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (...)
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0087-RE REGULACIÓN DEL LITERAL C DEL ARTÍCULO 31 DEL REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0271-RE SENAE-GOE-2-3-004-V1 GUÍA DE OPERADORES DEL COMERCIO EXTERIOR PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN MARÍTIMO MIM Y CORRECCIONES - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0276-RE SENAE-GOE-2-3-005-V1 GUÍA DE OPERADORES DEL COMERCIO EXTERIOR PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN AÉREO MIA Y CORRECCIONES - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0277-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-005-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA MIM MANIFIESTO MARÍTIMO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0280-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-008-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CPIC CARTA DE PORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0280-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-013-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA NRM NOTIFICACIÓN DE REVISIÓN DE MANIFIESTO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0280-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-015-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CMTI SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE MANIFIESTO TERRESTRE - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0280-R EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-012-V1 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA NRCI NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE CORRECCIÓN IMPORTACIÓN - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0309-RE EXPEDIR SENAE-GOE-2-3-008-V1 GUÍA DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR PARA LA GESTIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA QUE AMPARA DOCUMENTOS DE TRANSPORTE COLOADED - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0445-RE EXPEDIR-SENAE-GOE-2-3-001-V1 GUÍA DE OPERADORES DEL COMERCIO EXTERIOR PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA INTERNACIONAL CARTA DE PORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA Y CORRECCIONES - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0474-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2013-0087-RE REGULACIÓN DEL LITERAL C DEL ARTÍCULO 31 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN COMERCIO E INVERSIONES - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0034-RE EXPEDIR SENAE-MEE-2-2-023-V1 MANUAL ESPECÍFICO PARA LAS MERCANCÍAS QUE INGRESAN POR LA ZONA DE ARRIBO INTERNACIONAL FRONTERIZA TERRESTRE - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0422-RE CONSIDERACIONES PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN MARÍTIMO - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0458-RE EXPEDIR SENAE-ISEE-2-3-007-V2 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DE LA SOLICITUD DE CORRECCION DE MANIFIESTO MARÍTIMO Y AÉREO - CDT - Art(s). TODO
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Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0757-RE SENAE-ISEE-2-3-034-V2 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA CONSULTA DEL ESTADO ACTUAL DE PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE TRANSPORTE HIJO DEL MANIFIESTO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0766-RE SENAE-ISEE-2-3-083-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA LA CONSULTA DEL ESTADO ACTUAL DE PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE TRANSPORTE MÁSTER O HIJO DEL MANIFIESTO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0276-RE CONSIDERACIONES RELATIVAS PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE MERCANCÍAS QUE INGRESAN O SALEN DEL TERRITORIO ECUATORIANO POR VÍA FLUVIAL - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0059-RE SENAE-ISEE-2-3-011-V2 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DEL MANIFIESTO TERRESTRE - MTI - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0076-RE SENAE-ISEE-2-3-006-V2 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DEL MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN AÉREO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0015-RE SENAE-ISEE-2-3-033-V3 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA ESTADO ACTUAL DE PRESENTACIÓN DEL MANIFIESTO - Art(s). TODO
-
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0046-RE SENAE-ISEE-2-3-005-V2 INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA MANIFIESTO MARÍTIMO - Art(s). TODO
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2025-01 |
2 |
34165 |
2 |
2025-02 |
1 |
31920 |
3 |
2025-04 |
2 |
39863 |
4 |
2025-05 |
0 |
39896 |
5 |
2025-06 |
7 |
52792 |
6 |
2025-07 |
3 |
6104 |
7 |
2024-01 |
3 |
27374 |
8 |
2024-02 |
2 |
32837 |
9 |
2024-03 |
0 |
20322 |
10 |
2024-04 |
0 |
29426 |
11 |
2024-05 |
0 |
46275 |
12 |
2024-06 |
0 |
27734 |
13 |
2024-07 |
0 |
33753 |
14 |
2024-08 |
0 |
56228 |
15 |
2024-09 |
0 |
65929 |
16 |
2024-10 |
6 |
119369 |
17 |
2024-11 |
4 |
69952 |
18 |
2023-01 |
0 |
20054 |
19 |
2023-02 |
0 |
11233 |
20 |
2023-04 |
0 |
14476 |
21 |
2023-05 |
0 |
31045 |
22 |
2023-06 |
0 |
18455 |
23 |
2023-07 |
0 |
23584 |
24 |
2023-08 |
0 |
32071 |
25 |
2023-09 |
0 |
16584 |
26 |
2023-10 |
0 |
23831 |
27 |
2023-11 |
0 |
66193 |
28 |
2023-12 |
4 |
62359 |
29 |
2022-01 |
0 |
15614 |
30 |
2022-02 |
0 |
4077 |
31 |
2022-03 |
0 |
19214 |
32 |
2022-04 |
0 |
2234 |
33 |
2022-05 |
0 |
2567 |
34 |
2022-06 |
0 |
2186 |
35 |
2022-07 |
0 |
2569 |
36 |
2022-08 |
0 |
3397 |
37 |
2022-09 |
0 |
3439 |
38 |
2022-10 |
1 |
3620 |
39 |
2022-11 |
0 |
4046 |
40 |
2022-12 |
1 |
32524 |
41 |
2021-01 |
0 |
2138 |
42 |
2021-02 |
0 |
1535 |
43 |
2021-03 |
0 |
1491 |
44 |
2021-04 |
0 |
1512 |
45 |
2021-05 |
0 |
2795 |
46 |
2021-06 |
0 |
2913 |
47 |
2021-07 |
0 |
1792 |
48 |
2021-08 |
0 |
1920 |
49 |
2021-09 |
0 |
1970 |
50 |
2021-10 |
0 |
1786 |
51 |
2021-11 |
1 |
2671 |
52 |
2021-12 |
0 |
5017 |
53 |
2020-01 |
0 |
5107 |
54 |
2020-02 |
3 |
5290 |
55 |
2020-03 |
2 |
5268 |
56 |
2020-04 |
1 |
2218 |
57 |
2020-05 |
3 |
7452 |
58 |
2020-06 |
3 |
14483 |
59 |
2020-07 |
2 |
12715 |
60 |
2020-08 |
1 |
15332 |
61 |
2020-09 |
2 |
17317 |
62 |
2020-10 |
5 |
19658 |
63 |
2020-11 |
4 |
24929 |
64 |
2020-12 |
2 |
3294 |
65 |
2014-12 |
3 |
123391 |
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Fecha de última actualización: 2024/06/06