Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0236-RE REFORMAR LA RESOLUCIÓN Nro. SENAE-DGN-2015-0641-RE REGULACIONES PARA ENVÍOS AL EXTERIOR MERCANCÍAS CON SIN FINALIDAD COMERCIAL, BAJO REGÍMENES DE EXCEPCIÓN TRÁFICO POSTAL Y MENSAJERÍA ACELERADA O COURIER

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2027-03-27

Fecha de publicación: 2018-11-27

Número de registro: EDICION ESPECIAL 645

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

Artículo 1: Añádase después del numeral 6 del artículo 2 lo siguiente: “7. Estado Regularizada.- Es el estado de la DAS mediante el cual se da por culminado el proceso de exportación de las mercancías con finalidad comercial, cumpliendo con las formalidades aduaneras correspondientes.”.

Artículo 2: Agréguese después del artículo 14 lo siguiente: 

“CAPÍTULO VI REGULARIZACIÓN DE LA DAS BAJO LOS REGÍMENES DE EXCEPCIÓN DE “TRÁFICO POSTAL” Y “MENSAJERÍA ACELERADA O COURIER”

“Artículo 15.- De las Correcciones a la DAS: El exportador a través del declarante podrá realizar correcciones a la DAS, luego de la salida del medio de transporte (...)"

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