Reglamento del Registro Nacional de Equipos y Maquinaria

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2012-02-16

Fecha de publicación: 2012-02-16

Número de registro: 642

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Acuerdo ministerial

Acuerdo Interministerial No. 079, publicado en el Registro Oficial 642, de fecha 16 de febrero del 2012.

Inscripción y Matriculación

Se inscribirán y matricularan obligatoriamente en el Registro Nacional de Equipos y Maquinarias del MTOP por intermedio de las Direcciones Provinciales en cada jurisdicción, todos los equipos camineros y maquinaria pesada, utilizados en la construcción de obras de ingeniería civil; para lo cual se utilizaran los respectivos formularios elaborados para el efecto, en los que se harán constar los datos personales del propietario como nombre, razón social cuando se refiera a personas jurídicas, domicilio, correo electrónico, cédula de ciudadanía en tratándose de personas naturales, teléfono , RUC , etc; y, las características básicas de la maquinaria o equipo atinentes a la marca, modelo, número de serie, motor año de fabricación, potencia, color y más especificaciones o detalles que se consideren necesarios tanto para la inscripción cuanto para la matriculación.

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