Fecha de suscripción: 2012-02-28
Fecha de publicación: 2012-04-17
Número de registro: R.O. 684
Tipo de regulación: Ordenanza municipal
Pagarán el Impuesto a las utilidades que provengan de la transferencia de bienes inmuebles urbanos en el cantón Ambato. Se consideran predios urbanos a los que el Plan de Ordenamiento Territorial los ubique dentro de las zonas definidas como urbanas, tanto de la cabecera cantonal como en el área urbana de las parroquias rurales.