Ley de Creación del Terminal Petrolero de Balao

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 1972-08-16

Fecha de publicación: 1972-08-24

Número de registro: R.O. 129

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Ley orgánica

Para la exportación de petróleo, créase el Terminal Petrolero de
Balao como una Dependencia de la Dirección de la Marina Mercante y del
Litoral, en la jurisdicción terrestre y marítima cuyas coordenadas geográficas
se determinarán por la Comandancia General de Marina en el plazo de 60 días
a partir de la expedición del presente Decreto, área esta que estará expresamente
excluida de la jurisdicción tanto de la Capitanía del Puerto como de la
Autoridad Portuaria de Esmeraldas.

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