Resolución de reclamación colectiva presentada por instituciones privadas por la falta de negociación del contrato colectivo

Reclamación colectiva

Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo (MT)

El Ministerio del Trabajo a través de sus oficinas técnicas a nivel nacional recepta  la sentencia de reclamación colectiva presentada por la asociación representativa de trabajadores de la institucion privada donde el Tribunal de Conciliación y Arbitraje resuelve sobre los puntos no acordados en la negociación del contrato colectivo.

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica que tiene derecho a percibir servicios públicos amparados bajo la Constitución de la República del Ecuador, los cuales para el siguiente trámite son:

  • Trabajadores bajo Código del Trabajo y que sean parte de una organiación laboral en una empresa privada

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Sentencia en referencia a la reclamación del contrato colectivo para instituciones privadas por falta de negociación del contrato colectivo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Oficio de solicitud dirigida al Director Regional de Trabajo y Servicio Público y debe contener: - Designación de la autoridad ante quién se propone la reclamación; - Nombres y apellidos de los reclamantes, quienes justificarán su calidad con las respectivas credenciales; - Nombre y designación del requerido, con indicación del lugar en donde será notificado; - Los fundamentos de hecho y de derecho de la reclamación, señalando con precisión los puntos, artículos o cláusulas materia del contrato en negociación, con determinación de aquellos sobre los que existió acuerdo y los que no han sido convenidos; - La designación y aceptación de los vocales principales y suplentes que integrarán el Tribunal de Conciliación y Arbitraje; y, - Domicilio legal para las notificaciones que correspondan a los comparecientes y a los vocales designados.

2. Cédula de identidad y/o ciudadanía

3. Contestación a la reclamación Deberá contener según lo establecido Art. 228 del Código del Trabajo: - Designación de la autoridad ante quien comparece - Pronunciamiento expreso sobre las pretensiones del reclamante con indicación categórica de lo que admite o niega - Todas las excepciones que se deduzcan contra las pretensiones del reclamante - Designación y aceptación de los vocales principales o suplentes que integran el Tribunal de Conciliación y Arbitraje - Domicilio legal para las notificaciones que correspondan al compareciente y a los vocales designados.

¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámite presencial en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Presentar los requisitos del trámite en las ventanillas del Ministerio del Trabajo a nivel nacional y receptar el documento de respaldo del ingreso.
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

Para realizar el trámite en línea en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Llenar el formulario del ítem "Ir a trámite en línea"
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para cualquier consulta puede hacerlo de lunes a viernes de 08h00 a 16h45 en las oficinas de todo el país.

Reclamación colectiva

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Depende del tiempo negociado entre las partes

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Atención al Usuario

Email: informacion@trabajo.gob.ec

Teléfono: 1800266822

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 4
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 4
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 2
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 1
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 3
37 2021-10 0 2
38 2021-11 0 1
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 1
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 1
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-07 0 0
46 2020-08 0 0
47 2020-09 0 2
48 2020-10 0 8
49 2020-11 0 0
50 2020-12 0 0
51 2019-01 0 1
52 2019-02 0 3
53 2019-03 0 26
54 2019-04 0 3
55 2019-05 0 1
56 2019-06 0 1
57 2019-07 0 5
58 2019-08 0 4
59 2019-09 0 1
60 2019-10 0 0
61 2019-11 0 0
62 2019-12 0 1
63 2017-12 4 26
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Fecha de última actualización: 2021/08/13