Aprobación de disolución voluntaria de personería jurídica de organizaciones artesanales

Organizaciones artesanales

Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo (MT)

Trámite orientado a aprobar la disolución voluntaria de las organizaciones artesanales jurídicamente reconocidas Disolución Voluntaria.- La disolución de las organizaciones artesanales procederá por decisión voluntaria de las dos terceras partes de sus socios activos, para obtener su probación, dentro del plazo de 90 días posteriores a la fecha de resolución de la Asamblea General.

 

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica que desee acceder al trámite de disolución voluntaria de las organizaciones artesanales:

Organizaciones simples: Son aquellas constituidas por personas naturales cuyo número de integrantes no sea inferior a quince (15) personas y que su ámbito no exceda del territorio de la provincia en la que desarrollan sus actividades y pueden ser:

a) Gremios: Organizaciones artesanales conformadas por maestros de taller de una misma rama de  trabajo artesanal, de acuerdo al Reglamento de Calificaciones  y  Ramas de Trabajo Artesanal; y,

 b) Asociaciones interprofesionales: Organizaciones artesanales conformadas por maestros de taller y operarios que representen al menos seis (6) ramas de trabajo artesanal distintas, de acuerdo al Reglamento de Calificaciones y Ramas de Trabajo Artesanal.

Organizaciones compuestas: son aquellas conformadas por personas jurídicas y se clasifican en:

a) Federaciones provinciales: Son las organizaciones artesanales conformadas por seis (6) o más gremios, asociaciones interprofesionales y/o federaciones cantonales de una misma provincia.

 b)  Federaciones nacionales: Son las organizaciones artesanales conformadas por seis (6) o más gremios, asociaciones interprofesionales o seis (6) o más Federaciones Provinciales de distintas provincias; y,

 c) Confederación nacional: Son las organizaciones artesanales integradas por doce (12) Federaciones Provinciales y/o Federaciones Nacionales.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio de aprobación de disolución o liquidación de organizaciones artesanales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

1. Registrar el número de cédula para completar campos de validación en el formulario.

2. Acta de Asamblea general de socios: Acta certificada de Asamblea General de disolución, señalando: nombre de la organización, voluntad expresa de disolverse; provincia, cantón, parroquia; apellidos y nombres o razón social de los miembros activos, firmas, número de cédula de ciudadanía o R.U.C; nombres y apellidos completos del miembro responsable de la liquidación de la organización (formato pdf).

3. Informe del liquidador sobre activos y pasivos de la organización: Informe del liquidador sobre activos y pasivos de la organización artesanal, debidamente certificada por el secretario de la organización

4. Último Registro de Directiva vigente (formato pdf)

5. Estatuto vigente

Requisitos para realizar el trámite presencial:

1. Solicitud de disolución de las organizaciones artesanales dirigida a la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral (Formatos y Anexos)

2. Acta de Asamblea general de socios: Acta certificada de Asamblea General de disolución, señalando: nombre de la organización, voluntad expresa de disolverse; provincia, cantón, parroquia; apellidos y nombres o razón social de los miembros activos, firmas, número de cédula de ciudadanía o R.U.C; nombres y apellidos completos del miembro responsable de la liquidación de la organización (CD formato pdf).

3. Informe del liquidador sobre activos y pasivos de la organización: Informe del liquidador sobre activos y pasivos de la organización artesanal, debidamente certificada por el secretario de la organización. (CD formato pdf).

4. Último Registro de Directiva vigente (CD formato pdf).

5. Estatuto vigente (CD formato pdf).

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámite en línea en el Ministerio del Trabajo, el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

1. Llenar el formulario del item Ir a trámite en línea.

2. Anexar al formulario todos los requisitos.

3. Recibir respuesta en el transcurso de 10 días laborales en caso de presentar observaciones;y, 30 días laborables para el caso de aprobación, por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

Para realizar el trámite presencial en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

1. Llenar el formulario de aprobación de disolución voluntaria de las organizaciones artesanales dirigida a la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral.

2. Presentar el formulario acompañando en CD los requisitos en el formato establecido anteriormente, en las ventanillas de recepción de documentos de las dependencias del Ministerio del Trabajo

3. Recibir respuesta en el transcurso de 10 días laborales en caso de presentar observaciones;y, 30 días laborables para el caso de aprobación, por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.


Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a viernes de 08h00 a 16h45 en las oficinas de todo el país.

Horarios

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Contacto Ciudadano

Email: informacion@trabajo.gob.ec

Teléfono: 1800266822

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 2
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 2
5 2023-02 0 1
6 2023-03 0 3
7 2023-04 0 1
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 1
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 2
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2022-01 0 3
16 2022-02 0 0
17 2022-03 0 5
18 2022-04 0 0
19 2022-05 0 2
20 2022-06 0 2
21 2022-07 0 2
22 2022-08 0 0
23 2022-09 0 0
24 2022-10 0 0
25 2022-11 0 1
26 2022-12 0 0
27 2021-01 0 0
28 2021-02 0 0
29 2021-03 0 0
30 2021-04 0 1
31 2021-05 0 2
32 2021-06 0 1
33 2021-07 0 0
34 2021-08 0 1
35 2021-09 0 2
36 2021-10 0 2
37 2021-11 0 0
38 2021-12 0 2
39 2020-01 0 0
40 2020-02 0 1
41 2020-03 0 1
42 2020-04 0 0
43 2020-06 0 0
44 2020-07 0 0
45 2020-08 0 0
46 2020-09 0 0
47 2020-10 0 2
48 2020-11 0 0
49 2020-12 0 0
50 2019-01 0 2
51 2019-02 0 0
52 2019-03 0 0
53 2019-04 0 1
54 2019-05 0 1
55 2019-06 0 0
56 2019-07 0 0
57 2019-08 0 2
58 2019-09 0 0
59 2019-10 0 0
60 2019-11 0 0
61 2019-12 0 0
62 2017-12 6 2
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/05/20