Gestión de protección a ecuatorianos en el exterior por repatriación de cadáveres o traslado de restos mortales :: MREMH-023-11-03

Gestión de protección a ecuatorianos en el exterior por repatriación de cadáveres o traslado de restos mortales

El Ministerio de Relaciones Exterior y Movilidad Humana, a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior, en coordinación con las Direcciones Zonales a nivel nacional, brinda acompañamiento y asistencia a los familiares que requieran apoyo para el traslado hacia el Ecuador de cadáveres o restos mortales de ciudadanos ecuatorianos fallecidos en el exterior.

¿A quién está dirigido?

A los familiares de ciudadanos ecuatorianos fallecidos en el exterior que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y social, y que requieran el apoyo del Estado ecuatoriano para la repatriación del cadáver o de restos mortales, previa declaratoria de vulnerabilidad que permita determinar la falta de recursos económicos suficientes de quien solicita este servicio. 

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Evaluación del caso y, de ser procedente conforme a la normativa vigente y al análisis socioeconómico, apoyo del Estado ecuatoriano para la repatriación del cadáver o el traslado de los restos mortales hacia el Ecuador.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Para la evaluación y gestión del caso, deberá contar con:

  • Datos completos del ciudadano ecuatoriano fallecido.

  • Documento que certifique el fallecimiento emitido por la autoridad competente del país donde ocurrió (si lo tuviere).

  • Documento de identidad del familiar solicitante.

  • Información que permita determinar la situación de vulnerabilidad económica.

  • Declaración juramentada de no contar con los recursos económicos suficientes para cubrir los gastos de la repatriación.

La autoridad consular o la Dirección Zonal podrá solicitar información adicional de ser necesario para la correcta evaluación del caso.

Requisitos Especiales:

  • Documento de identidad del solicitante y del ecuatoriano fallecido (original o copia de cédula o pasaporte).
  • Declaración juramentada que acredite la falta de recursos económicos para la repatriación o traslado.
  • Documento que certifique la muerte, según el país de fallecimiento (si está disponible):
    • Certificado médico de defunción.
    • Informe de autopsia (si hubo investigación).
    • Parte o informe policial (en caso de muerte violenta).

¿Cómo hago el trámite?

  • Presentar una solicitud escrita dirigida al Consulado del Ecuador o a la Dirección Zonal correspondiente.

  • Remitir la solicitud y la documentación de respaldo por correo electrónico o entregarla de manera presencial.

  • También puede comunicarse telefónicamente para recibir orientación inicial.

Una vez recibida la solicitud, el personal consular o de la Dirección Zonal revisará la documentación, realizará la evaluación correspondiente y brindará acompañamiento durante todo el proceso.


Canales de atención: Correo electrónico, Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Contacto para atención ciudadana 

Contacto: Direcciones Zonales en el Ecuador y Consulados en el Exterior .

Nota: Ingrese al enlace y remita su comunicación a la Dirección Zonal más cercana a su domicilio.

 

Nota: Ingrese al enlace y remita su comunicación al Consulado más cercano a su domicilio.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

30 días, excepto los casos en los que la normativa o procesos administrativos o judiciales del país en el que falleció la persona ecuatoriana impidan el cumplimiento del mencionado término.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Protección a Ecuatorianos en el Exterior

Email: dapee@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02 2993200 ext 16081

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 11
2 2026-02 0 8
3 2026-03 0 7
4 2026-04 0 7
5 2026-05 0 11
6 2026-06 0 11
7 2026-07 0 5
8 2025-01 0 18
9 2025-02 0 11
10 2025-03 0 13
11 2025-04 0 7
12 2025-05 0 8
13 2025-06 0 17
14 2025-07 0 9
15 2025-08 0 8
16 2025-09 0 7
17 2025-10 0 6
18 2025-11 0 9
19 2025-12 0 4
20 2024-01 0 17
21 2024-02 0 14
22 2024-03 0 12
23 2024-04 0 14
24 2024-05 0 12
25 2024-06 0 8
26 2024-07 0 16
27 2024-08 0 4
28 2024-09 0 12
29 2024-10 0 17
30 2024-11 0 17
31 2024-12 0 11
32 2023-01 0 10
33 2023-02 0 10
34 2023-03 0 22
35 2023-04 0 5
36 2023-05 0 5
37 2023-06 0 14
38 2023-07 0 14
39 2023-08 0 10
40 2023-09 0 14
41 2023-10 0 11
42 2023-11 0 14
43 2023-12 0 10
44 2022-01 0 7
45 2022-02 0 4
46 2022-03 0 9
47 2022-04 0 7
48 2022-05 0 5
49 2022-06 0 9
50 2022-07 0 6
51 2022-08 0 9
52 2022-09 0 7
53 2022-10 0 9
54 2022-11 0 83
55 2022-12 0 9
56 2021-01 0 12
57 2021-02 0 7
58 2021-03 0 6
59 2021-04 0 7
60 2021-05 0 16
61 2021-06 0 17
62 2021-07 0 12
63 2021-08 0 13
64 2021-09 0 3
65 2021-10 0 5
66 2021-11 0 8
67 2021-12 0 5
68 2020-01 0 6
69 2020-02 0 7
70 2020-03 0 2
71 2020-04 0 4
72 2020-05 0 4
73 2020-06 0 6
74 2020-07 0 3
75 2020-08 0 5
76 2020-09 0 5
77 2020-10 0 6
78 2020-11 0 3
79 2020-12 0 6
80 2019-01 0 11
81 2019-02 0 11
82 2019-03 0 2
83 2019-04 0 5
84 2019-05 0 10
85 2019-06 0 6
86 2019-07 0 8
87 2019-08 0 6
88 2019-09 0 5
89 2019-10 0 10
90 2019-11 0 10
91 2019-12 0 11

Fecha de última actualización: 2026/01/20

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