El contrato de permuta es aquel contrato civil, celebrado entre dos partes, por el que una de las partes se obliga a transmitir a otra la propiedad de una cosa (mueble o inmueble), con el fin de que ésta, a su vez, se obligue a transmitirle la propiedad de otra cosa.
El contrato de permuta es de carácter consensual, bilateral y recíproco.
Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y desee permutar un bien inmueble un bien inmueble sobre el que posee título en el cantón en el cual proceda la inscripción.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Escritura de permuta con razón de inscripción con la fecha, hora, número de registro y repertorio.
Si los comparecientes son naturales:
1.- Escritura pública de Permuta (original y copia)
2.- Copias de cédulas de identidad y certificados de votación de los comparecientes, si son extranjeros copia del pasaporte.
3.- Certificado de Gravamen de los inmuebles a permutar otorgado por el Registro de la Propiedad del Cantón Pablo Sexto
4.- Certificado actualizado de Avalúos y Catastros de los respectivos bienes
5.- Certificado de no adeudar al municipio de los intervinientes.
6.- Comprobante de pago de impuesto de alcabalas y/o plusvalía de ser el caso.
1.- En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita por la fiduciaria.
2.- En caso de persona jurídica Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil, Certificado de Registro Único de Contribuyentes, Autorización de los socios o accionistas de la Compañía o del Directorio o cuerpo colegiado.
3.- Resolución de permuta en caso de GADS .
4.- Si la permuta es de bienes inmuebles de menores de edad, se debe adjuntar la autorización judicial debidamente ejecutoriada.
1.- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Pablo Sexto, para su revisión.
2.- Subsanar observaciones (en caso de existir).
3.- Emisión de la orden de pago del trámite solicitado.
4.- Pagar el arancel registral en Tesorería-Recaudación del GADM de Pablo Sexto
5.- Presentar el comprobante del pago realizado en la oficina del Registro de la Propiedad y Mercantil de Pablo Sexto.
6.- Retirar la razón de inscripción, junto a la copia de escritura inscrita.
Canales de atención: Presencial.
El pago de los derechos de registro de una escritura de permuta, se lo calculará en función del avalúo de los bienes permutados considerando las siguientes categorías:
Categoría Valor Valor Derecho
inscripción inicial final total de
1 $ 0,1 $1,60 $1,40
2 $1,61 $3,00 $1,80
3 $3,01 $4,00 $2.25
4 $4,01 $6,00 $2.80
5 $6,01 $10,00 $3.75
6 $10,01 $14,00 $4.50
7 $ 14,01 $20,00 $ 5.25
8 $20,01 $30,00 $6.50
9 $30,01 $40,00 $8.20
10 $40,01 $80,00 $11.25
11 $80,01 $120 $12.50
12 $120,01 $200 $17.25
13 $200,01 $280 $22.30
14 $280,01 $400 $26.00
15 $400,01 $600 $33.70
16 $600,01 $800 $37.00
17 $800,01 $1.200 $44.25
18 $1.200,01 $1.600 $58.90
19 $1.600,01 $2.000 $74.55
20 $2.000,01 $2.400 $80.00
21 $2.400,01 $2.800 $85.00
22 $2.800,01 $3.200 $90.00
23 $3.200,01 $3.600 $95.00
24 $3.600,01 $10.000 $100.00
25 10.000 en adelante, se cobrará USD $ 100,00 más el 0.5% por el exceso de este valor.
Presencial: Dirección: Edificio del Municipio del cantón Pablo Sexto, ubicado en la Av. Isidoro Formaggio s/n y 30 de Octubre Esq.
Horario de atención: De Lunes a Viernes, de 08h00 a 13h00 y de 14h00 a 17h00
Contacto: MARÍA PATRICIA OREJUELA GALEAS
Email: patricia.orejuela@pablosexto.gob.ec
Teléfono: 073702570 EXT. 116
Fecha de última actualización: 2025/10/03