régimen legal en el que un mismo inmueble se divide en unidades privadas independientes y en áreas comunes compartidas entre varios propietarios.

Es un régimen legal en el que un mismo inmueble se divide en unidades privadas independientes y en áreas comunes compartidas entre varios propietarios, para toda persona natural o jurídica, sea nacional o extranjera, que se encuentre en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y cumpla con los requisitos legales establecidos para realizar el acto correspondiente.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, sea nacional o extranjera, que se encuentre en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y cumpla con los requisitos legales establecidos para realizar el acto correspondiente.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Se obtiene la Resolución de Concejo de Propiedad Horizontal.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • 1.- Solicitud firmada por el o los propietarios de la obra, su procurador común o representante legal, y el profesional ingeniero civil o arquitecto responsable del trámite;

  • 2.- Informe de Aprobación de planos;

  • 3.- Cuadro de Alícuotas, firmado por un profesional arquitecto o ingeniero civil;

  • 4.- Copia certificada de la escritura pública en la que se establezca el dominio del bien inmueble, inscrita en el Registro de la Propiedad. 

  • 5.- Certificado de gravámenes e hipoteca actualizado del Registro de la Propiedad;

  • 6.- Comprobante de pago del impuesto predial del año o actualizado en el momento de presentar la solicitud; y,

  • 7.- En caso de modificación a la declaratoria de Propiedad Horizontal se actuará de acuerdo al Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, y se adjuntará además el comprobante de pago de la tasa retributiva. 

8.- Formulario de Servicio técnico administrativo, firmado por el o los propietarios.

Requisitos Especiales:

Ficha Registral actualizada que el bien inmueble no registre Gravamen alguno.

¿Cómo hago el trámite?

  • El usuario presenta en la ventanilla de recepción de Atención Ciudadana del Edificio Central; el formulario de Servicio Técnico Administrativo firmado por el propietario adjuntando los requisitos detallados.

  • Será notificado por la Coordinación de Atención Ciudadana, mediante correo electrónico registrado en el formulario.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Formulario de Serv. Téc. administrativo   USD 1.00
  • Certificado de no adeudar                       USD 1.00
  • Serv. administrativos                                USD 1.00
  • Certificado de avalúos y catastros           USD 3.00
  • Certificado de Reg. de la Propiedad        USD 11.00
  • El valor de las tasas varía de acuerdo al avalúo del predio.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GAD. MUNICIPAL SAN JACINTO DE BUENA FE

Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención Ciudadana (Recepción)

Email: recepcionciudadana@buenafe.gob.ec

Teléfono: 052951700


Fecha de última actualización: 2026/04/22

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