propiedad horizontal LMU-20

Este proceso permite cumplir con el Régimen de la Ley de Propiedad Horizontal, asignar porcentajes a las alícuotas que componen la edificación para posteriormente poder enajenar o vender.

  • Un inmueble para ser constituido o declarado bajo el régimen de propiedad horizontal debe estar conformado por más de una unidad, un bloque, torre o conjunto, destinados a vivienda, comercio, u otros usos susceptibles de enajenar.  Se establecerán cuadro de alícuotas, cuadro de áreas comunales y cuadro de linderos.  En el cuadro de alícuotas se precisará la incidencia porcentual sobre el total del inmueble a declararse en propiedad horizontal y susceptible de enajenarse.
  • Las Entidades Colaboradoras acreditadas para el efecto emitirán el informe o certificado de conformidad donde se hará constar el cumplimiento de las Normas Administrativas y Reglas Técnicas vigentes, que se constituye en un requisito necesario, previo al otorgamiento del acto administrativo de autorización para la declaratoria bajo el régimen de propiedad horizontal.
  • Con el informe favorable, el certificado de conformidad, la Autoridad Administrativa Otorgante (Administración Zonal) procederá con la emisión del aviso al notario.

¿A quién está dirigido?

Todo propietario Jurídico-Privada, Jurídica-Pública, Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera de un lote de terreno en el Distrito Metropolitano de Quito, que haya obtenido su respectiva licencia metropolitana urbanística de edificación LMU 20 podrá requerir la autorización para declaratoria bajo el régimen de propiedad horizontal.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de propiedad horizontal LMU-20

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Seleccionar la administración zonal a la que corresponde el predio.
  2. Número de Predio.
  3. Número del Certificado de Conformidad otorgado por la Entidad Colaboradora

¿Cómo hago el trámite?

 

Para acceder por primera vez a un trámite en línea en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito -MDMQ, previamente debe completar la presentación de un Acuerdo de Uso de Medios Electrónicos.

Si ya cuenta con un Acuerdo de Uso de Medios Electrónicos aprobado por el MDMQ, el procedimiento es el siguiente:

  1. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”.
  2. Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe realizar el registro de usuario como personal natural o jurídica, según sea el caso.
  3. Ingresar los datos requeridos, en caso de haberlos, y adjuntar en formato digital todos los requisitos establecidos.
  4. Recibir la respuesta a su trámite mediante un correo electrónico o ingresando en consulta de trámites con su usuario y clave personal.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: 1800 510 510

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/14