Emisión de autorización de propiedad horizontal LMU-20

Proceso para las edificaciones ubicadas en áreas con clasificación de suelo urbano y rural de conformidad a lo establecido en la normativa nacional y metropolitana  vigente, el Plan de Uso y Gestión del Suelo, y las Reglas Técnicas de Arquitectura y Urbanismo podrán  acogerse bajo el Régimen de Propiedad Horizontal.

Un inmueble para ser constituido o declarado bajo el régimen de propiedad horizontal debe estar conformado por más de una unidad, un bloque, torre o conjunto, destinados a vivienda, comercio, u otros usos susceptibles de enajenar. 

Previamente, las entidades colaboradoras del Distrito Metropolitano de Quito habrán emitido un certificado de conformidad  donde se hará constar el cumplimiento de las Normas Administrativas y Reglas Técnicas  vigentes.

Posteriormente, la Administración Zonal autorizará la declaratoria de propiedad horizontal conforme el informe Técnico Catastral y el oficio de Aviso al Notario.

Nota: Previo al ingreso de la Propiedad Horizontal el solicitante habrá realizado la carga masiva.

¿A quién está dirigido?

Todo propietario Jurídico-Privada, Jurídica-Pública, Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera de un lote de terreno en el Distrito Metropolitano de Quito, que haya obtenido su respectiva Licencia Metropolitana Urbanística de edificación LMU 20 y Certificado de Conformidad de Propiedad Horizontal, podrá requerir la autorización para declaratoria bajo el régimen de propiedad horizontal.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Informe técnico catastral u Oficio de aviso al notario

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Número de Predio.
  2. Administración Zonal a la que corresponde el predio
  3. Número del Certificado de Conformidad otorgado por la Entidad Colaboradora
  4. Tipo de proyecto (nuevo/modificatorio)
  5. Certificado de gravámenes vigente emitido por el Registro de la Propiedad

Requisitos Especiales:

  1. Autorización y/o Poder. Documento que habilite el trámite cuando no es el propietario
  2. Fotografías de las unidades constructivas y del frente del predio global, para Propiedad Horizontal y Modificatoria de propiedad horizontal

¿Cómo hago el trámite?

  1. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”
  2. Registrar la información solicitada en el sistema e ingresar en formato digital los requisitos establecidos para atención del trámite.
  3. Recibir notificación de respuesta por medio del Sistema de Trámites en Línea (Informe Técnico Catastral – Oficio de Aviso Notario) o ingresando al portal de servicios municipales con usuario y contraseña en la opción "Consulta de trámites en Línea" en el siguiente enlace: https://servicios.quito.gob.ec/auth/login?returnUrl=https:%2F%2Fpam.quito.gob.ec%2FMDMQ_Tramites%2FConsultas

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En línea:

Trámite en línea habilitado las 24 horas.

La respuesta será emitida en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952311

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: 1800 510 510

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-07 0 12
2 2024-08 2 59
3 2024-09 0 65
4 2024-10 0 45
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/11/06

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