Para la obtención de la factibilidad eléctrica de Proyectos Particulares, como electrificaciones, extensiones de red, repotenciación, y demás proyectos realizados por profesionales particulares en libre ejercicio, es necesario que la EMELNORTE emita un certificado técnico de factibilidad con el objetivo de que el nuevo proyecto sea construido de acuerdo a las normativas técnicas vigentes en cuanto a diseño de dimensionamiento, protecciones y construcción.
Los beneficiados de este servicio son los profesionales eléctricos en libre ejercicio calificados por EMELNORTE, que utilizarán la factibilidad en la que se indican los lineamientos generales que deberán considerar para la elaboración de los informes técnicos de los proyectos eléctricos que se presentan a EMELNORTE para revisión y aprobación.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.
Certificación de factibilidad para proyectos eléctricos particulares
Título profesional y certificado digital SENESCYT
Cédula de identidad
Certificado de votación
Teléfono
Dirección
Correo electrónico
Pago de derecho de proyecto (Geodatabase)
Certificado de prevención en riesgos laborales o licencia de prevención de riesgos eléctricos.
Plano de referencia con ubicación geográfica del poste de arranque.
Demanda de diseño del transformador en caso de que en el proyecto eléctrico conste la instalación de un transformador.
Solicitud subida al sistema firmada.
El profesional debe estar calificado en Emelnorte para realizar proyectos eléctricos.
El profesional eléctrico debe calificarse en EMELNORTE, este trámite debe realizarlo en la Dirección de Distribución.
Una vez calificado se le asignará un usuario y una clave para que pueda ingresar al sistema.
Una vez en el sistema debe ingresar el trámite (solicitud, plano, demanda de diseño)
El trámite ingresa al sistema y automáticamente pasa a ser revisado por la Dirección de Planificación para ser entregado en un plazo máximo de 5 días laborables.
El trámite llega al interesado automáticamente en el sistema y al correo electrónico registrado.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
El horario de atención de clientes es de lunes a viernes de 07:30 a 16:15. Trabajamos Ininterrumpidamente.
Dirección Matriz Ibarra: Calle Grijalva 6 - 54 y Olmedo
La atención también se brinda en las diferentes agencias de la Empresa.
Para conocer las direcciones de la matriz y de todas nuestras agencias, puede consultar el siguiente enlace:
https://www.emelnorte.com/agencias/
La factibilidad de servicio eléctrico obtenida, esta vigente dentro del año en curso.
Contacto: Lic. Elizabeth Almeida
Email: ealmeida@emelnorte.com
Teléfono: Ofic. (593) 62 997 100 ext. 2214
Los costos de inversión, operación, mantenimiento, y consumo de energía del alumbrado destinado a la iluminación de vías para la circulación vehicular y peatonal de espacios privados declarados como propiedad horizontal, serán asumidos por los propietarios de dichos predios.
La instalación de redes, estaciones de transformación, generadores de emergencia, y más obras necesarias para atender el servicio eléctrico en lotizaciones, urbanizaciones, edificios de propiedad horizontal y similares serán responsabilidad de los ejecutores de esos proyectos inmobiliarios.”……. “Las redes eléctricas para atender servicio eléctrico en lotizaciones urbanizaciones y edificios de propiedad horizontal, deberán ser subterráneas”……..”La propiedad de esas instalaciones y las estaciones de transformación de las lotizaciones y urbanizaciones serán de la empresa eléctrica.
a) Cuando el inmueble para el cual se solicita el servicio esté ubicado en franjas de servidumbre de líneas de transmisión o de subtransmisión; o, no cumpla con las distancias mínimas de seguridad, conforme la regulación aplicable;
b) En inmuebles en los cuales el solicitante no haya cumplido los requerimientos normativos y técnicos exigidos por parte de la empresa distribuidora, en el punto de entrega;
c) En inmuebles producto de procesos de lotizaciones, urbanizaciones, fraccionamientos y edificios de propiedad horizontal en los cuales no se hayan ejecutado las obras eléctricas a cargo de los promotores de los proyectos; y,
d) En asentamientos humanos irregulares.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2023-01 | 0 | 53 |
| 2 | 2023-02 | 0 | 34 |
| 3 | 2023-03 | 0 | 59 |
| 4 | 2023-04 | 0 | 41 |
| 5 | 2023-05 | 0 | 44 |
| 6 | 2023-06 | 0 | 23 |
| 7 | 2023-07 | 0 | 42 |
| 8 | 2023-08 | 0 | 45 |
| 9 | 2022-01 | 0 | 46 |
| 10 | 2022-02 | 0 | 37 |
| 11 | 2022-03 | 0 | 34 |
| 12 | 2022-04 | 0 | 31 |
| 13 | 2022-05 | 0 | 47 |
| 14 | 2022-06 | 0 | 37 |
| 15 | 2022-07 | 0 | 30 |
| 16 | 2022-08 | 0 | 40 |
| 17 | 2022-09 | 0 | 44 |
| 18 | 2022-10 | 0 | 45 |
| 19 | 2022-11 | 0 | 27 |
| 20 | 2022-12 | 0 | 42 |
| 21 | 2021-01 | 0 | 44 |
| 22 | 2021-02 | 0 | 32 |
| 23 | 2021-03 | 0 | 42 |
| 24 | 2021-04 | 0 | 40 |
| 25 | 2021-05 | 0 | 36 |
| 26 | 2021-06 | 0 | 45 |
| 27 | 2021-07 | 0 | 45 |
| 28 | 2021-08 | 0 | 52 |
| 29 | 2021-09 | 0 | 40 |
| 30 | 2021-10 | 0 | 42 |
| 31 | 2021-11 | 0 | 44 |
| 32 | 2021-12 | 0 | 28 |
Fecha de última actualización: 2023/03/20