Trámite orientado a simplificar el proceso de obtención de notificaciones sanitarias de alimentos procesados de fabricación nacional, brindando asistencia técnica personalizada en las Coordinaciones Zonales de la ARCSA, para que los emprendedores puedan impulsar el desarrollo de su economía, posicionando sus productos en los principales mercados a nivel nacional, y regularizar el proceso de vigilancia y control sanitario posterior.
Definiciones:
Notificación Sanitaria.- Es la comunicación en la cual el interesado informa a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA, bajo declaración jurada, que comercializará en el país un alimento procesado, fabricado en el territorio nacional o en el exterior cumpliendo con condiciones de calidad, seguridad e inocuidad
Alimento procesado.- Es toda materia alimenticia natural o artificial que para el consumo humano ha sido sometida a operaciones tecnológicas necesarias para su transformación, modificación y conservación, que se distribuye y comercializa en envases rotulados bajo una marca de fábrica determinada.
Este proceso está dirigido únicamente a Microempresarios, Artesanos y Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria que elaboren y comercialicen alimentos procesados bajo la categoría de fabricantes y distribución; el cual se brindará de forma permanente por las nueve (9) Coordinaciones Zonales de la Agencia. Este certificado es válido únicamente para la comercialización nacional. En caso de requerir que se comercialice internacionalmente (exportación), los usuarios podrán solicitar un Certificado de Libre Venta - CLV.
Se excluyen del proceso simplificado de obtención del certificado de notificación sanitaria a través de las Coordinaciones Zonales, las siguientes subcategorías de alimentos procesados acorde a las consideraciones especiales detalladas en el Instructivo Externo-Criterios Técnicos para la Categorización del Riesgo Sanitario de Alimentos Procesado:
NOTA: Los productos que entre sus ingredientes contengan derivados de cannabis no psicoactivo o cáñamo no podrán ser inscritos.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Notificación Sanitaria por Inscripción de Alimentos Nacionales
Contar previamente con los siguientes requisitos, cuando aplique:
El usuario, debe verificar que cuenta con la siguiente documentación técnica:
Presencial
1.- Ingresar la carpeta con los requisitos obligatorios en cualquiera de las oficinas de atención al usuario de la ARCSA a nivel nacional, junto con la información de contacto del Responsable Legal (correo electrónico, número celular).
2.- El personal de atención al usuario verificará que la documentación obligatoria se encuentre completa.
3.- La carpeta revisada, es entregada a la Coordinación Zonal para el análisis de su contenido por parte del analista técnico.
4.- El analista ingresa la información en el sistema informático de la ARCSA, y genera la orden de pago.
5.- Se realiza el envío de la orden de pago correspondiente a la emisión de la notificación sanitaria del alimento procesado, a la dirección de correo electrónico registrada por el usuario al ingreso de la información.
7.- Una vez realizado el pago, el usuario envía el comprobante por correo electrónico.
8.- Se valida la información de pago, y se genera el certificado con el número de notificación sanitaria correspondiente al alimento procesado.
9.- El usuario se acerca a las oficinas de atención al usuario para firmar el acta de entrega del certificado de notificación sanitaria del alimento procesado.
10.- En caso de que la documentación presentada contenga objeciones, el analista técnico delegado notificará al usuario mediante correo electrónico las modificaciones a realizar en la documentación presentada en el lapso de 15 días laborables.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES - ARTESANAL Y MICROEMPRESA $ 104,53
ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES - ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA (EPS) $ 103,54
(ARCSA) Planta Central (Ciudadela Samanes, Av. Francisco de Orellana y Av. Paseo del Parque, Parque Samanes, Bloque 5, Guayaquil - Ecuador). Código Postal: 090703.
De lunes a viernes 08h00 a 17h00.
9 Coordinaciones Zonales (https://www.controlsanitario.gob.ec/contacto/).
5 años
Contacto: Dirección Técnica de Atención al Usuario
Email: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
Teléfono: 043727440
Art. 8.- Los emprendedores podrán obtener la notificación sanitaria de alimentos procesados siguiendo el procedimiento simplificado descrito en la presente Resolución para la obtención de notificación sanitaria; se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Emprendedores del MPCEIP.
La obtención de la notificación sanitaria por proceso simplificado, aplica también a los productores nacionales categorizados por el MPCEIP como Microempresas o Artesanales, así también los productores nacionales que tengan conformada una Organización de la Economía Popular y Solidaria (EPS).
Art. 9.- Para la obtención del certificado de la notificación sanitaria por medio de las Coordinaciones Zonales, los productores nacionales mencionados en el artículo anterior, la representación técnica de estos productos será por parte del solicitante.
Art. 10.- Los usuarios que deseen obtener la notificación sanitaria por el procedimiento simplificado, el técnico de la ARCSA brindará asistencia técnica pertinente al usuario para la elaboración y presentación de los documentos listados a continuación:
a. Descripción e interpretación del código de lote, suscrito por el representante técnico;
b. Diseño de etiqueta, ajustado a los requisitos que establece el Reglamento de rotulado para alimentos procesados para consumo humano vigente y las normas técnicas ecuatorianas INEN de acuerdo al tipo de producto. Para el caso de bebidas alcohólicas se debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma técnica ecuatoriana INEN vigente para rotulado de bebidas alcohólicas hasta que se emita el reglamento correspondiente para rotulado de bebidas alcohólicas;
c. Especificaciones físicas, químicas y microbiológicas del material del envase primario, bajo cualquier formato emitido por el fabricante o distribuidor del material de envase;
d. Descripción y detalle del proceso de producción o elaboración del producto y sus parámetros, suscrito por el representante técnico;
e. Permiso de funcionamiento, el cual debe ser acorde al tipo de producto a notificar;
f. Para productos con denominación de ecológicos, biológicos u orgánicos se debe presentar el certificado de registro de operador orgánico que incluye el respectivo código POA emitido por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitaria o quien ejerza sus competencias.
Art. 11.- Se excluyen las siguientes subcategorías de la aplicabilidad del proceso de obtención de notificación sanitaria simplificada mediante las Coordinaciones Zonales de la ARCSA, acorde a los criterios técnicos para la categorización del riesgo sanitario de alimentos procesados:
a. Suplementos alimenticios;
b. Alimentos para regímenes especiales; y,
c. Productos alimenticios no contemplados anteriormente (se evalúa de acuerdo al análisis técnico del producto).
Los productos anteriormente descritos deben ingresar su solicitud mediante la VUE, ya que por sus consideraciones técnicas y de riesgo sanitario, deben someterse a un análisis por parte de la ARCSA, garantizando la calidad de los productos que consuma la población.
Los productos que entre sus ingredientes contengan derivados de cannabis no psicoactivo o cáñamo no podrán ser inscritos bajo esta modalidad.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 32 |
2 | 2025-02 | 0 | 56 |
3 | 2025-03 | 0 | 6 |
4 | 2024-01 | 0 | 67 |
5 | 2024-02 | 0 | 59 |
6 | 2024-03 | 0 | 68 |
7 | 2024-04 | 0 | 59 |
8 | 2024-05 | 0 | 71 |
9 | 2024-06 | 0 | 123 |
10 | 2024-07 | 0 | 81 |
11 | 2024-08 | 0 | 51 |
12 | 2024-09 | 0 | 92 |
13 | 2024-10 | 0 | 58 |
14 | 2024-11 | 0 | 91 |
15 | 2024-12 | 0 | 75 |
16 | 2023-01 | 0 | 95 |
17 | 2023-02 | 0 | 114 |
18 | 2023-03 | 0 | 143 |
19 | 2023-04 | 0 | 121 |
20 | 2023-05 | 0 | 127 |
21 | 2023-06 | 0 | 152 |
22 | 2023-07 | 0 | 53 |
23 | 2023-08 | 0 | 107 |
24 | 2023-09 | 0 | 86 |
25 | 2023-10 | 0 | 81 |
26 | 2023-11 | 0 | 100 |
27 | 2023-12 | 0 | 63 |
28 | 2022-01 | 0 | 91 |
29 | 2022-02 | 0 | 152 |
30 | 2022-03 | 0 | 142 |
31 | 2022-04 | 0 | 169 |
32 | 2022-05 | 0 | 148 |
33 | 2022-06 | 0 | 109 |
34 | 2022-07 | 0 | 97 |
35 | 2022-08 | 0 | 127 |
36 | 2022-09 | 0 | 0 |
37 | 2022-10 | 0 | 108 |
38 | 2022-11 | 0 | 23 |
39 | 2022-12 | 0 | 125 |
40 | 2021-01 | 0 | 33 |
41 | 2021-02 | 0 | 30 |
42 | 2021-03 | 0 | 50 |
43 | 2021-04 | 0 | 107 |
44 | 2021-05 | 0 | 97 |
45 | 2021-10 | 0 | 74 |
46 | 2021-11 | 0 | 113 |
47 | 2021-12 | 0 | 85 |
48 | 2020-01 | 0 | 68 |
49 | 2020-02 | 0 | 88 |
50 | 2020-03 | 0 | 45 |
51 | 2020-04 | 0 | 24 |
52 | 2020-05 | 0 | 27 |
53 | 2020-06 | 0 | 40 |
54 | 2020-07 | 0 | 57 |
55 | 2020-08 | 0 | 69 |
56 | 2020-10 | 0 | 0 |
57 | 2020-11 | 0 | 46 |
58 | 2020-12 | 0 | 50 |
59 | 2019-01 | 0 | 0 |
60 | 2019-02 | 0 | 0 |
61 | 2019-03 | 0 | 0 |
62 | 2019-04 | 0 | 0 |
63 | 2019-05 | 0 | 0 |
64 | 2019-06 | 0 | 0 |
65 | 2019-07 | 0 | 0 |
66 | 2019-08 | 0 | 0 |
67 | 2019-09 | 0 | 0 |
68 | 2019-10 | 0 | 0 |
69 | 2019-11 | 0 | 0 |
70 | 2019-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2022/08/31