Emisión de resolución de modificación de la autorización de operación y registros de nuevos distribuidores de combustibles líquidos de hidrocarburos (propietario, arrendatario y operadores)

SERVICIOS ARCH

Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, está orientado a emitir una resolución de autorización para la comercialización de Combustibles líquidos derivados de hidrocarburos en el centro de distribución por cambio de propietario, arrendatario, operador, administradora.

¿A quién está dirigido?

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejecuten actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Modificación de la autorización de operación y registros de nuevos distribuidores de combustibles líquidos de hidrocarburos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario DCTD-CD-FA-067, disponible en este portal o en la página WEB de la Agencia.
  2. Contrato de Distribución
  3. Póliza de Seguro
  4. Título de propiedad inscrito en el Registro de la Propiedad o prueba del acto jurídico que demuestre la tenencia o propiedad del bien.
  5. Factura por el pago para la Modificación de la autorización de operación y registros de nuevos distribuidores de combustibles líquidos de hidrocarburos (propietario, arrendatario y operadores), efectuado con el código  1301122178 en el Banco Pichincha  a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos

Requisitos Especiales:

  1. Ruc del nuevo distribuidor

Formatos y anexos

  • Formulario DCTD-CD-FA-067
    Modificación de la autorización de operación y registros de nuevos distribuidores de combustibles líquidos de hidrocarburos (propietario, arrendatario y operadores)

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir de manera presencial:

  1. Entregar la solicitud en la Institución, dirigida al Director Ejecutivo acompañado de los requisitos establecidos para la autorización de operación para centros de distribución, la cual debe ser remitida por medio de la comercializadora (Formulario DCTD-CD-FA-067), disponible en este portal o en la página WEB de la Agencia.
  2. En caso de información faltante se procede a la devolución de la documentación, a fin de que se complete.
  3. Oficio y Resolución se remite a la comercializadora o usuario retira de la Agencia. 

Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

USD 2500 valor fijo correspondiente a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, según Resolución Nro. ARCH-004/2024 publicado en el Registro Oficial Nro 657 del 03 de octubre de 2024.

El Pago de USD 2500 debe realizarse a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, en el  Banco de Pichincha en la Cuenta de Recaudación de No. 2100320256.

Enviar al correo: facturacion@controlhidrocarburos.gob.ec la siguiente información: Copia del comprobante de depósito o transferencia, Razón social; Ruc; Dirección; correo electrónico; señalar el código de servicio No. 1301122178 Cambio de Distribuidor  para la emisión de la factura

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana o Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 am a 16h30 pm

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Esther Gonzalez

Email: esther.gonzalez@controlhidrocarburos.gob.ec

Teléfono: 3996 500

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 1
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 1
4 2024-04 0 0
5 2024-05 0 0
6 2024-06 0 0
7 2023-01 0 0
8 2023-02 0 0
9 2023-03 0 0
10 2023-04 0 0
11 2023-05 0 95
12 2023-06 0 0
13 2023-07 0 0
14 2023-08 0 0
15 2023-09 0 0
16 2023-10 0 0
17 2023-11 0 0
18 2023-12 0 0
19 2022-01 0 2
20 2022-02 0 4
21 2022-03 0 3
22 2022-04 0 1
23 2022-05 0 4
24 2022-06 0 3
25 2022-07 0 4
26 2022-08 0 4
27 2022-09 0 2
28 2022-10 0 0
29 2022-11 0 1
30 2022-12 0 2
31 2021-01 0 4
32 2021-02 0 3
33 2021-03 0 8
34 2021-04 0 10
35 2021-05 0 1
36 2021-06 0 0
37 2021-07 0 5
38 2021-08 0 0
39 2021-09 0 1
40 2021-10 0 3
41 2021-11 0 2
42 2021-12 0 3
43 2020-01 0 2
44 2020-02 0 6
45 2020-03 0 0
46 2020-04 0 4
47 2020-05 0 4
48 2020-06 0 4
49 2020-07 0 6
50 2020-08 0 3
51 2020-09 0 12
52 2020-10 0 6
53 2020-11 0 3
54 2020-12 0 2
55 2019-01 0 10
56 2019-02 0 3
57 2019-03 0 4
58 2019-04 0 4
59 2019-05 0 4
60 2019-06 0 7
61 2019-07 0 2
62 2019-08 0 3
63 2019-09 0 7
64 2019-10 0 7
65 2019-11 0 3
66 2019-12 0 3
67 2018-12 0 0
68 2017-12 0 15
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/02/28

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