Es un incentivo destinado adquirir la primera y única vivienda. El valor del subsidio que el Estado otorgue a las personas que postulen en el segundo segmento de interés social será equivalente a 9 salarios básicos unificados (SBU) y no podrá superar los 15 salarios básicos unificados (SBU), siempre que se cumplan con las condiciones y requisitos de la normativa legal vigente....