Las empresas maquiladoras son aquellas que importan productos sin pagar aranceles, cuyo producto se comercializa en el país de origen de la materia prima. Toda persona natural o jurídica, consorcio u otra unidad económica que desee realizar un proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, perfeccionamiento, transformación o reparación de bienes de procedencia extranjera, importados bajo el Régimen de Admisión Temporal Especial previsto la Ley 90, para su reexportación posterior, con la incorporación de componentes nacionales si fuere del caso; podrá calificarse como maquiladora.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Rosa Martínez
Correo electrónico: rmartinezg@produccion.gob.ec
Teléfono: 042591370 ext. 5030