De acuerdo con el marco jurídico que regula la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de señal abierta, para proceder a la suspensión de sus emisiones se requiere contar con la respectiva autorización de la ARCOTEL, por periodos mayores a 8 días y hatsa 180 días; mientras que por periodos de hasta 8 días el concesionario debe notificar a la ARCOTEL la suspensión de sus emisiones, sean por causas programadas o no programadas. Para obtener la respectiva autorización, el concesionario debe efectuar la respectiva solicitud, especificando las causas, los datos de la estación y el periodo que estaría fuera del aire, hasta un máximo de 180 días.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Ana Nazamués
Correo electrónico: ana.nazamues@arcotel.gob.ec