Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales suspender o cancelar el Registro Único del Contribuyente (RUC), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de la suspensión del Registro Único del Contribuyente (RUC), a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) residentes en el Ecuador.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RUC suspendido o cancelado de personas naturales ecuatorianas y extranjeros residentes

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Documento para registrar el cambio

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea       
  • Solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Ingresar número de identificación y clave
4. Escoger RUC en el menú
5. Escoger la opción suspensión de RUC
6. Ingreso la información requerida
7. Guardar información

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 35105
2 2026-02 0 25177
3 2025-01 0 1738
4 2025-02 0 1738
5 2025-03 0 1730
6 2025-04 0 1738
7 2025-05 0 1726
8 2025-06 0 1731
9 2025-07 0 1733
10 2025-08 0 24850
11 2025-09 0 25942
12 2025-10 0 23632
13 2025-11 1 19901
14 2025-12 1 22748
15 2024-01 0 1741
16 2024-02 2 1701
17 2024-03 3 1752
18 2024-04 0 1744
19 2024-05 1 1718
20 2024-06 0 1729
21 2024-07 1 1704
22 2024-08 0 1712
23 2024-09 1 1716
24 2024-10 0 1734
25 2024-11 2 1733
26 2024-12 1 1716
27 2023-01 2 58692
28 2023-02 0 15267
29 2023-03 8 15402
30 2023-04 14 14871
31 2023-05 5 14975
32 2023-06 1 15247
33 2023-07 1 14979
34 2023-08 0 15046
35 2023-09 0 15093
36 2023-10 0 1602
37 2023-11 0 1702
38 2023-12 2 1716
39 2022-01 7 31672
40 2022-02 7 14973
41 2022-03 1 59958
42 2022-04 6 32401
43 2022-05 3 16379
44 2022-06 4 14752
45 2022-07 4 21598
46 2022-08 4 21533
47 2022-09 1 14239
48 2022-10 3 53139
49 2022-11 3 26879
50 2022-12 3 25601
51 2021-01 11 15929
52 2021-02 8 8007
53 2021-03 4 2162
54 2021-04 3 1157
55 2021-05 1 37415
56 2021-06 4 13797
57 2021-07 4 22283
58 2021-08 2 280366
59 2021-09 5 14391
60 2021-10 0 35624
61 2021-11 5 32788
62 2021-12 4 31036
63 2020-01 2 26340
64 2020-02 0 18688
65 2020-03 1 14008
66 2020-04 6 9434
67 2020-05 9 17601
68 2020-06 13 19687
69 2020-07 7 23356
70 2020-08 5 15441
71 2020-09 4 22
72 2020-10 4 18475
73 2020-11 4 18694
74 2020-12 3 14004
75 2019-01 1 41392
76 2019-02 2 39996
77 2019-03 5 24236
78 2019-04 8 14604
79 2019-05 7 44859
80 2019-06 3 121020
81 2019-07 4 63140
82 2019-08 3 21301
83 2019-09 1 18226
84 2019-10 3 17009
85 2019-11 3 24821
86 2019-12 3 17002
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Fecha de última actualización: 2025/06/23

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