Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales suspender o cancelar el Registro Único del Contribuyente (RUC), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de la suspensión del Registro Único del Contribuyente (RUC), a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) residentes en el Ecuador.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RUC suspendido o cancelado de personas naturales ecuatorianas y extranjeros residentes

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Documento para registrar el cambio

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea       
  • Solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Ingresar número de identificación y clave
4. Escoger RUC en el menú
5. Escoger la opción suspensión de RUC
6. Ingreso la información requerida
7. Guardar información

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 1738
2 2025-02 0 1738
3 2025-03 0 1730
4 2024-01 0 1741
5 2024-02 2 1701
6 2024-03 3 1752
7 2024-04 0 1744
8 2024-05 1 1718
9 2024-06 0 1729
10 2024-07 1 1704
11 2024-08 0 1712
12 2024-09 1 1716
13 2024-10 0 1734
14 2024-11 2 1733
15 2024-12 1 1716
16 2023-01 2 58692
17 2023-02 0 15267
18 2023-03 8 15402
19 2023-04 14 14871
20 2023-05 5 14975
21 2023-06 1 15247
22 2023-07 1 14979
23 2023-08 0 15046
24 2023-09 0 15093
25 2023-10 0 1602
26 2023-11 0 1702
27 2023-12 2 1716
28 2022-01 7 31672
29 2022-02 7 14973
30 2022-03 1 59958
31 2022-04 6 32401
32 2022-05 3 16379
33 2022-06 4 14752
34 2022-07 4 21598
35 2022-08 4 21533
36 2022-09 1 14239
37 2022-10 3 53139
38 2022-11 3 26879
39 2022-12 3 25601
40 2021-01 11 15929
41 2021-02 8 8007
42 2021-03 4 2162
43 2021-04 3 1157
44 2021-05 1 37415
45 2021-06 4 13797
46 2021-07 4 22283
47 2021-08 2 280366
48 2021-09 5 14391
49 2021-10 0 35624
50 2021-11 5 32788
51 2021-12 4 31036
52 2020-01 2 26340
53 2020-02 0 18688
54 2020-03 1 14008
55 2020-04 6 9434
56 2020-05 9 17601
57 2020-06 13 19687
58 2020-07 7 23356
59 2020-08 5 15441
60 2020-09 4 22
61 2020-10 4 18475
62 2020-11 4 18694
63 2020-12 3 14004
64 2019-01 1 41392
65 2019-02 2 39996
66 2019-03 5 24236
67 2019-04 8 14604
68 2019-05 7 44859
69 2019-06 3 121020
70 2019-07 4 63140
71 2019-08 3 21301
72 2019-09 1 18226
73 2019-10 3 17009
74 2019-11 3 24821
75 2019-12 3 17002
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/12

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