Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Suspensión del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana y extranjera residente

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales suspender o cancelar el Registro Único del Contribuyente (RUC), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de la suspensión del Registro Único del Contribuyente (RUC), a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) residentes en el Ecuador.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RUC suspendido o cancelado de personas naturales ecuatorianas y extranjeros residentes

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Documento para registrar el cambio

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea       
  • Solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Ingresar número de identificación y clave
4. Escoger RUC en el menú
5. Escoger la opción suspensión de RUC
6. Ingreso la información requerida
7. Guardar información

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 1738
2 2025-02 0 1738
3 2025-03 0 1730
4 2025-04 0 1738
5 2025-05 0 1726
6 2025-06 0 1731
7 2025-07 0 1733
8 2025-08 0 24850
9 2025-09 0 25942
10 2024-01 0 1741
11 2024-02 2 1701
12 2024-03 3 1752
13 2024-04 0 1744
14 2024-05 1 1718
15 2024-06 0 1729
16 2024-07 1 1704
17 2024-08 0 1712
18 2024-09 1 1716
19 2024-10 0 1734
20 2024-11 2 1733
21 2024-12 1 1716
22 2023-01 2 58692
23 2023-02 0 15267
24 2023-03 8 15402
25 2023-04 14 14871
26 2023-05 5 14975
27 2023-06 1 15247
28 2023-07 1 14979
29 2023-08 0 15046
30 2023-09 0 15093
31 2023-10 0 1602
32 2023-11 0 1702
33 2023-12 2 1716
34 2022-01 7 31672
35 2022-02 7 14973
36 2022-03 1 59958
37 2022-04 6 32401
38 2022-05 3 16379
39 2022-06 4 14752
40 2022-07 4 21598
41 2022-08 4 21533
42 2022-09 1 14239
43 2022-10 3 53139
44 2022-11 3 26879
45 2022-12 3 25601
46 2021-01 11 15929
47 2021-02 8 8007
48 2021-03 4 2162
49 2021-04 3 1157
50 2021-05 1 37415
51 2021-06 4 13797
52 2021-07 4 22283
53 2021-08 2 280366
54 2021-09 5 14391
55 2021-10 0 35624
56 2021-11 5 32788
57 2021-12 4 31036
58 2020-01 2 26340
59 2020-02 0 18688
60 2020-03 1 14008
61 2020-04 6 9434
62 2020-05 9 17601
63 2020-06 13 19687
64 2020-07 7 23356
65 2020-08 5 15441
66 2020-09 4 22
67 2020-10 4 18475
68 2020-11 4 18694
69 2020-12 3 14004
70 2019-01 1 41392
71 2019-02 2 39996
72 2019-03 5 24236
73 2019-04 8 14604
74 2019-05 7 44859
75 2019-06 3 121020
76 2019-07 4 63140
77 2019-08 3 21301
78 2019-09 1 18226
79 2019-10 3 17009
80 2019-11 3 24821
81 2019-12 3 17002
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/06/23

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