Devolución del Impuesto a la Salida de Divisas a exportadores de servicios

Devolución del Impuesto a la Salida de Divisas a exportadores de servicios

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas exportadores de servicios solicitar la devolución Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y posterior devolución de los valores correspondientes, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (privadas) exportadores de servicios que requieran solicitar la devolución Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
  • Listado de las declaraciones aduaneras de importación con sus respectivas facturas comerciales, que soportan la prestación del servicio que se exporta con firma de responsabilidad
  • Archivo digital de las facturas comerciales de las importaciones
  • Archivo digital de los comprobantes de retención de la institución financiera que sustenten el pago del ISD por concepto de importaciones
  • Archivo digital de los sustentos de las transferencias efectuadas hacia el exterior respecto de las importaciones
  • Archivo digital de las facturas de seguro y flete de las importaciones, por los valores considerados como base imponible para la retención del ISD
  • Archivo digital del mayor contable (cuenta donde se registre el ISD y de las exportaciones de servicios y exportaciones)
  • Solicitud de devolución del ISD, de conformidad con el formato publicado en el portal web del Servicio de Rentas Internas
  • Archivo digital (en hoja de cálculo y en formato pdf con la firma de responsabilidad del solicitante) del listado de los comprobantes de venta de los servicios exportados
  • Archivo digital del contrato o su similar del servicio prestado
  • Archivo digital de los sustentos de la transferencia desde el exterior a cuenta del solicitante
  • Archivo digital de los comprobantes de venta de la prestación del servicio exportado, notas de crédito y retenciones

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para realizar el trámite a través de plataforma GOB.EC:

  • Firma electrónica (firmar exclusivamente con aplicativos FIRMA.EC y AdobeAcrobat)
  • Solicitudes con firma electrónica
  • Anexos sin firma electrónica

Nota: Para el caso de personas jurídicas se considerará la documentación del Representante Legal

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar el escrito o las solicitudes dispuestas para cada caso, en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para realizar el trámite a través de plataforma GOB.EC:

1. Ingresar a la Plataforma GOB.EC: www.gob.ec
2. Buscar el trámite en la sección Guía Oficial de Trámites
3. Escribir el nombre del trámite que desea ingresar
4. Escoger el trámite
5. Revisar la información de: descripción y requisitos del trámite que desea ingresar
6. Escoger la opción trámite en línea
7. Ingresar el número de identificación
8. Ingresar correo electrónico
9. Ingresar el número de teléfono
10. Aceptar políticas y términos de uso del trámite
11. Seleccionar la opción siguiente
12. Completar información de la cédula de identificación
13. Revisar en el correo personal el código enviado
14. Ingresar en la solicitud el código enviado
15. Escoger continuar
16. Completar el formulario – solicitud
17. Completar los anexos requeridos para el trámite (Máximo 6 anexos y cada uno no debe superar los 6MB)
18. Firmar electrónicamente el trámite
19. Enviar la solicitud para la atención
20. Esperar la respuesta del trámite a través del correo electrónico


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Email: seguimientotramitesplataforma@sri.gob.ec

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 1
29 2021-02 0 1
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 0
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 1
40 2020-01 0 0
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 0
46 2020-07 0 0
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 0
49 2020-10 0 0
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 0
52 2019-01 0 0
53 2019-02 0 0
54 2019-03 0 0
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 0
61 2019-10 0 0
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/12