Cancelación del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana fallecida

Cancelación del Registro Único de Contribuyente (RUC) para persona natural ecuatoriana fallecida

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite al ciudadano o contribuyente cancelar el Registro Único del Contribuyente (RUC) de personas naturales (ecuatorianas fallecidas) mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a los ciudadanos, contribuyentes o familiares de personas naturales (ecuatorianas) fallecidas que hayan aperturado el Registro Único del Contribuyente (RUC) y requieran la cancelación o cierre del mismo.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RUC cancelado de personas naturales ecuatorianas fallecidas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Certificado de defunción
  • Solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea       
  • Certificado de defunción            
  • Solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales

Requisitos Especiales:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 1631
2 2025-02 0 1631
3 2025-03 0 1621
4 2024-01 0 346
5 2024-02 0 316
6 2024-03 0 359
7 2024-04 0 335
8 2024-05 0 349
9 2024-06 0 341
10 2024-07 0 1348
11 2024-08 0 1342
12 2024-09 0 1360
13 2024-10 0 1362
14 2024-11 0 1652
15 2024-12 0 1649
16 2023-01 0 2452
17 2023-02 1 69
18 2023-03 0 81
19 2023-04 0 102
20 2023-05 0 126
21 2023-06 0 201
22 2023-07 0 267
23 2023-08 0 298
24 2023-09 0 298
25 2023-10 0 321
26 2023-11 0 321
27 2023-12 0 354
28 2022-01 0 2110
29 2022-02 0 128
30 2022-03 0 4937
31 2022-04 0 2264
32 2022-05 0 1997
33 2022-06 0 1889
34 2022-07 0 2384
35 2022-08 0 1936
36 2022-09 1 94
37 2022-10 0 4825
38 2022-11 0 1959
39 2022-12 0 1827
40 2021-01 0 162
41 2021-02 0 0
42 2021-03 0 201
43 2021-04 0 155
44 2021-05 0 18487
45 2021-06 0 4153
46 2021-07 0 2681
47 2021-08 0 2807
48 2021-09 0 1828
49 2021-10 0 902
50 2021-11 0 1126
51 2021-12 1 969
52 2020-01 0 1571
53 2020-02 0 1831
54 2020-03 0 1309
55 2020-04 3 1817
56 2020-05 2 6441
57 2020-06 0 4456
58 2020-07 2 2336
59 2020-08 0 192
60 2020-09 1 7383
61 2020-10 0 2946
62 2020-11 0 4105
63 2020-12 0 1016
64 2019-01 0 16650
65 2019-02 0 320
66 2019-03 0 246
67 2019-04 0 319
68 2019-05 0 207
69 2019-06 0 80892
70 2019-07 0 141
71 2019-08 0 2781
72 2019-09 0 144
73 2019-10 0 157
74 2019-11 0 14
75 2019-12 1 1696
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/12

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