aduanera

Las garantías aduaneras sirven para asegurar o garantizar el pago de los tributos al comercio exterior dentro de las operaciones aduaneras. Las garantías pueden ser generales y específicas, éstas se otorgarán, aprobarán y ejecutarán en la forma, plazos y montos que se determine en el reglamento del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Las garantías aduaneras serán irrevocables, de ejecución total o parcial, incondicionales y de cobro inmediato y constituyen título suficiente para su ejecución inmediata, con la sola presentación al cobro, conforme lo dispuesto en la ley.

Podrán constituirse en los siguientes medios:

a) Depósito en efectivo;

b) Certificados de depósito a plazo en instituciones financieras establecidas en el Ecuador, debidamente endosados a nombre de la Administración Aduanera;

c) Nota de crédito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador u otra administración tributaria central con el debido endoso;

d) Garantía bancaria;

e) Póliza de seguro;

f) Carta de garantía emitida por las máximas autoridades de las instituciones del sector público en caso de que estas instituciones sean las titulares de la transacción de comercio exterior. Este tipo de garantía no será aplicable para las empresas públicas;

g) Carta de garantía, suscrita por la máxima autoridad de las misiones diplomáticas y oficinas consulares acreditadas en el país, en caso de que estas entidades sean las titulares de la transacción de comercio exterior;

h) Bienes inmuebles hipotecados a favor del Servicio Nacional de Aduanas, mismos que serán aceptados considerando su avalúo municipal y de acuerdo a las disposiciones que emita el director general para el efecto. Estas garantías solo podrán ser presentadas como garantías generales.

¿A quién está dirigido?

El siguiente Trámite está dirigido a Personas jurídicas privadas y jurídicas públicas registradas como Operadores de Comercio Exterior (OCE) que necesiten generar una solicitud de aprobación de garantía aduanera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

GARANTIA ADUANERA APROBADA

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Que la garantía sea incondicional, irrevocable y de cobro inmediato.
  • Que la garantía se sujeta a las condiciones establecidas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Copci y demás disposiciones emitidas para el efecto por parte del SENAE.
  • Los emisores de las garantías deben indicar específicamente en el texto de la póliza de seguros o carta bancaria, la operación aduanera o de comercio exterior particular o la actividad que afianza.
  • Las garantías aduaneras específicas y generales deben mantenerse vigentes por el tiempo en que se encuentre autorizado el régimen, operación o actividad garantizada, incluso cuando se impugnare la obligación vía administrativa o judicial.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Generar solicitud de aprobación/ modificación de garantía
  2. Registra la solicitud de aprobación de garantía en el sistema informático Ecuapass a través de la ruta: Portal externo> Trámites operativos > 1.1. Elaboración de e- Doc. Operativo > 1.1.2 Formulario de solicitud de categoría > Despacho aduanero > Solicitud de aprobación de garantía, para el registro de garantías por primera vez.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tienen costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la Logística tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://www.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 696
2 2024-02 0 724
3 2024-03 0 873
4 2023-01 0 575
5 2023-02 1 715
6 2023-03 0 764
7 2023-04 0 714
8 2023-05 0 725
9 2023-06 0 644
10 2023-07 0 720
11 2023-08 0 771
12 2023-09 0 698
13 2023-10 1 860
14 2023-11 0 749
15 2023-12 0 747
16 2022-01 1 406
17 2022-02 0 644
18 2022-03 0 835
19 2022-04 0 844
20 2022-05 0 770
21 2022-06 0 739
22 2022-07 0 727
23 2022-08 0 792
24 2022-09 0 780
25 2022-10 0 662
26 2022-11 1 684
27 2022-12 0 747
28 2021-01 0 554
29 2021-02 1 630
30 2021-03 0 671
31 2021-04 1 581
32 2021-05 0 508
33 2021-06 0 550
34 2021-07 0 521
35 2021-08 0 604
36 2021-09 0 588
37 2021-10 0 671
38 2021-11 0 623
39 2021-12 0 1220
40 2020-01 0 659
41 2020-02 0 529
42 2020-03 0 535
43 2020-04 0 448
44 2020-05 0 467
45 2020-06 0 415
46 2020-07 0 505
47 2020-08 0 463
48 2020-09 0 539
49 2020-10 0 623
50 2020-11 0 512
51 2020-12 0 620
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Fecha de última actualización: 2022/12/15