Fecha de suscripción: 2025-10-31
Fecha de publicación: 2025-12-01
Número de registro: R.O.175
Tipo de regulación: Resolución
Reforma a la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0054-RE “Manual General de Garantías Aduaneras Generales”
Artículo 1.- Sustitúyase el texto del artículo 6
Artículo 2.- Sustitúyase la segunda disposición transitoria, por el siguiente texto: “SEGUNDA.- De manera excepcional, las garantías aduaneras cuyo vencimiento se encuentre previsto para el 31 de diciembre de 2025 podrán ser renovadas durante todo el mes de noviembre de 2025; y, las garantías que tengan fecha de vencimiento 31 de enero de 2026, podrán ser renovadas durante los mese de noviembre y diciembre de 2025. La fecha de vencimiento de estas garantías corresponderá al último día del mes de febrero. En el evento de que las renovaciones de las garantías generales sean presentadas con posterioridad a los meses indicados en el primer inciso de la presente disposición, el importador no podrá acogerse al beneficio de despacho con pago garantizado hasta que efectúe el proceso de renovación.”