OCE

El agente de Aduana es la persona natural o jurídica cuya licencia, le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías.

El agente de aduana tendrá el carácter de fedatario y auxiliar de la función pública en cuanto que la Aduana tendrá por cierto que los datos que consignan en las declaraciones aduaneras que formulen, guardan conformidad con la información y documentos que legalmente le deben servir de base para la Declaración Aduanera.

Los agentes de aduana, por tener el carácter de fedatarios de la función pública, y sus auxiliares, estarán sujetos al control de la Autoridad Aduanera.

Este trámite es gratuito y voluntario y su finalidad radica en fortalecer la seguridad en la cadena logística y convertirse en un OCE,  más seguros y confiables para el comercio internacional.
Todas las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que requieran realizar importaciones o exportaciones deben registrarse en el sistema informático ECUAPASS para que puedan realizar sus operaciones de comercio exterior, dicho registro es aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

¿A quién está dirigido?

El trámite "Autorización para operar como OCE Agente de Aduana" va dirigido a las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que cumplan con los requisitos para calificarse como OCE Agente de Aduanas. A fin de obtener el Registro de OCE se debe contar con firma electrónica.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización como OCE - Agente de Aduanas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN, RENOVACIÓN, CAMBIO DE DOMICILIO Y MODIFICACIÓN DE ÁREAS DE LOS AGENTES DE ADUANA

 

PARA AGENTE DE ADUANA PERSONA NATURAL:

REQUERIMIENTOS LEGALES Y DOCUMENTALES GENERALES:

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Formulario de solicitud de autorización o renovación de Operador de Comercio Exterior, el cual debe ser descargado desde la página Web del SENAE.

2. Escritura de propiedad de las instalaciones o contrato civil de arrendamiento, debidamente legalizado o cualquier otro documento que compruebe la legal tenencia.

3. Cumplir con la Política Anti Soborno del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, emitida mediante Resolución suscrita por la máxima autoridad del SENAE.

Aplica solo para Autorización y Renovación:

4. Liquidación debidamente pagada, por concepto de tasa de postulación o renovación, conforme corresponda. Aplica solo para Autorización y Renovación.

 

PARA AGENTE DE ADUANA PERSONA JURIDICA:

REQUERIMIENTOS LEGALES Y DOCUMENTALES GENERALES:

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Formulario de solicitud de autorización o renovación de Operador de Comercio Exterior, el cual debe ser descargado desde la página Web del SENAE.

2. La compañía debe estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente, cuyo objeto social debe contemplar la  actividad de acuerdo al trámite que está solicitando.

El nombramiento del representante legal de la empresa, debe estar inscrito en el Registro correspondiente y debidamente actualizado en la Superintendencia de Compañías.

3. Escritura de propiedad de las instalaciones o contrato civil de arrendamiento, debidamente legalizado o cualquier otro documento que compruebe la legal tenencia.

4. Cumplir con la Política Anti Soborno del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, emitida mediante Resolución suscrita por la máxima autoridad del SENAE.

Aplica solo para Autorización y Renovación:

5. Liquidación debidamente pagada, por concepto de tasa de postulación o renovación, conforme corresponda. Aplica solo para Autorización y Renovación.

Requisitos Especiales:

PARA AGENTE DE ADUANA PERSONA NATURAL:

REQUERIMIENTOS LEGALES Y DOCUMENTALES ESPECÍFICOS

Aplica solo para Autorización y Renovación:

1. Ser mayor de edad, con capacidad para obligarse.

2. Estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), con actividad exclusiva para ejercer la actividad de agente de aduana;

3. Haber obtenido título profesional universitario o de nivel tecnológico conferido por una universidad o escuela superior politécnica u otras instituciones reconocidas por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT). Aplica para Agente de Aduana, persona natural.

4. Declaración juramentada otorgada ante Notario Público que certifique:

a. Estar en plena capacidad de contratar;

b. Experiencia en actividades de comercio exterior en el sector público o privado, como mínimo 5 años.

c. No encontrarse incurso en ninguna de las causales de impedimentos contempladas en el Art. 3 del Reglamento que Regula la Actividad de los Agentes de Aduana y sus Auxiliares.

d. El origen de sus ingresos provienen de actividades lícitas.

5. Aprobar el examen de suficiencia.  Aplica para Agente de Aduana, persona natural, para autorizaciones y renovaciones.

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

6. No tener obligaciones pendientes con el SENAE al momento de solicitar trámites de autorización o renovación de Agente de Aduana, persona natural y persona jurídica.

 

REQUERIMIENTOS FÍSICOS Y TÉCNICOS MÍNIMOS PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Contar con una oficina con acceso independiente, con un espacio exclusivo e identificado para el archivo de la documentación de los trámites en los que haya intervenido con el respectivo respaldo digital.

Los espacios autorizados para la actividad de agente de aduana deben ser exclusivos para este efecto y no para uso de terceros.

2. Sistema de comunicación de datos y equipos de cómputo que permitan su interconexión con el sistema informático del SENAE, para su operatividad aduanera.

3. Contar con equipos indispensables para su funcionamiento; así como también acceso a internet y correo electrónico seguro.

4. Seguridades para funcionamiento del sistema informático, mismo que deberá ser compatible con el requerido por el SENAE para interconexión. (Aplica para todos los tipos de OCES).

 

OTROS REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Todos los demás que estén contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Reglamento de su Libro V y las disposiciones emanadas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

2. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos acarreará la imposición de la sanción correspondiente de acuerdo a la ley, sin perjuicio del cumplimiento de dicha obligación por parte del operador de comercio exterior autorizado y de los procesos legales a los que hubiera lugar, cuando correspondan. En caso de verificarse varios incumplimientos, se impondrá la respectiva falta reglamentaria por cada uno de dichos incumplimientos, siempre que estos no vayan en contra de la norma jerárquica superior vigente.

Aplica para Autorización y Renovación:

3. Adicional a estos requisitos legales y documentales, para la postulación y renovación, la empresa no debe mantener deuda en firme con SENAE y con SRI, debe encontrarse al día en sus obligaciones tributarias, así como también deberá mantener actualizado el certificado de cumplimiento de obligaciones, mismo que será comprobable en la página web de la Superintendencia de Compañías.

Aplica solo para Renovación:

4. Para la renovación de la autorización, se tomará en cuenta la reincidencia en los incumplimientos de los requisitos establecidos por la máxima autoridad aduanera, debiendo el operador de comercio exterior, no haber incurrido en un número hasta del 5% de faltas reglamentarias sobre el total de trámites (transmisión de declaraciones aduaneras de importación o exportación) realizados en un año fiscal para que proceda la renovación.

 

 

PARA AGENTE DE ADUANA PERSONA JURIDICA:

REQUERIMIENTOS LEGALES Y DOCUMENTALES ESPECÍFICOS

Aplica solo para Autorización y Renovación:

1. Estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), con actividad exclusiva para ejercer la actividad de agente de aduana;

2. Declaración juramentada otorgada ante Notario Público, por cada representante legal y por cada uno de los socios/ accionistas, que certifique:

a. No encontrarse incurso en ninguna de las causales de impedimentos contempladas en el Art. 3 del Reglamento que Regula la Actividad de los Agentes de Aduana y sus Auxiliares.

b. El origen de sus ingresos provienen de actividades lícitas.

3. Implementación de un sistema de gestión de la calidad, por Ejemplo: ISO 9001, lo que deberá cumplirse dentro del primer año de vigencia de la Resolución que expida la reforma de los requisitos.

4. Certificación de un sistema de gestión de la calidad, por Ejemplo: ISO 9001, lo que deberá cumplirse dentro de los dos años de vigencia de la Resolución que expida la reforma de los requisitos.

5. El o los representantes legales de las personas jurídicas deberán contar con nombramiento vigente y con la licencia de Agente de Aduana persona natural vigente, obtenida de conformidad con la normativa vigente.

 

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

6. No tener obligaciones pendientes con el SENAE al momento de solicitar trámites de autorización o renovación de Agente de Aduana, persona natural y persona jurídica.

REQUERIMIENTOS FÍSICOS Y TÉCNICOS MÍNIMOS PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Contar con una oficina con acceso independiente, con un espacio exclusivo e identificado para el archivo de la documentación de los trámites en los que haya intervenido con el respectivo respaldo digital.

Los espacios autorizados para la actividad de agente de aduana deben ser exclusivos para este efecto y no para uso de terceros.

2. Sistema de comunicación de datos y equipos de cómputo que permitan su interconexión con el sistema informático del SENAE, para su operatividad aduanera.

3. Contar con equipos indispensables para su funcionamiento; así como también acceso a internet y correo electrónico seguro.

4. Seguridades para funcionamiento del sistema informático, mismo que deberá ser compatible con el requerido por el SENAE para interconexión. (Aplica para todos los tipos de OCES).

 

OTROS REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO

Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:

1. Todos los demás que estén contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Reglamento de su Libro V y las disposiciones emanadas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

2. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos acarreará la imposición de la sanción correspondiente de acuerdo a la ley, sin perjuicio del cumplimiento de dicha obligación por parte del operador de comercio exterior autorizado y de los procesos legales a los que hubiera lugar, cuando correspondan. En caso de verificarse varios incumplimientos, se impondrá la respectiva falta reglamentaria por cada uno de dichos incumplimientos, siempre que estos no vayan en contra de la norma jerárquica superior vigente.

Aplica para Autorización y Renovación:

3. Adicional a estos requisitos legales y documentales, para la postulación y renovación, la empresa no debe mantener deuda en firme con SENAE y con SRI, debe encontrarse al día en sus obligaciones tributarias, así como también deberá mantener actualizado el certificado de cumplimiento de obligaciones, mismo que será comprobable en la página web de la Superintendencia de Compañías.

Aplica solo para Renovación:

4. Para la renovación de la autorización, se tomará en cuenta la reincidencia en los incumplimientos de los requisitos establecidos por la máxima autoridad aduanera, debiendo el operador de comercio exterior, no haber incurrido en un número hasta del 5% de faltas reglamentarias sobre el total de trámites (transmisión de declaraciones aduaneras de importación o exportación) realizados en un año fiscal para que proceda la renovación.

¿Cómo hago el trámite?

PROCESO DE AUTORIZACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

  1. Aquellos que deseen solicitar la autorización, renovación, cambio de domicilio, modificación de áreas, incorporación de partidas, u otro tipo de requerimiento relacionado al funcionamiento o ejercicio de la actividad de los operadores de comercio exterior; deberán presentar el “Formulario de Solicitud de Trámite”:
  2. La persona natural o jurídica, nacional o extranjera, según corresponda, que desee calificarse o renovarse como Operador de Comercio Exterior, deberá presentar su solicitud de autorización o renovación dirigida a la Directora o Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o su delegado, cumpliendo con los requisitos que prevé el presente instrumento para el efecto.
  • Vía Quipux
  • Vía Página WEB, de acuerdo a lo siguiente:

a) Acceder al navegador de Internet, registre la dirección http://www.aduana.gob.ec, en la opción “Servicios Para OCEs”, y “Gestión de Solicitud para Registro OCEs/aspirante”.

b) En el menú “Formulario de Solicitud de registro de oces / aspirantes” dar clic en “Ver formulario de solicitud de registro de oces / aspirantes”.

c) Se van a visualizar dos opciones la “Nueva solicitud para registro de Oces” y “Subsanación de observaciones de solicitud de Registro de Oces”.

d) Llenar la solicitud correspondiente

e) Firmar formulario

f) Agregar Formulario firmado

g) Enviar formulario

  1. En caso que la solicitud cumpla con la presentación de los requisitos, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador notificará que se admite a la revisión del trámite administrativo.
  2. Esta notificación no significa pronunciamiento a favor de la solicitud de autorización o renovación. En caso que la solicitud no cumpla con los requisitos, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ordenará que el solicitante aclare o complete su solicitud en el término de diez días hábiles. El interesado podrá solicitar una ampliación de hasta cinco días hábiles, siempre que lo solicite dentro de los diez días hábiles señalados.
  3. En caso de que la solicitud haya sido aclarada o completada en el término concedido, se procederá a notificar que se admite a la revisión del trámite administrativo. Esta notificación no significa pronunciamiento a favor de la solicitud de autorización o renovación.
  4. En caso de que la solicitud no haya sido aclarada o completada en el término concedido, se procederá sin más trámite con el archivo de la solicitud.
  5. La Directora o Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o su delegado, en el término máximo de cuarenta y cinco días hábiles contados a partir de la notificación de admisión a revisión del trámite, emitirá el acto administrativo o contrato mediante el cual se otorgue la autorización o renovación de la calidad de Operador de Comercio Exterior.
  6. De igual forma, en el mismo término, emitirá el acto administrativo mediante el cual se notifique que la autorización o renovación de la calidad de Operador de Comercio Exterior no procede y se dispondrá el archivo del trámite.
  7. El usuario que haya obtenido el acto administrativo o contrato administrativo para ejercer como operador de comercio exterior por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, deberá cumplir con lo siguiente:
  • Presentar la garantía correspondiente al tipo de operador de comercio exterior conforme a la norma vigente, en el término de quince (15) días contados a partir de la notificación del acto o contrato administrativo que lo autoriza para ejercer como Operador de Comercio Exterior.
  • Remitir al correo electrónico daetasas@aduana.gob.ec el comprobante de pago de la tasa de inspección, en el término de quince (15) días contados a partir de la notificación del acto o contrato administrativo que lo autoriza para ejercer como Operador de Comercio Exterior.
  1. En caso de incumplimiento del presente artículo, el acto administrativo o contrato administrativo que lo autoriza para ejercer como Operador de Comercio Exterior quedará sin efecto.

 

PROCESO DE RENOVACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

  1. El Operador de Comercio Exterior (OCE) que ya cuenta con una autorización previa, solicitará la tasa de renovación mediante solicitud escrita que debe ser ingresada por ventanilla de la Dirección de Secretaría General o quien haga sus veces. En la solicitud debe indicar la dirección correo electrónica del contacto al cual se deberá de comunicar la tasa. La tasa de renovación aplicará para el caso de renovación de Consolidadoras/Desconsolidadoras, Couriers y Almacenes Especiales, el resto de OCEs están exentos del pago de tasa.
  2. Una vez realizado el pago, el postulante deberá revisar los requisitos para la renovación de su autorización y que están publicados en la página web en un check list que el OCE deberá revisar previo al ingreso de la documentación. Una vez que el OCE haya completado la documentación para su solicitud puede ser ingresada por ventanilla de la Dirección de Secretaría General o quien haga sus veces. Para este efecto debe ser presentada en una carpeta, adjuntando el comprobante de pago de la tasa de aplicarse. La carpeta deberá contener:
  3. Carátula que debe especificar:   El tipo de OCE (Agente de Aduana), nombre del OCE o razón social y el número del RUC.
  4. Oficio de solicitud  firmado por la persona natural o por el representante legal de la compañía a renovar su autorización con indicación clara del tipo de OCE sobre el que desea renovarse (Ejemplo: Agente de Aduana, Courier, Depósito Temporal, etc.). Considerando los datos que exige la normativa vigente para cada caso.
  5. Adicionalmente debe incluirse los datos del contacto (nombre de la persona de contacto, teléfono y correo electrónico). Asimismo deberá indicarse el número de liquidación correspondiente a la tasa de renovación, en los casos que corresponda.
  6. Documentación relacionada a requisitos de renovación. La documentación debe ser presentada de forma completa de acuerdo al Check List publicado en la página web, adjuntando un índice en el cual se detalle el orden de los documentos.

Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

Sí, se debe pagar una tasa de postulación/renovación.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

1.  PARA TRÁMITE PRESENCIAL:

En las ventanillas de recepción de trámites de la Dirección General y de los Distritos Aduaneros a nivel nacional. Horario de atención 08h00 – 17h00

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/

Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

2. QUIPUX: A través del Sistema de Gestión Documental Quipux, en horario 24/7. 

3. SOLICITUD DE USO (USUARIO ECUAPASS) El trámite se realiza en línea y está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

SI.

El operador de comercio exterior calificado como AGENTE DE ADUANA, tiene una validez de 5 años.

Cancelación Voluntaria.- Cuando el Agente de Aduana decida libre y voluntariamente dejar de ejercer sus actividades como tal, deberá comunicar su decisión por escrito a la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, quien mediante resolución administrativa aceptará la petición.

Suspensión Voluntaria.- El Agente de Aduana, persona natural o representante legal de una persona jurídica podrá solicitar la suspensión temporal de su licencia como agente de aduana en los siguientes casos:
a) Por enfermedad grave debidamente sustentada ante la Autoridad Aduanera;
b) Por haber aceptado el ejercicio de un cargo público; y,
c) Por decisión voluntaria.

En los casos del literal a) y b) la suspensión se mantendrá por el plazo que dure la condición motivo de la suspensión, mientras que en el caso del literal c), esta suspensión no podrá durar más de dos años a partir de la aceptación de la misma. La solicitud de reactivación de la licencia deberá ser presentada dentro de los treinta días posteriores a la fecha en que se cumplan los plazos para dicha reactivación, que de no cumplirse, se entenderá ésta como cancelada, sin perjuicio de que pueda volver a solicitar su calificación cumpliendo todos los requisitos
como si se tratara de una primera vez.

Caducidad.- La caducidad de la licencia para ejercer la actividad de Agente de Aduana, opera en caso de que el titular de la misma no se hubiese sometido al proceso de renovación de la licencia y hubiera expirado su vigencia. La Dirección General, mediante resolución declarará la caducidad de las licencias de Agente de Aduana y la deshabilitación definitiva del respectivo código operador; sin perjuicio de que los afectados puedan postularse para la obtención de una nueva licencia.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 63
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 3
4 2023-01 1 1
5 2023-02 0 2
6 2023-03 0 1
7 2023-04 0 1
8 2023-05 0 2
9 2023-06 0 2
10 2023-07 0 52
11 2023-08 0 66
12 2023-09 0 1
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 148
16 2022-01 0 1
17 2022-02 0 3
18 2022-03 0 3
19 2022-04 0 5
20 2022-05 0 3
21 2022-06 0 1
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 1
24 2022-09 0 2
25 2022-10 0 2
26 2022-11 0 3
27 2022-12 0 4
28 2021-01 0 1
29 2021-02 0 1
30 2021-03 1 0
31 2021-04 0 1
32 2021-05 0 4
33 2021-06 0 1
34 2021-07 0 1
35 2021-08 0 1
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 2
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 1
40 2020-01 0 0
41 2020-02 0 1
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 5
45 2020-06 0 3
46 2020-07 0 5
47 2020-08 0 1
48 2020-09 0 6
49 2020-10 1 3
50 2020-11 0 4
51 2020-12 0 1

Fecha de última actualización: 2024/02/29