Autorización de Internación de vehículo de turista al territorio ecuatoriano

Control para el registro de la Declaración Juramentada de Turista

Autorización temporal para el ingreso de vehículos por parte de las personas que tengan la intención de realizar turismo dentro del territorio ecuatoriano. 

Tipos de Vehículos autorizados

Aéreos: avionetas, aeroplanos ultraligeros, helicóptero.

Marítimos: Yates, veleros y catamaranes.

Terrestres: Autos, casas remolques, motocicletas, camioneta.

Posterior a realizar el trámite administrativo al turista se le entregará su Declaración Juramentada de Turista con el cual podrá circular por el territorio ecuatoriano dentro del plazo otorgado.

Nota: Este trámite debe ser realizado previo al ingreso del vehículo al territorio ecuatoriano.

¿A quién está dirigido?

Trámite dirigido a:

  • Turistas extranjeros que pretendan circular dentro del territorio ecuatoriano con su vehículo por un tiempo determinado.
  • Ecuatorianos residentes en el exterior que pretendan circular dentro del territorio ecuatoriano con su vehículo por un tiempo determinado.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de Declaración Juramentada de Turista

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Documento de identidad o pasaporte debidamente sellado por migración, de los turistas registrados.
  • Licencia de conducir del turista responsable.
  • Matrícula del vehículo.
  • Tarjeta de migración (se obtiene en las Unidades de Control Migratorio del Ministerio de Gobierno).

Requisitos Especiales:

  • Original del contrato de arrendamiento, en caso de vehículos alquilados.
  • Carta notarial que acredite la posesión, en caso que el turista no sea propietario del vehículo.

¿Cómo hago el trámite?

Pre-registro (no obligatorio previo al ingreso al territorio ecuatoriano):

1. Acceder al "Registro de la Declaración Juramentada de Turista (DJT)" 

2. Llenar cada uno de los campos del formulario, la información relacionada al pasajero es refiere únicamente al conductor mas no a sus acompañantes.

3. Registrar el formulario, el sistema le otorga un número temporal

Registro de DJT

1. Posterior a realizar el registro migratorio, acercarse al punto de control aduanero conforme el Distrito de arribo.

2. Presentar los requisitos documentales y de ser el caso el número de registro temporal DJT.

4. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos se otorga la Declaración Juramentada de Turista (DJT).

5. La Declaración Juramentada de Turista impresa debe ser portada por parte del conductor dentro del territorio ecuatoriano.

6. Al momento de la salida del país acercarse al punto de control aduanero para proceder con el registro de salida del vehículo del territorio ecuatoriano.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite realizado en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador no tiene costo; sin embargo, el usuario debe considerar el pago de servicios propios de la logística, tales como honorarios del agente de aduana, entre otros.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite se puede realizar en cualquier Distrito Aduanero a nivel nacional por donde ingresa el vehículo del turista:

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/

Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

Horario:

Puente Internacional de Rumichaca, y CEBAF: 24 horas

Demás Distritos Aduaneros: 08:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Turistas extranjeros: La autorización de la Declaración Juramentada de Turista será igual al plazo de permanencia otorgado por parte del Ministerio del Interior (Migración).

Ecuatorianos residentes en el exterior: 90 días

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 2502
2 2026-02 0 1278
3 2026-03 0 20
4 2026-04 0 1070
5 2025-01 0 2673
6 2025-02 0 1389
7 2025-03 0 974
8 2025-04 0 1361
9 2025-05 0 905
10 2025-06 0 965
11 2025-07 0 1235
12 2025-08 15 1159
13 2025-09 2 949
14 2025-10 8 1017
15 2025-11 4 1112
16 2025-12 3 1917
17 2024-01 0 1859
18 2024-02 0 834
19 2024-03 0 1002
20 2024-04 0 877
21 2024-05 0 827
22 2024-06 0 1134
23 2024-07 0 1482
24 2024-08 0 1327
25 2024-09 0 935
26 2024-10 0 1129
27 2024-11 0 1052
28 2024-12 0 1998
29 2023-01 0 2519
30 2023-02 0 1451
31 2023-03 0 1126
32 2023-04 0 1380
33 2023-05 0 1137
34 2023-06 0 1377
35 2023-07 0 1929
36 2023-08 0 1312
37 2023-09 0 997
38 2023-10 0 1610
39 2023-11 0 1173
40 2023-12 0 2050
41 2022-01 0 510
42 2022-02 0 514
43 2022-03 0 812
44 2022-04 0 1626
45 2022-05 0 846
46 2022-06 0 719
47 2022-07 0 1377
48 2022-08 0 1408
49 2022-09 0 1189
50 2022-10 0 1520
51 2022-11 0 1131
52 2022-12 0 2057
53 2021-01 0 6
54 2021-02 0 5
55 2021-03 0 19
56 2021-04 0 26
57 2021-05 0 32
58 2021-06 0 37
59 2021-07 0 44
60 2021-08 0 60
61 2021-09 0 66
62 2021-10 0 60
63 2021-11 0 13
64 2021-12 0 156
65 2020-01 0 2895
66 2020-02 0 1434
67 2020-03 1 418
68 2020-04 0 0
69 2020-05 1 7
70 2020-06 0 31
71 2020-07 1 16
72 2020-08 0 14
73 2020-09 0 8
74 2020-10 1 9
75 2020-11 0 18
76 2020-12 0 14
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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