Autorización de Desaduanización de bienes tributables por zona de arribo internacional fronteriza ZAIF

Autorización de Desaduanización de bienes tributables por zona de arribo internacional fronteriza ZAIF

Los viajeros quienes ingresen al país, sean ecuatorianos o extranjeros, pueden ingresar al país mercancías tributables de hasta un valor no superior de $2000 a través de las Zonas de Arribo Internacional Fronteriza previo al pago de los respectivos impuestos y cumplimiento de obligaciones aduaneras por medio de la aplicación de un procedimiento simplificado establecido para el efecto.

¿A quién está dirigido?

Viajeros ecuatorianos o extranjeros que ingresen desde el exterior a través de las Zonas de Arribo Internacional Fronteriza (Puente Internacional Rumichaca y Centros de Binacionales de Atención en Frontera.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Mercancía nacionalizada ingresada a través de una Zona de Arribo Internacional Fronteriza

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Presentar documento de identificación del propietario de la mercancía
  • Factura comercial (en el caso de no presentarla se procede a valorar la mercancía). El valor de los bienes a ingresar no puede superar en su totalidad a $2000 USD.

Requisitos Especiales:

  • En el caso de empresas ecuatorianas: Registro Único de Contribuyentes.
  • Documentos de control previo para mercancías sujetas a este tipo de restricción. Se permite el ingreso de este tipo de mercancías sin documentos de control hasta $500 USD por una vez cada 12 meses.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Presentar en el punto de control del Senae dentro de la Zona de Arribo Internacional Fronteriza la mercancía sujeta al pago de impuestos. Es potestad aduanera revisar la totalidad del medio de transporte en el que ingresó el viajero a dicha zona.
  2. Presentar los requisitos al servidor aduanero quien se encargará de brindarle el servicio y emitir la liquidación de tributos respectiva.
  3. Realizar el pago de los impuestos con el número de liquidación en cualquier entidad financiera o mediante tarjeta de crédito/débito.
  4. Una vez confirmado el pago de la liquidación aduanera se autoriza el ingreso y libre circulación de los bienes en el territorio ecuatoriano.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

  • Atención 24 horas, jornada ininterrumpida.
  • Lugares de atención: Puente Internacional Rumichaca, CEBAF Huaquillas-Aguas Verdes, CEBAF San Miguel.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 872
2 2025-02 0 987
3 2024-01 0 455
4 2024-02 0 1220
5 2024-03 0 1227
6 2024-04 0 557
7 2024-05 0 648
8 2024-06 0 581
9 2024-07 0 566
10 2024-08 0 587
11 2024-09 0 1087
12 2024-10 0 1593
13 2024-11 0 1782
14 2024-12 0 1184
15 2023-01 0 1089
16 2023-02 0 706
17 2023-03 0 830
18 2023-04 0 758
19 2023-05 0 793
20 2023-06 0 590
21 2023-07 0 531
22 2023-08 0 557
23 2023-09 0 507
24 2023-10 0 497
25 2023-11 0 580
26 2023-12 0 528
27 2022-01 0 149
28 2022-02 0 297
29 2022-03 0 402
30 2022-04 0 422
31 2022-05 0 530
32 2022-06 0 242
33 2022-07 0 592
34 2022-08 0 1566
35 2022-09 0 668
36 2022-10 0 891
37 2022-11 0 942
38 2022-12 0 1729
39 2021-01 0 0
40 2021-02 0 0
41 2021-03 0 0
42 2021-04 0 0
43 2021-05 0 1
44 2021-06 0 0
45 2021-07 0 0
46 2021-08 0 0
47 2021-09 0 0
48 2021-10 0 0
49 2021-11 0 0
50 2021-12 0 0
51 2020-01 0 917
52 2020-02 0 1006
53 2020-03 0 591
54 2020-04 0 1
55 2020-06 0 2
56 2020-07 0 3
57 2020-08 0 5
58 2020-09 0 3
59 2020-10 0 2
60 2020-11 0 4
61 2020-12 0 0

Fecha de última actualización: 2022/06/28

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