Autorización de Desaduanización de bienes tributables por zona de arribo internacional fronteriza ZAIF

Autorización de Desaduanización de bienes tributables por zona de arribo internacional fronteriza ZAIF

Los viajeros quienes ingresen al país, sean ecuatorianos o extranjeros, pueden ingresar al país mercancías tributables de hasta un valor no superior de $2000 a través de las Zonas de Arribo Internacional Fronteriza previo al pago de los respectivos impuestos y cumplimiento de obligaciones aduaneras por medio de la aplicación de un procedimiento simplificado establecido para el efecto.

¿A quién está dirigido?

Viajeros ecuatorianos o extranjeros que ingresen desde el exterior a través de las Zonas de Arribo Internacional Fronteriza (Puente Internacional Rumichaca y Centros de Binacionales de Atención en Frontera.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Mercancía nacionalizada ingresada a través de una Zona de Arribo Internacional Fronteriza

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Presentar documento de identificación del propietario de la mercancía
  • Factura comercial (en el caso de no presentarla se procede a valorar la mercancía). El valor de los bienes a ingresar no puede superar en su totalidad a $2000 USD.

Requisitos Especiales:

  • En el caso de empresas ecuatorianas: Registro Único de Contribuyentes.
  • Documentos de control previo para mercancías sujetas a este tipo de restricción. Se permite el ingreso de este tipo de mercancías sin documentos de control hasta $500 USD por una vez cada 12 meses.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Presentar en el punto de control del Senae dentro de la Zona de Arribo Internacional Fronteriza la mercancía sujeta al pago de impuestos. Es potestad aduanera revisar la totalidad del medio de transporte en el que ingresó el viajero a dicha zona.
  2. Presentar los requisitos al servidor aduanero quien se encargará de brindarle el servicio y emitir la liquidación de tributos respectiva.
  3. Realizar el pago de los impuestos con el número de liquidación en cualquier entidad financiera o mediante tarjeta de crédito/débito.
  4. Una vez confirmado el pago de la liquidación aduanera se autoriza el ingreso y libre circulación de los bienes en el territorio ecuatoriano.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

  • Atención 24 horas, jornada ininterrumpida.
  • Lugares de atención: Puente Internacional Rumichaca, CEBAF Huaquillas-Aguas Verdes, CEBAF San Miguel.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 455
2 2024-02 0 1220
3 2024-03 0 1227
4 2023-01 0 1089
5 2023-02 0 706
6 2023-03 0 830
7 2023-04 0 758
8 2023-05 0 793
9 2023-06 0 590
10 2023-07 0 531
11 2023-08 0 557
12 2023-09 0 507
13 2023-10 0 497
14 2023-11 0 580
15 2023-12 0 528
16 2022-01 0 149
17 2022-02 0 297
18 2022-03 0 402
19 2022-04 0 422
20 2022-05 0 530
21 2022-06 0 242
22 2022-07 0 592
23 2022-08 0 1566
24 2022-09 0 668
25 2022-10 0 891
26 2022-11 0 942
27 2022-12 0 1729
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 1
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 917
41 2020-02 0 1006
42 2020-03 0 591
43 2020-04 0 1
44 2020-06 0 2
45 2020-07 0 3
46 2020-08 0 5
47 2020-09 0 3
48 2020-10 0 2
49 2020-11 0 4
50 2020-12 0 0

Fecha de última actualización: 2022/06/28