Aprobación de corrección de Declaración Aduanera de Importación cuando no se ha efectuado el levante de las mercancías (DAI correctiva)

(DAI correctiva)

La declaración aduanera de mercancías es el documento aduanero mediante el cual el declarante (importador), declara información relativa a la mercancía e indica el destino aduanero que deberá aplicarse a la misma. La información contenida en la declaración aduanera pasará por un proceso de validación que generará su aceptación o rechazo.

Si presentada y aceptada la declaración aduanera, se observa que existen inconsistencias en razón a lo declarado, se podrán realizar correcciones a la declaración aduanera previamente presentada. En el sistema informático denominado Ecuapass, existen solicitudes de corrección y sustitutiva tanto para la declaración aduanera de importación como para la declaración aduanera de exportación.

Este trámite en línea tiene como finalidad autorizar las correcciones y ajustes de errores de digitación en el registro, para adjuntar documentos de acompañamiento, para actualizar información que fue ingresada al momento de realizar la generación de la declaración aduanera, que ha sido previamente registrada por parte del importador  o de su declarante que puede ser un agente de aduana,  a través del sistema informático Ecuapass.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente exportación e importación de mercancías.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de ingreso de mercancías y medios de transporte al territorio aduanero ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • El declarante para realizar la solicitud de la corrección de la declaración aduanera de Importación debe haber efectuado previamente el pago de los tributos al comercio exterior.
  • Tanto el exportador como importador deben ingresar en el sistema el código de OCEs y el número atribuido o número de envío  que utilizó al momento de declarar.
  • El declarante debe contar con la información que desee modificar  y documentos de acompañamiento que desee agregar.

 

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento en cuanto a solicitud de corrección de la declaración aduanera de Importación.

1. Si el canal de aforo de la DAI no es automático, el OCE procede a transmitir directamente la solicitud de corrección utilizando para el efecto la siguiente ruta: Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Despacho aduanero> Importación> Sustitutivo de Detalle del Documento de Importación. 
2.- El OCE recibe detalles de las observaciones encontradas por el técnico operador y procede a transmitir la solicitud de corrección, a fin de subsanar las correcciones indicadas.
3.- El OCE debe cancelar los valores correspondientes a la liquidación complementaria generada (de ser el caso).                                                                                                                                                                                                                                                4.- El técnico operador procede con la revisión de la solicitud de corrección y procede con la aprobación o rechazo de la misma.
5.- Finalmente el OCE procede a levantar la mercancía una vez que el estado de la DAI sea "Salida autorizada".


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

  1. Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

  1. Se puede atender dudas o inquietudes a través de la MESA DE SERVICIOS siguiendo los siguientes pasos:

PASO 1: Ingrese a la página https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/

PASO 2: De click en el recuadro “USUARIO EXTERNO”.

PASO 3: Inicie sesión:

Los usuarios que cuenten con dos opciones.

1. Pueden acceder con el mismo usuario y contraseña que usan en el sistema ECUAPASS.

  2. Caso contrario el usuario deberá registrarse con su cuenta de correo electrónico.

PASO 4:  Si es un nuevo usuario, debe ingresar a: REGISTRESE AHORA.

PASO 5:  Ingrese su información personal para crear su cuenta en el Portal.

PASO 6:  En caso de olvidar su contraseña, el Senae le proporciona la siguiente opción ¿OLVIDÓ SU CONTRASEÑA?

PASO 7:  Una vez que ha iniciado la sesión, podrá ingresar a los formularios del Portal de Mesa de Servicios .

PASO 8:  Ingrese al formulario que necesite y registre su solicitud .

PASO 9:  Se creará ticket de atención en su bandeja de entrada.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 2305
2 2024-02 0 2557
3 2024-03 1 2913
4 2023-01 0 2655
5 2023-02 0 2256
6 2023-03 2 2931
7 2023-04 3 2483
8 2023-05 2 3045
9 2023-06 0 2904
10 2023-07 0 3538
11 2023-08 1 3339
12 2023-09 2 2471
13 2023-10 0 2887
14 2023-11 0 2599
15 2023-12 10 2407
16 2022-01 1 2244
17 2022-02 0 1779
18 2022-03 1 2093
19 2022-04 0 22075
20 2022-05 1 2470
21 2022-06 0 2245
22 2022-07 0 2367
23 2022-08 1 1876
24 2022-09 0 2707
25 2022-10 0 2498
26 2022-11 1 2847
27 2022-12 1 2930
28 2021-01 0 2325
29 2021-02 1 2431
30 2021-03 0 3140
31 2021-04 0 2637
32 2021-05 0 2748
33 2021-06 0 3301
34 2021-07 1 2639
35 2021-08 0 3105
36 2021-09 0 2972
37 2021-10 0 2544
38 2021-11 0 2593
39 2021-12 0 2767
40 2020-01 0 4702
41 2020-02 0 3462
42 2020-03 0 3158
43 2020-04 0 2051
44 2020-05 0 2801
45 2020-06 0 2868
46 2020-07 0 3201
47 2020-08 0 2947
48 2020-09 0 3111
49 2020-10 0 2979
50 2020-11 0 2564
51 2020-12 0 3013
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/09/20