Aprobación de corrección de Declaración Aduanera de Importación cuando no se ha efectuado el levante de las mercancías (DAI correctiva)

(DAI correctiva)

La declaración aduanera de mercancías es el documento aduanero mediante el cual el declarante (importador), declara información relativa a la mercancía e indica el destino aduanero que deberá aplicarse a la misma. La información contenida en la declaración aduanera pasará por un proceso de validación que generará su aceptación o rechazo.

Si presentada y aceptada la declaración aduanera, se observa que existen inconsistencias en razón a lo declarado, se podrán realizar correcciones a la declaración aduanera previamente presentada. En el sistema informático denominado Ecuapass, existen solicitudes de corrección y sustitutiva tanto para la declaración aduanera de importación como para la declaración aduanera de exportación.

Este trámite en línea tiene como finalidad autorizar las correcciones y ajustes de errores de digitación en el registro, para adjuntar documentos de acompañamiento, para actualizar información que fue ingresada al momento de realizar la generación de la declaración aduanera, que ha sido previamente registrada por parte del importador  o de su declarante que puede ser un agente de aduana,  a través del sistema informático Ecuapass.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente exportación e importación de mercancías.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de ingreso de mercancías y medios de transporte al territorio aduanero ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • El declarante para realizar la solicitud de la corrección de la declaración aduanera de Importación debe haber efectuado previamente el pago de los tributos al comercio exterior.
  • Tanto el exportador como importador deben ingresar en el sistema el código de OCEs y el número atribuido o número de envío  que utilizó al momento de declarar.
  • El declarante debe contar con la información que desee modificar  y documentos de acompañamiento que desee agregar.

 

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento en cuanto a solicitud de corrección de la declaración aduanera de Importación.

  1. Si el canal de aforo de la DAI no es automático, el OCE procede a transmitir directamente la solicitud de corrección utilizando para el efecto la siguiente ruta: Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Despacho aduanero> Importación> Sustitutivo de Detalle del Documento de Importación.

  2. El OCE recibe detalles de las observaciones encontradas por el técnico operador y procede a transmitir la solicitud de corrección, a fin de subsanar las correcciones indicadas.

  3. El OCE debe cancelar los valores correspondientes a la liquidación complementaria generada (de ser el caso).

  4. El técnico operador procede con la revisión de la solicitud de corrección y procede con la aprobación o rechazo de la misma.

  5. Finalmente el OCE procede a levantar la mercancía una vez que el estado de la DAI sea "Salida autorizada".

Para garantizar el correcto funcionamiento del portal externo de ECUAPASS, debe ingresar a través del navegador oficial de la aduana. Puede descargar el SENAE Browser desde su sitio web oficial: https://www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

  1. Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

   2. Se puede atender dudas o inquietudes a través de la MESA DE SERVICIOS siguiendo los siguientes pasos:

PASO 1: Ingrese a la página https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/

PASO 2: De click en el recuadro “USUARIO EXTERNO”.

PASO 3: Inicie sesión:

Los usuarios que cuenten con dos opciones.

1. Pueden acceder con el mismo usuario y contraseña que usan en el sistema ECUAPASS.

2. Caso contrario el usuario deberá registrarse con su cuenta de correo electrónico.

PASO 4:  Si es un nuevo usuario, debe ingresar a: REGISTRESE AHORA.

PASO 5:  Ingrese su información personal para crear su cuenta en el Portal.

PASO 6:  En caso de olvidar su contraseña, el Senae le proporciona la siguiente opción ¿OLVIDÓ SU CONTRASEÑA?

PASO 7:  Una vez que ha iniciado la sesión, podrá ingresar a los formularios del Portal de Mesa de Servicios .

PASO 8:  Ingrese al formulario que necesite y registre su solicitud .

PASO 9:  Se creará ticket de atención en su bandeja de entrada.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 3267
2 2026-02 0 3292
3 2026-03 0 3816
4 2025-01 2 3110
5 2025-02 5 2820
6 2025-03 4 5580
7 2025-04 20 3016
8 2025-05 20 3585
9 2025-06 19 3693
10 2025-07 40 4050
11 2025-08 32 3313
12 2025-09 43 2754
13 2025-10 0 3947
14 2025-11 0 3467
15 2025-12 0 3227
16 2024-01 0 2305
17 2024-02 0 2557
18 2024-03 1 2913
19 2024-04 0 2619
20 2024-05 0 2748
21 2024-06 0 2645
22 2024-07 0 2768
23 2024-08 0 3107
24 2024-09 0 2420
25 2024-10 8 3126
26 2024-11 12 3529
27 2024-12 9 3369
28 2023-01 0 2655
29 2023-02 0 2256
30 2023-03 2 2931
31 2023-04 3 2483
32 2023-05 2 3045
33 2023-06 0 2904
34 2023-07 0 3538
35 2023-08 1 3339
36 2023-09 2 2471
37 2023-10 0 2887
38 2023-11 0 2599
39 2023-12 10 2407
40 2022-01 1 2244
41 2022-02 0 1779
42 2022-03 1 2093
43 2022-04 0 22075
44 2022-05 1 2470
45 2022-06 0 2245
46 2022-07 0 2367
47 2022-08 1 1876
48 2022-09 0 2707
49 2022-10 0 2498
50 2022-11 1 2847
51 2022-12 1 2930
52 2021-01 0 2325
53 2021-02 1 2431
54 2021-03 0 3140
55 2021-04 0 2637
56 2021-05 0 2748
57 2021-06 0 3301
58 2021-07 1 2639
59 2021-08 0 3105
60 2021-09 0 2972
61 2021-10 0 2544
62 2021-11 0 2593
63 2021-12 0 2767
64 2020-01 0 4702
65 2020-02 0 3462
66 2020-03 0 3158
67 2020-04 0 2051
68 2020-05 0 2801
69 2020-06 0 2868
70 2020-07 0 3201
71 2020-08 0 2947
72 2020-09 0 3111
73 2020-10 0 2979
74 2020-11 0 2564
75 2020-12 0 3013
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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